Acuerdo Internacional

Acuerdo Multilateral M 364, en virtud del apartado 1.5.1 del Anexo A del ADR, en relación con los documentos que deben llevarse en la unidad de transporte de conformidad con 8.1.2.2

Título oficial: Acuerdo Multilateral M 364, en virtud del apartado 1.5.1 del Anexo A del ADR, en relación con los documentos que deben llevarse en la unidad de transporte de conformidad con 8.1.2.2.

Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fecha de la norma
9 de junio de 2025
Publicada en el BOE
18 de junio de 2025
En vigor desde
9 de junio de 2025
Identificador
BOE-A-2025-12309
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Acuerdos internacionales · Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE · Documentos · Mercancías peligrosas · Remolques · Transporte de mercancías · Transportes internacionales · Transportes por carretera · Vehículos de motor

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