Decreto-ley

Prorroga la tarifa del impuesto sobre el patrimonio mientras exista el impuesto estatal

Título oficial: Decreto-ley 10/2024, de 26 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre el patrimonio.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 31 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-27531 2 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Mantiene la tarifa del impuesto sobre el patrimonio aprobada en 2022. Se aplicará mientras siga vigente el impuesto temporal de solidaridad sobre grandes fortunas del Estado.

Se modifica la disposición transitoria primera del libro sexto del Código tributario de Cataluña para establecer que la tarifa del impuesto sobre el patrimonio aprobada en 2022 será aplicable mientras se mantenga vigente el impuesto temporal de solidaridad sobre las grandes fortunas del Estado.

La medida busca que la cuota tributaria devengada por los contribuyentes residentes en Cataluña por el impuesto estatal permanezca en Cataluña y que la vigencia de la tarifa autonómica coincida con la del impuesto estatal.

A quién afecta

  • contribuyentes residentes en Cataluña sujetos al impuesto sobre el patrimonio

Qué cambia

  • La disposición transitoria primera del libro sexto del Código tributario de Cataluña queda redactada para aplicar la tarifa del impuesto sobre el patrimonio mientras se mantenga vigente el impuesto temporal de solidaridad sobre las grandes fortunas.

Plazos

  • La tarifa es aplicable mientras se mantenga vigente el impuesto temporal de solidaridad sobre las grandes fortunas.
  • Entrada en vigor según el BOE: 29/11/2024

Preguntas y respuestas

Qué tarifa del impuesto sobre el patrimonio se aplicará?

La tarifa del impuesto sobre el patrimonio aprobada en 2022.

Hasta cuándo será aplicable esa tarifa?

Mientras se mantenga vigente el impuesto temporal de solidaridad sobre las grandes fortunas.

Por qué se mantiene la tarifa autonómica?

Para que la cuota tributaria devengada por los contribuyentes residentes en Cataluña por el impuesto estatal permanezca en Cataluña y para que la vigencia coincida con la del impuesto estatal.

Qué requisito legal permite dictar este decreto-ley?

El Gobierno lo dicta en uso de la autorización del artículo 64 del Estatuto de autonomía de Cataluña y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, por la necesidad extraordinaria y urgente.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Decreto-ley 10/2024
Organismo
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fecha de la norma
26 de noviembre de 2024
Publicada en el BOE
31 de diciembre de 2024
En vigor desde
29 de noviembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-27531
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Cataluña · Cesión de Tributos · Impuesto sobre el Patrimonio · Sistema tributario

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

  • se publica acuerdo de convalidación , por Resolución 30/XV, de 11 de diciembre de 2024

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.