España y Filipinas acuerdan reconocer determinados títulos de la gente de mar
Título oficial: Acuerdo entre la Dirección General de la Marina Mercante, en nombre del Gobierno del Reino de España, y la Autoridad de la Industria Marítima, en nombre del Gobierno de la República de las Filipinas, relativo al reconocimiento de títulos conforme a lo dispuesto en el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, en su forma enmendada, hecho en Madrid y Manila el 30 de mayo de 2022.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El acuerdo establece cómo España y Filipinas reconocen los títulos de la gente de mar expedidos por la otra Parte. El reconocimiento depende del cumplimiento de requisitos de formación, control y verificación.
Cada Parte puede reconocer los títulos expedidos por la otra conforme al Convenio internacional sobre formación, titulación y guardia para la gente de mar. Para ello, deben cumplirse requisitos sobre formación, evaluación, registros, cualificación del personal y supervisión. El acuerdo también permite inspecciones periódicas y exige comunicar ciertos cambios y retiradas de títulos.
Las solicitudes de visita a instalaciones deben presentarse por escrito al menos treinta (30) días antes. Las solicitudes de verificación de títulos deben dirigirse a los funcionarios indicados en el acuerdo; la Parte expedidora debe responder en cinco (5) días hábiles. El acuerdo tiene una duración inicial de cinco años y se renueva automáticamente por periodos iguales, mientras ambas Partes figuren en la lista blanca de la OMI.
A quién afecta
- Gente de mar con títulos expedidos por España o Filipinas
- Autoridades marítimas de España y Filipinas
Qué cambia
- España y Filipinas reconocen los títulos de la gente de mar expedidos por la otra Parte, si se cumplen los requisitos del acuerdo.
- La Parte expedidora debe mantener registros de títulos y refrendos y facilitar la información prevista.
- La Parte expedidora debe permitir inspecciones periódicas de instalaciones, procedimientos y políticas.
- Se fijan plazos para comunicar determinados cambios y circunstancias relacionados con títulos.
- La Parte expedidora debe contestar las solicitudes de verificación de títulos en cinco (5) días hábiles.
- El acuerdo dura cinco años y se renueva automáticamente por periodos iguales, salvo notificación de suspensión o terminación.
Qué hay que hacer
- Para verificar un título, la persona o empresa interesada debe facilitar a la Parte reconocedora una copia en la que consten claramente la identidad del titular y las fechas de expedición y expiración, además de una fotografía y la información indicada en la sección A-I/2 del Código de Formación.
Plazos
- La solicitud de visita debe presentarse al menos treinta (30) días antes de la fecha prevista.
- La Parte que haya realizado una visita debe comunicar los resultados de la evaluación en un plazo de tres (3) meses desde que termine la visita.
- Los cambios de puesto, dirección o información de contacto del funcionario responsable deben comunicarse en un plazo de 30 días.
- Los cambios que afecten a los procedimientos, los que impliquen diferencias sustanciales respecto de la información proporcionada al Secretario General y los cambios en la lista blanca deben comunicarse en un plazo de 90 días.
- La información sobre suspensiones, revocaciones u otras retiradas de títulos debe facilitarse en un plazo de noventa (90) días.
- Las solicitudes de verificación deben contestarse en cinco (5) días hábiles.
- El acuerdo es aplicable por un periodo de cinco años y se renueva automáticamente por periodos de igual duración, si ambas Partes figuran en la lista blanca de la OMI.
- Si una Parte comunica que quiere suspender o terminar el acuerdo, este sigue siendo válido hasta transcurridos sesenta (60) días desde que la otra Parte reciba la notificación oficial.
Preguntas y respuestas
¿Qué títulos se reconocen?
Los títulos de la gente de mar expedidos por España o Filipinas, conforme al Convenio y si se cumplen los requisitos del acuerdo.
¿Cuánto tarda la respuesta a una solicitud de verificación?
La Parte que expidió el título debe responder por escrito, por correo electrónico, en cinco (5) días hábiles.
¿Qué información debe incluir la copia del título para verificarlo?
Debe mostrar claramente la identidad del titular y las fechas de expedición y expiración. También debe incluir una fotografía y la información indicada en la sección A-I/2 del Código de Formación.
¿Cuánto dura el acuerdo?
Cinco años, con renovación automática por periodos de igual duración, siempre que ambas Partes figuren en la lista blanca de la OMI.
¿Con cuánta antelación debe solicitarse una visita a las instalaciones?
La solicitud debe cursarse por escrito al menos treinta (30) días antes de la fecha prevista.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Acuerdo Internacional
- Organismo
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Fecha de la norma
- 30 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 23 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 1 de septiembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-21801- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Acuerdos internacionales · Dirección General de la Marina Mercante · Filipinas · Homologación de títulos académicos · Marinas Mercante y de Pesca · Seguridad de la vida humana en el mar · Títulos académicos y profesionales · Tripulación
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Convenio de 7 de julio de 1978 (en el BOE)