Acuerdo Internacional

Acuerdo para que el Instituto Geográfico Nacional reciba datos sísmicos e hidroacústicos para alertas de tsunamis

Título oficial: Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares sobre el uso de datos sismológicos primarios, sismológicos auxiliares e hidroacústicos con fines de alerta de tsunamis, hecho en Viena el 13 de junio de 2022.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 24 de junio de 2022 BOE-A-2022-10448 5 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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La Comisión suministrará al Instituto Geográfico Nacional datos de sus estaciones para apoyar la alerta de tsunamis. El Instituto solo podrá usarlos para ese fin y deberá mantenerlos confidenciales.

El acuerdo permite suministrar datos sismológicos primarios, auxiliares e hidroacústicos al Instituto Geográfico Nacional. Se entregan en su forma original y sin intercambio de fondos. La Comisión no garantiza su calidad, cantidad, idoneidad, fiabilidad ni puntualidad, y el suministro depende de que tenga fondos y de que no se perjudique su misión de verificación.

El Instituto solo puede utilizar los datos para alertas de tsunamis y no puede transmitirlos. Puede emitir alertas basadas en ellos. Para revelar los datos de forma reconocible en trabajos científicos con terceros, necesita el consentimiento expreso y por escrito de la Comisión. El apéndice indica un volumen de 40 MB diarios y la opción de comunicación preferida: GCI Link.

El acuerdo queda sin efecto si la UNESCO retira la aprobación del Instituto como organización de alerta de tsunamis. Cualquiera de las partes puede rescindirlo mediante aviso escrito con tres meses de antelación. Las obligaciones de confidencialidad continúan después de su finalización.

A quién afecta

  • Instituto Geográfico Nacional
  • Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares

Qué cambia

  • La Comisión podrá suministrar al Instituto datos sismológicos primarios, auxiliares e hidroacústicos para alertas de tsunamis.
  • El Instituto Geográfico Nacional queda designado coordinador de la utilización de esos datos.
  • El Instituto solo puede usar los datos para alertas de tsunamis y no puede transmitirlos.
  • Los datos deben tratarse con estricta confidencialidad; para revelarlos de forma reconocible en trabajos científicos con terceros hace falta el consentimiento expreso y por escrito de la Comisión.
  • El suministro se realiza sin intercambio de fondos y depende de que la Comisión disponga de fondos para mantener el sistema de verificación.
  • El acuerdo queda inmediatamente sin efecto si la UNESCO retira su aprobación del Instituto como organización de alerta de tsunamis.
  • Cualquiera de las partes puede rescindir el acuerdo mediante notificación escrita con tres meses de antelación.

Plazos

  • El presente Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 13 de junio de 2022.
  • El acuerdo entra en vigor el primer día del segundo mes posterior a la fecha en que el Reino de España informe a la Comisión de que ha concluido los trámites correspondientes.
  • Cualquiera de las partes puede rescindir el acuerdo previa notificación por escrito con tres meses de antelación.

Preguntas y respuestas

¿Para qué se pueden usar los datos?

El Instituto Geográfico Nacional solo puede utilizarlos con fines de alerta de tsunamis.

¿Se pueden transmitir los datos a terceros?

No. Para revelarlos de forma reconocible en trabajos científicos con terceros, se necesita el consentimiento expreso y por escrito de la Comisión.

¿La Comisión garantiza la calidad o puntualidad de los datos?

No. El acuerdo indica que la Comisión no asume responsabilidad por su calidad, cantidad, idoneidad, fiabilidad o puntualidad.

¿Cuántos datos se prevé suministrar al día?

El apéndice indica un volumen total de 40 MB diarios.

¿Cuándo deja de tener efecto el acuerdo?

Queda inmediatamente sin efecto si la UNESCO retira su aprobación del Instituto Geográfico Nacional como organización de alerta de tsunamis. También puede rescindirlo cualquiera de las partes con notificación escrita y tres meses de antelación.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fecha de la norma
13 de junio de 2022
Publicada en el BOE
24 de junio de 2022
En vigor desde
1 de abril de 2023
Identificador
BOE-A-2022-10448
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Acuerdos internacionales · Catástrofes · Cooperación científica · Información · Instituto Geográfico Nacional · Mar · Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura · Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares

Normas posteriores que la afectan