Aragón agiliza la gestión de proyectos financiados con fondos europeos de recuperación
Título oficial: Decreto-ley 2/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para agilizar la gestión de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación (Next Generation EU-MRR) para la reactivación económica y social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma introduce procedimientos especiales para gestionar en Aragón los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Afecta a la gestión presupuestaria, las subvenciones, la contratación y algunas obras o instalaciones en carreteras.
Las actuaciones relacionadas con la programación, gestión, seguimiento y control de estos fondos deben tramitarse con prioridad, preferencia y celeridad. Las medidas se aplican a la Administración de Aragón y a las entidades de su sector público cuando gestionen o controlen fondos del MRR.
Entre otras medidas, se permite anticipar el 100 % de determinadas subvenciones sin garantías y se presume que se cumplen algunos requisitos para ser beneficiario, salvo que existan razones fundadas para exigir que se acrediten. También se fijan reglas presupuestarias y de contratación. Para las infraestructuras de servicios de interés general vinculadas a proyectos del MRR, se establecen condiciones de ubicación, mantenimiento y responsabilidad en las carreteras.
A quién afecta
- Entidades de la Administración y del sector público institucional de Aragón que gestionen o controlen fondos del MRR
- Solicitantes y beneficiarios de subvenciones financiadas con fondos del MRR
- Órganos de contratación que adjudiquen contratos financiados con fondos del MRR
- Titulares o explotadores de infraestructuras de servicios de interés general instaladas en el dominio público viario
Qué cambia
- Los ingresos del MRR se consideran fondos europeos a efectos de la normativa presupuestaria y reciben códigos distintos según la posición de Aragón como entidad ejecutora o beneficiaria.
- Se permite autorizar compromisos de gasto plurianual y trasladar créditos no ejecutados al presupuesto siguiente, dentro del límite temporal establecido por la Conferencia Sectorial.
- Las bases de subvenciones financiadas con fondos del MRR requieren informe de la Intervención General y de la Dirección General de los Servicios Jurídicos.
- Las convocatorias pueden incorporar anualidades futuras comprometidas en las Conferencias Sectoriales, si consta documentalmente el compromiso.
- Puede establecerse una lista de espera de solicitudes de subvención y conceder ayudas adicionales si se liberan o incorporan créditos.
- Se puede anticipar el 100 % de las subvenciones sin exigir garantías.
- Se presume que se cumplen determinados requisitos para obtener subvenciones, salvo que razones fundadas aconsejen exigir su acreditación.
- Se establecen requisitos para las mesas de contratación y para las infraestructuras de servicios de interés general vinculadas a proyectos del MRR en carreteras.
Qué hay que hacer
- Quien sea titular de una afección o uso autorizado en una carretera debe comunicar al departamento competente la modificación, supresión, extinción o cese de la actividad.
Plazos
- Las medidas mantienen su vigencia mientras se encuentre vigente el MRR.
- Los créditos no ejecutados pueden incorporarse de ejercicio en ejercicio hasta alcanzar el 100 % de su ejecución, dentro del límite temporal establecido en la correspondiente Conferencia Sectorial.
Preguntas y respuestas
¿Se puede cobrar por adelantado una subvención financiada con fondos del MRR?
Sí. Puede anticiparse el 100 % del importe, sin necesidad de prestar garantías.
¿Hay que acreditar siempre los requisitos para ser beneficiario de una subvención?
No. Se presume que se cumplen los requisitos indicados en la norma, salvo que razones fundadas aconsejen exigir su acreditación.
¿Qué ocurre si hay más crédito después de conceder las subvenciones?
Se puede emitir una resolución complementaria y conceder ayudas a solicitudes incluidas en la lista de espera, hasta el límite de los nuevos créditos.
¿Dónde deben situarse las instalaciones de servicios de interés general relacionadas con proyectos del MRR en carreteras?
Fuera de la explanación y dentro de la zona de dominio público adyacente, salvo que se justifique que no existe otra alternativa eficiente y técnicamente viable. Deben garantizarse la seguridad vial y el mantenimiento de la carretera.
¿Quién paga los gastos de reparación y mantenimiento de una infraestructura instalada en el dominio público viario?
El titular de la infraestructura o quien la explote. La norma establece que la autorización no da derecho a indemnización si la infraestructura debe modificarse por desprendimientos, deslizamientos u obras necesarias para conservar o mejorar la carretera.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Decreto-ley 2/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Fecha de la norma
- 6 de abril de 2022
- Publicada en el BOE
- 13 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 8 de abril de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-7787- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Aragón · Carreteras · Créditos Presupuestarios · Fondo CE · Gestión presupuestaria · Mesas de Contratación · Política económica · Procedimiento administrativo · Subvenciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se deroga el art. 6, por Ley 8/2022, de 29 de diciembre
- se publica acuerdo de convalidación , por Resolución de 26 de abril de 2022
Otras normas que menciona (6)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Ley 1/2021, de 11 de febrero (en el BOE)
- Ley 5/2021, de 29 de junio (en el BOE)
- Ley 2/2009, de 11 de mayo (en el BOE)
- Ley 5/2015, de 25 de marzo (en el BOE)