Lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte (Anexo I)
Título oficial: Texto enmendado aprobado en París el 15 de noviembre de 2022 del Anexo I, Listas de sustancias y métodos prohibidos, de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, hecha en París el 18 de noviembre de 2005.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Actualiza la Lista de Prohibiciones del Programa Mundial Antidopaje. Enumera sustancias y métodos prohibidos en competición y fuera de competición, con excepciones y umbrales para algunas sustancias.
La Lista de Prohibiciones es un Estándar Internacional obligatorio del Programa Mundial Antidopaje. Se actualiza anualmente por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y esta versión entra en vigor el 1 de enero de 2023.
El Anexo detalla clases de sustancias (por ejemplo S0 a S9) y métodos prohibidos (M1 a M3), indica si se prohíben en competición, fuera de competición o en todo momento, y añade excepciones y notas sobre umbrales de concentración y sustancias de abuso.
A quién afecta
- deportistas sujetos a controles antidopaje
- entidades deportivas y organizaciones antidopaje
Qué cambia
- Actualiza la Lista de Prohibiciones del Programa Mundial Antidopaje para 2023.
- Incluye clases S0 a S9 y métodos M1 a M3 con listas de sustancias y métodos prohibidos.
- Establece excepciones y umbrales para ciertas sustancias (por ejemplo, salbutamol, formoterol, salmeterol, vilanterol, salbutamol en orina).
- Declara ciertas sustancias como "sustancias de abuso" (cocaína, diamorfina, MDMA, THC).
- Precisa que la versión oficial se publica en inglés y francés, y que en caso de conflicto prevalece la versión inglesa.
Qué hay que hacer
- Obtener una autorización de uso terapéutico (AUT) si corresponde para evitar consideración de resultado analítico adverso cuando el texto lo exige.
Plazos
- 1 de enero de 2023
Preguntas y respuestas
¿Cuándo entra en vigor esta Lista de Prohibiciones?
La Lista entrará en vigor el 1 de enero de 2023.
¿Qué ocurre si hay conflicto entre las versiones en inglés y en francés de la Lista oficial?
Prevalecerá la versión inglesa.
Qué sustancias se consideran "sustancias de abuso" según el texto?
Cocaína, diamorfina (heroína), metilendioximetanfetamina (MDMA/«éxtasis») y tetrahidrocannabiol (THC).
Hay excepciones para beta-2 agonistas inhalados?
Sí: salbutamol inhalado máximo 1600 microgramos en 24 horas (no más de 600 microgramos cada 8 horas); formoterol inhalado dosis máxima 54 microgramos en 24 horas; salmeterol inhalado máximo 200 microgramos en 24 horas; vilanterol inhalado máximo 25 microgramos en 24 horas.
Qué sucede si la concentración urinaria de salbutamol o formoterol supera cierto umbral?
La presencia en orina de salbutamol superior a 1000 nanogramos por mililitro o de formoterol superior a 40 nanogramos por mililitro se considerará un resultado analítico adverso, salvo que el deportista demuestre con un estudio farmacocinético controlado que fue por uso terapéutico no superior a la dosis máxima indicada.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Acuerdo Internacional
- Organismo
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Fecha de la norma
- 15 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 18 de enero de 2023
- En vigor desde
- 1 de enero de 2023
- Identificador
BOE-A-2023-1188- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Acuerdos internacionales · Autorizaciones · Deporte · Dopaje · Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura
Normas que cita o modifica
- enmiendas al anexo I de la Convención de 18 de noviembre de 2005 (en el BOE)