Acuerdo Internacional

Enmiendas al Anexo III del Convenio de Rotterdam para la aplicación del procedimiento de consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, hecho en Rotterdam el 10 de septiembre de 1998. Decisiones RC-12/3 y RC-12/4 adoptadas en Ginebra el 9 de mayo de 2025

Título oficial: Enmiendas al Anexo III del Convenio de Rotterdam para la aplicación del procedimiento de consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, hecho en Rotterdam el 10 de septiembre de 1998. Decisiones RC-12/3 y RC-12/4 adoptadas en Ginebra el 9 de mayo de 2025.

Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fecha de la norma
9 de mayo de 2025
Publicada en el BOE
10 de marzo de 2026
En vigor desde
22 de octubre de 2025
Identificador
BOE-A-2026-5545
Última actualización en el BOE
10 de marzo de 2026

Temas

Materias: Acuerdos internacionales · Comercio exterior · Organización de las Naciones Unidas · Plaguicidas · Políticas de medio ambiente · Productos químicos · Sustancias peligrosas

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