Acuerdo Internacional

Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y puesta en marcha de oficinas en el Reino de España (El «Acuerdo»), hecho en Madrid y Washington el 29 de junio, 13, 14 y 15 de julio de 2026

Título oficial: Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y puesta en marcha de oficinas en el Reino de España (El «Acuerdo»), hecho en Madrid y Washington el 29 de junio, 13, 14 y 15 de julio de 2026.

Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Acuerdo Internacional
Organismo
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fecha de la norma
15 de julio de 2026
Publicada en el BOE
15 de septiembre de 2026
Identificador
BOE-A-2026-19199
Última actualización en el BOE
15 de septiembre de 2026

Temas

Materias: Asociación Internacional de Fomento · Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento · Cooperación internacional · Corporación Financiera Internacional · España · Garantías · Inversiones · Transportes