Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y puesta en marcha de oficinas en el Reino de España (El «Acuerdo»), hecho en Madrid y Washington el 29 de junio, 13, 14 y 15 de julio de 2026
Título oficial: Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y puesta en marcha de oficinas en el Reino de España (El «Acuerdo»), hecho en Madrid y Washington el 29 de junio, 13, 14 y 15 de julio de 2026.
Qué dice, en claro
Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.
Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Acuerdo Internacional
- Organismo
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Fecha de la norma
- 15 de julio de 2026
- Publicada en el BOE
- 15 de septiembre de 2026
- Identificador
BOE-A-2026-19199- Última actualización en el BOE
- 15 de septiembre de 2026
Temas
Materias: Asociación Internacional de Fomento · Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento · Cooperación internacional · Corporación Financiera Internacional · España · Garantías · Inversiones · Transportes