Acuerdo Internacional

Se actualizan el límite de aduanas y los modelos del cuaderno TIR

Título oficial: Enmiendas al artículo 18 y a los Anexos 1 y 6 del Convenio Aduanero relativo al Transporte Internacional de Mercancías al amparo de los Cuadernos TIR, adoptadas en Ginebra el 11 de febrero de 2021.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 27 de julio de 2022 BOE-A-2022-12483 11 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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El Convenio TIR cambia de cuatro a ocho el número indicado en el artículo 18 y en las instrucciones del cuaderno. Las autoridades aduaneras pueden fijar un máximo menor de siete aduanas de salida o destino, pero nunca inferior a tres.

El artículo 18 y las instrucciones de uso del cuaderno TIR sustituyen «cuatro» por «ocho». Además, las autoridades aduaneras pueden limitar a menos de siete el número máximo de aduanas de salida o de destino en su territorio, pero no pueden fijarlo por debajo de tres.

Se sustituyen los talones n.º 1 y n.º 2 de las dos versiones del modelo de cuaderno TIR. Las partes contratantes deben hacer pública la información sobre esas limitaciones e informar de ellas a la Comisión de Control TIR, en particular mediante las aplicaciones electrónicas destinadas a ese fin.

A quién afecta

  • Autoridades aduaneras de los países parte del Convenio TIR
  • Personas y empresas que utilizan cuadernos TIR para el transporte internacional de mercancías

Qué cambia

  • El artículo 18 y las instrucciones del cuaderno TIR cambian la referencia de cuatro a ocho.
  • Las autoridades aduaneras pueden fijar un máximo de aduanas de salida o destino inferior a siete, pero no inferior a tres.
  • Se sustituyen los talones n.º 1 y n.º 2 de las dos versiones del modelo de cuaderno TIR.
  • Las partes contratantes deben publicar las limitaciones e informar de ellas a la Comisión de Control TIR.

Qué hay que hacer

  • Las partes contratantes deben poner a disposición del público la información sobre las limitaciones e informar de ellas a la Comisión de Control TIR, en particular mediante las aplicaciones electrónicas previstas.

Preguntas y respuestas

¿Cuál es el mínimo de aduanas de salida o destino que puede fijarse?

El límite no puede ser inferior a tres.

¿Dónde se puede consultar la información sobre las limitaciones?

Las partes contratantes deben ponerla a disposición del público. También deben informar de ella a la Comisión de Control TIR.

¿Desde cuándo rigen las enmiendas?

Entraron en vigor para España el 25 de junio de 2022.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fecha de la norma
11 de febrero de 2021
Publicada en el BOE
27 de julio de 2022
En vigor desde
25 de junio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-12483
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Acuerdos internacionales · Aduanas · Formalidades aduaneras · Formularios administrativos · Organismos internacionales · Transporte de mercancías · Transportes internacionales · Transportes por carretera

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan