Acuerdo Internacional

España se adhiere al convenio internacional para prevenir y combatir la violencia y el acoso en el trabajo

Título oficial: Instrumento de adhesión al Convenio sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, hecho en Ginebra el 21 de junio de 2019.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 16 de junio de 2022 BOE-A-2022-9978 8 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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El convenio protege frente a la violencia y el acoso a quienes trabajan y a otras personas vinculadas al mundo laboral. Exige que los Estados adopten medidas de prevención, protección, denuncia y reparación.

La protección alcanza a personas con distintos vínculos laborales y a todos los sectores, tanto públicos como privados, formales o informales, en zonas urbanas o rurales. Incluye hechos ocurridos en el lugar de trabajo y también en desplazamientos, comunicaciones relacionadas con el trabajo, alojamientos proporcionados por el empleador y trayectos entre el domicilio y el trabajo.

El convenio establece que los Estados deben prohibir y prevenir la violencia y el acoso, exigir medidas preventivas a los empleadores y facilitar mecanismos seguros para denunciar y resolver estos casos. También reconoce el derecho de los trabajadores a alejarse de una situación que consideren un peligro grave e inminente para su vida, salud o seguridad por actos de violencia o acoso, sin sufrir represalias ni consecuencias indebidas, y el deber de informar a la dirección.

A quién afecta

  • Personas asalariadas y otras personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual
  • Personas en formación, incluidos pasantes y aprendices
  • Trabajadores despedidos y voluntarios
  • Personas que buscan empleo o postulan a un empleo
  • Personas que ejercen funciones o responsabilidades de empleador

Qué cambia

  • España queda obligada por el convenio desde el 25 de mayo de 2023.
  • El convenio exige medidas para prevenir y prohibir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluido el acoso por razón de género.
  • Se prevén medidas para que los empleadores identifiquen riesgos, establezcan políticas de prevención e informen y capaciten a las personas afectadas.
  • Se exige facilitar vías seguras y eficaces para presentar quejas, investigar los casos y acceder a asistencia y reparación.
  • Los trabajadores pueden alejarse de una situación que presente un peligro grave e inminente para su vida, salud o seguridad por violencia o acoso, sin sufrir represalias ni consecuencias indebidas; deben informar a la dirección.

Qué hay que hacer

  • Quien se aleje de una situación de trabajo por considerar razonablemente que existe un peligro grave e inminente por violencia o acoso debe informar de ello a la dirección.

Plazos

  • Para España, el convenio entra en vigor el 25 de mayo de 2023.

Preguntas y respuestas

¿A quién protege el convenio?

A trabajadores y a otras personas vinculadas al mundo del trabajo, como personas en formación, trabajadores despedidos, voluntarios y quienes buscan empleo o postulan a uno.

¿En qué lugares o situaciones se aplica?

Se aplica a hechos ocurridos durante el trabajo, en relación con él o como resultado de este. Incluye, entre otros, el lugar de trabajo, los viajes relacionados con el trabajo, las comunicaciones laborales y los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.

¿Qué debe hacerse para prevenir la violencia y el acoso?

El convenio exige medidas de prevención y protección. Entre otras, los empleadores deben adoptar medidas apropiadas para identificar y controlar los riesgos y proporcionar información y capacitación.

¿Puede un trabajador alejarse de una situación peligrosa?

Sí. Puede hacerlo si tiene motivos razonables para considerar que existe un peligro grave e inminente para su vida, salud o seguridad por violencia o acoso. No debe sufrir represalias ni consecuencias indebidas y debe informar a la dirección.

¿Cuándo entra en vigor para España?

El 25 de mayo de 2023.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Jefatura del Estado
Fecha de la norma
21 de junio de 2019
Publicada en el BOE
16 de junio de 2022
En vigor desde
25 de mayo de 2023
Identificador
BOE-A-2022-9978
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Acuerdos internacionales · Organización Internacional del Trabajo · Trabajo · Violencia de género

Normas posteriores que la afectan