La enmienda modifica qué Estados pueden adherirse al acuerdo sobre trabajo de tripulaciones en transportes internacionales por carretera
Título oficial: Enmienda adoptada en Ginebra el 18 de octubre de 2019 al párrafo 1 del artículo 14 del Acuerdo Europeo sobre trabajo de las tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), hecho en Ginebra el 1 de julio de 1970.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Tras el 31 de marzo de 1971, pueden adherirse los Estados miembros de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas y los admitidos en ella a título consultivo. La adhesión por una de las vías consultivas queda reservada a seis Estados concretos.
El texto modifica el párrafo 1 del artículo 14 del AETR. Mantiene que el acuerdo estuvo abierto a la firma hasta el 31 de marzo de 1971 y regula quiénes pueden adherirse después de esa fecha.
La adhesión de los Estados admitidos a título consultivo conforme al párrafo 11 del mandato de la Comisión queda reservada únicamente a Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos y Túnez. La enmienda entró en vigor para España el 23 de abril de 2022.
A quién afecta
- Estados que pueden adherirse al AETR
Qué cambia
- Modifica las condiciones de adhesión al AETR después del 31 de marzo de 1971.
- Limita a Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos y Túnez la adhesión conforme al párrafo 11 del mandato de la Comisión.
Plazos
- 31 de marzo de 1971: fecha hasta la que el acuerdo estuvo abierto a la firma.
- 23 de abril de 2022: entrada en vigor de la enmienda para España.
Preguntas y respuestas
¿Qué Estados pueden adherirse después del 31 de marzo de 1971?
Los Estados miembros de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas y los Estados admitidos en la Comisión a título consultivo conforme a los párrafos 8 u 11 de su mandato.
¿Qué Estados pueden adherirse conforme al párrafo 11 del mandato de la Comisión?
Únicamente Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Marruecos y Túnez.
¿Cuándo entró en vigor la enmienda para España?
El 23 de abril de 2022.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Acuerdo Internacional
- Organismo
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Fecha de la norma
- 18 de octubre de 2019
- Publicada en el BOE
- 12 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 23 de abril de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-7703- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Acuerdos internacionales · Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE · Trabajo · Transportes internacionales · Transportes por carretera · Tripulación
Normas que cita o modifica
- enmiendas al art. 14 del Acuerdo de 1 de julio de 1970 (AETR) (en el BOE)