Acuerdo Internacional

La enmienda modifica qué Estados pueden adherirse al acuerdo sobre trabajo de tripulaciones en transportes internacionales por carretera

Título oficial: Enmienda adoptada en Ginebra el 18 de octubre de 2019 al párrafo 1 del artículo 14 del Acuerdo Europeo sobre trabajo de las tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), hecho en Ginebra el 1 de julio de 1970.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 12 de mayo de 2022 BOE-A-2022-7703 1 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Tras el 31 de marzo de 1971, pueden adherirse los Estados miembros de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas y los admitidos en ella a título consultivo. La adhesión por una de las vías consultivas queda reservada a seis Estados concretos.

El texto modifica el párrafo 1 del artículo 14 del AETR. Mantiene que el acuerdo estuvo abierto a la firma hasta el 31 de marzo de 1971 y regula quiénes pueden adherirse después de esa fecha.

La adhesión de los Estados admitidos a título consultivo conforme al párrafo 11 del mandato de la Comisión queda reservada únicamente a Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos y Túnez. La enmienda entró en vigor para España el 23 de abril de 2022.

A quién afecta

  • Estados que pueden adherirse al AETR

Qué cambia

  • Modifica las condiciones de adhesión al AETR después del 31 de marzo de 1971.
  • Limita a Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos y Túnez la adhesión conforme al párrafo 11 del mandato de la Comisión.

Plazos

  • 31 de marzo de 1971: fecha hasta la que el acuerdo estuvo abierto a la firma.
  • 23 de abril de 2022: entrada en vigor de la enmienda para España.

Preguntas y respuestas

¿Qué Estados pueden adherirse después del 31 de marzo de 1971?

Los Estados miembros de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas y los Estados admitidos en la Comisión a título consultivo conforme a los párrafos 8 u 11 de su mandato.

¿Qué Estados pueden adherirse conforme al párrafo 11 del mandato de la Comisión?

Únicamente Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos y Túnez.

¿Cuándo entró en vigor la enmienda para España?

El 23 de abril de 2022.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fecha de la norma
18 de octubre de 2019
Publicada en el BOE
12 de mayo de 2022
En vigor desde
23 de abril de 2022
Identificador
BOE-A-2022-7703
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Acuerdos internacionales · Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE · Trabajo · Transportes internacionales · Transportes por carretera · Tripulación

Normas que cita o modifica