España ratifica un convenio europeo sobre el valor del patrimonio cultural para la sociedad
Título oficial: Instrumento de ratificación del Convenio marco del Consejo de Europa sobre el valor del patrimonio cultural para la sociedad, hecho en Faro el 25 de octubre de 2005.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El Convenio reconoce el derecho de todas las personas a beneficiarse del patrimonio cultural y contribuir a enriquecerlo, respetando el patrimonio de los demás. España se compromete a promover su conservación, acceso y participación pública.
El Convenio entiende el patrimonio cultural como recursos heredados del pasado que las personas identifican como expresión de valores, creencias, conocimientos y tradiciones. También reconoce que las personas pueden formar comunidades para conservar aspectos del patrimonio y transmitirlos a futuras generaciones.
España asume compromisos para integrar el patrimonio cultural en las políticas públicas, la educación, la actividad económica y la gestión del entorno. También se compromete a impulsar la participación ciudadana, mejorar el acceso —especialmente para jóvenes y personas menos favorecidas— y cooperar con otros Estados. El derecho a beneficiarse del patrimonio puede limitarse cuando sea necesario para proteger el interés público o los derechos y libertades de otras personas. El Convenio no crea derechos exigibles.
España formula una declaración sobre la posible aplicación del Convenio a Gibraltar y otra sobre su interpretación conforme a la legislación española, especialmente en materia de Patrimonio Nacional y otros bienes de utilidad pública.
A quién afecta
- Personas que quieran acceder al patrimonio cultural y participar en su conservación o gestión
- Jóvenes y personas menos favorecidas, respecto de las medidas de mejora del acceso
- Administraciones públicas, organizaciones, empresas y comunidades que intervienen en el patrimonio cultural
Qué cambia
- España se compromete a reconocer el derecho de las personas a beneficiarse del patrimonio cultural y contribuir a enriquecerlo.
- Se prevé promover la identificación, estudio, interpretación, protección, conservación y presentación del patrimonio cultural.
- Se promoverá la participación pública en las decisiones y debates sobre el patrimonio.
- Se impulsará el acceso al patrimonio, especialmente para jóvenes y personas menos favorecidas.
- Se promoverá la inclusión del patrimonio cultural en la educación y la formación profesional.
- Se desarrollará el uso de tecnología digital para mejorar el acceso al patrimonio, sin perjudicar la conservación del patrimonio existente.
- España declara que la aplicación del Convenio a Gibraltar no supone reconocer derechos o situaciones sobre espacios no comprendidos en el artículo 10 del Tratado de Utrecht.
- España declara que el Convenio puede interpretarse de forma compatible con su legislación vigente, especialmente sobre Patrimonio Nacional y otros bienes de utilidad pública.
Plazos
- Para España, el Convenio entra en vigor el 1 de agosto de 2022.
Preguntas y respuestas
¿Qué considera el Convenio patrimonio cultural?
Recursos heredados del pasado que las personas identifican como expresión de valores, creencias, conocimientos y tradiciones, junto con los aspectos del entorno que resultan de la interacción entre las personas y los lugares.
¿Qué derechos reconoce a las personas?
Toda persona, por sí sola o en común, tiene derecho a beneficiarse del patrimonio cultural y a contribuir a enriquecerlo. Debe respetar el patrimonio de los demás.
¿Se puede limitar el derecho al patrimonio cultural?
Sí. Sólo puede someterse a las limitaciones necesarias en una sociedad democrática para proteger el interés público y los derechos y libertades de los demás.
¿El Convenio crea derechos que se puedan exigir?
No. El texto dispone que el Convenio no dará lugar a derechos exigibles.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Acuerdo Internacional
- Organismo
- Jefatura del Estado
- Fecha de la norma
- 25 de octubre de 2005
- Publicada en el BOE
- 17 de junio de 2022
- En vigor desde
- 1 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-10041- Última actualización en el BOE
- 16 de julio de 2026
Temas
Materias: Acuerdos internacionales · Consejo de Europa · Cooperación cultural · Patrimonio cultural
Normas posteriores que la afectan
- se dicta en relación con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 8 de julio de 2026
- se dicta en relación con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 15 de abril de 2024