Acuerdo Internacional

Regula los tiempos de conducción, las pausas y los descansos de las tripulaciones en transportes internacionales por carretera.

Título oficial: Texto consolidado del Acuerdo Europeo sobre trabajo de las tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), hecho en Ginebra el 1 de julio de 1970.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 13 de junio de 2022 BOE-A-2022-9631 52 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

El acuerdo establece límites de conducción y periodos mínimos de pausa y descanso para los conductores que realizan transporte internacional por carretera. También fija obligaciones para las empresas y reglas sobre los aparatos de control y los registros de actividad.

Se aplica, en general, al transporte internacional por carretera realizado en el territorio de una Parte Contratante por vehículos matriculados en una Parte Contratante. Hay excepciones, entre ellas ciertos vehículos de mercancías de hasta 3,5 toneladas, algunos vehículos de pasajeros y vehículos de emergencia o de uso especial.

  • La conducción diaria no puede superar nueve horas, salvo que pueda ampliarse hasta diez horas un máximo de dos veces por semana. El límite semanal es 56 horas y el acumulado en dos semanas consecutivas, noventa horas.
  • Tras cuatro horas y media de conducción debe hacerse una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, que puede dividirse en dos pausas de un mínimo de quince minutos y otra de al menos 30 minutos.
  • El acuerdo establece descansos diarios y semanales mínimos, con condiciones y excepciones. Los conductores deben registrar sus actividades y las empresas deben organizar y supervisar el trabajo para cumplir estas reglas.

A quién afecta

  • Conductores que realizan transporte internacional de mercancías por carretera
  • Conductores que realizan transporte internacional de pasajeros por carretera
  • Empresas de transporte internacional por carretera

Qué cambia

  • Fija límites diarios, semanales y bisemanales de conducción.
  • Exige una pausa de al menos 45 minutos tras cuatro horas y media de conducción, con una opción para dividirla.
  • Establece periodos mínimos de descanso diario y semanal, y reglas para reducirlos o compensarlos.
  • Exige registrar los periodos de conducción, otros trabajos, disponibilidad y descanso.
  • Obliga a las empresas a organizar y supervisar el trabajo y a conservar registros.
  • Prevé controles y sanciones por incumplimientos.
  • Establece edades mínimas para conductores contratados: dieciocho años para ciertos vehículos de mercancías y veintiún años para el transporte de pasajeros, con las condiciones indicadas para algunos vehículos de mercancías.

Qué hay que hacer

  • Los conductores deben respetar los límites de conducción y realizar las pausas y descansos previstos.
  • Los conductores deben registrar su actividad y presentar los registros o documentos al inspector autorizado cuando se los solicite.
  • Si la tarjeta de conductor se deteriora, funciona mal, se pierde o es sustraída, el conductor debe pedir su sustitución en un plazo de siete días naturales a las autoridades competentes de la Parte Contratante de su residencia habitual.
  • Para renovar la tarjeta de conductor, el conductor debe solicitarlo a las autoridades competentes de su residencia habitual como mínimo 15 días hábiles antes de la fecha de expiración.
  • Las empresas deben organizar y supervisar el trabajo, comprobar los registros y corregir sin demora los incumplimientos que detecten.

Plazos

  • Tras cuatro horas y media de conducción: una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, o pausas de un mínimo de quince minutos y otra de al menos 30 minutos.
  • Conducción diaria: máximo de nueve horas; puede ampliarse hasta un máximo de diez horas, como límite, dos veces por semana.
  • Conducción semanal: máximo de 56 horas; en dos semanas consecutivas, máximo de noventa horas.
  • Descanso diario normal: al menos once horas; puede dividirse en un periodo de al menos tres horas y otro de al menos nueve horas. Descanso diario reducido: al menos nueve horas y menos de once horas.
  • Descanso semanal normal: al menos 45 horas. El descanso semanal reducido puede llegar hasta un mínimo de veinticuatro horas consecutivas, sujeto a las condiciones del acuerdo.
  • Nuevo descanso diario dentro de las veinticuatro horas siguientes al final del descanso diario o semanal anterior; para conducción en equipo, al menos nueve horas dentro de las treinta horas siguientes.
  • La tarjeta de conductor debe solicitarse para su sustitución en el plazo de siete días naturales si se deteriora, funciona mal, se pierde o es sustraída; para renovarla, como mínimo 15 días hábiles antes de su expiración.
  • En caso de avería del aparato de control, si el vehículo no puede regresar a su base en un plazo de una semana, la reparación debe hacerse en ruta.
  • El conductor puede conducir sin tarjeta durante un periodo máximo de 15 días naturales o durante un plazo más largo si fuera necesario para que el vehículo regrese a su base, siempre que pueda demostrar por qué no puede exhibirla o utilizarla.

Preguntas y respuestas

¿Cuántas horas puedo conducir al día?

Como máximo nueve horas. Puede ampliarse hasta diez horas, como límite, dos veces por semana.

¿Cuánto puedo conducir en una semana?

El límite es 56 horas. En dos semanas consecutivas, el total no puede superar noventa horas.

¿Cuándo debo hacer una pausa?

Tras cuatro horas y media de conducción, debe hacer una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos. Puede dividirla en dos pausas: una de un mínimo de quince minutos y otra de al menos 30 minutos.

¿Cuánto debe durar el descanso diario normal?

Al menos once horas. Puede tomarse en dos periodos: uno de al menos tres horas ininterrumpidas y otro de al menos nueve horas ininterrumpidas.

¿Qué debo hacer si pierdo o se estropea mi tarjeta de conductor?

Debe solicitar una tarjeta de sustitución a las autoridades competentes de su residencia habitual en el plazo de siete días naturales. Puede seguir conduciendo sin tarjeta durante un máximo de 15 días naturales, o más si es necesario para regresar a la base y puede demostrar que no puede utilizarla.

¿Qué documentos debo mostrar en un control?

Debe presentar al inspector autorizado la tarjeta de conductor, las hojas de registro y los registros manuales o impresiones que correspondan, según el tipo de aparato de control y el periodo indicado en el acuerdo.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fecha de la norma
7 de junio de 2022
Publicada en el BOE
13 de junio de 2022
En vigor desde
5 de enero de 1976
Identificador
BOE-A-2022-9631
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Acuerdos internacionales · Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE · Conductores de vehículos de motor · Transportes internacionales · Transportes por carretera · Tripulación

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan