Decreto-ley

Baleares fija medidas de sostenibilidad y circularidad para el turismo y modifica su normativa turística.

Título oficial: Decreto-ley 3/2022, de 11 de febrero, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 8 de junio de 2022 BOE-A-2022-9388 92 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La norma introduce obligaciones ambientales y de gestión para varios alojamientos y empresas turísticas de las Illes Balears. También establece planes de circularidad para determinados alojamientos y cambia otras reglas turísticas.

Los hoteles, apartamentos turísticos y alojamientos rurales incluidos en la norma deben elaborar un plan de circularidad, evaluarlo cada año y renovarlo como máximo cada cinco años. El plan debe abordar agua, energía, alimentos, materiales y residuos, y estar disponible para la inspección turística y la representación legal de las personas trabajadoras.

La norma también establece medidas como sustituir ciertas instalaciones de fueloil o gasóleo, instalar dispositivos de ahorro de agua y limitar los artículos de baño desechables, con excepciones. Además, regula qué establecimientos pueden anunciarse como circulares, introduce requisitos sobre alimentos y fija condiciones para algunas obras destinadas a aplicar estas medidas.

A quién afecta

  • Empresas explotadoras de hoteles, hoteles de ciudad, hoteles apartamento, alojamientos de turismo de interior, apartamentos turísticos, hoteles rurales y agroturismos de las Illes Balears
  • Alojamientos turísticos y viviendas turísticas comprendidos en las medidas de ahorro de agua y de eliminación de instalaciones de fueloil o gasóleo
  • Establecimientos turísticos de restauración y entretenimiento
  • Empresas turísticas de alojamiento que quieran anunciarse o comercializarse como circulares
  • Personas comercializadoras de estancias turísticas en viviendas de uso residencial

Qué cambia

  • Los alojamientos incluidos deben elaborar un plan de circularidad, con evaluación inicial y evaluaciones anuales. Su vigencia máxima es de cinco años.
  • Para anunciarse o comercializarse como empresa circular, las empresas turísticas de alojamiento deben disponer de una etiqueta ecológica de la UE, un sistema EMAS o una certificación emitida por entidades acreditadas.
  • Determinados establecimientos y viviendas turísticas deben eliminar las instalaciones térmicas que funcionen con fueloil o gasóleo y sustituirlas por otras de menor impacto ambiental, salvo imposibilidad técnica debidamente acreditada.
  • Los establecimientos incluidos deben disponer de mecanismos de descarga de agua de doble pulsador o con interrupción, y de difusores y aireadores en grifos de lavabos, bañeras y duchas.
  • Se restringe la entrega de artículos de baño desechables. Se permiten si los pide individualmente el cliente y los recipientes, embalajes, componentes o productos son reutilizables, reciclables, biodegradables o compostables.
  • Los establecimientos turísticos no pueden usar especies amenazadas para consumo alimentario y deben identificar diferenciadamente ciertos productos baleares en la carta o menú, además de poder acreditar su origen.
  • Las camas de determinados establecimientos hoteleros deben ser elevables mecánica o eléctricamente, salvo las supletorias.
  • Las personas comercializadoras de estancias turísticas en viviendas de uso residencial deben disponer de un libro registro habilitado por la Administración turística insular.

Qué hay que hacer

  • Las empresas explotadoras de los alojamientos sujetos a la estrategia de circularidad deben elaborar, aplicar y mantener actualizado el plan, realizar una evaluación inicial y evaluaciones anuales, y renovarlo como máximo cada cinco años.
  • Las personas comercializadoras de estancias turísticas en viviendas de uso residencial deben disponer, desde el 1 de mayo de 2023, de un libro registro habilitado por la Administración turística insular y mantenerlo actualizado durante los periodos de estancia turística.
  • Quienes quieran ejecutar obras o instalaciones por el procedimiento de declaración responsable deben presentarla firmada ante el ayuntamiento correspondiente, con la documentación exigida y al menos quince días hábiles antes de empezar.

Plazos

  • A partir del 1 de mayo de 2023: obligación de disponer del libro registro para las personas comercializadoras de estancias turísticas en viviendas de uso residencial.
  • El plan de circularidad tiene una vigencia máxima de cinco años y debe renovarse periódicamente por los mismos periodos.
  • La declaración responsable debe presentarse con una antelación mínima de quince días hábiles respecto de la fecha prevista de inicio de la actuación.
  • Las obras o instalaciones deben iniciarse en un plazo máximo de cuatro meses desde la presentación de la declaración responsable; el plazo de ejecución no puede ser superior a dos años.

Preguntas y respuestas

¿Qué alojamientos tienen que elaborar un plan de circularidad?

Los hoteles, hoteles de ciudad, hoteles apartamento y alojamientos de turismo de interior; los apartamentos turísticos; y los hoteles rurales y agroturismos.

¿Cada cuánto hay que evaluar el plan?

Se debe hacer una evaluación inicial y, después, una evaluación circular cada año.

¿Se pueden ofrecer artículos de baño desechables a los clientes?

Como regla general, no. Se permiten si el cliente los pide individualmente y los recipientes, embalajes, componentes o productos son reutilizables, reciclables, biodegradables o compostables.

¿Qué hace falta para anunciarse como empresa circular?

La empresa debe disponer de etiqueta ecológica de la UE, un sistema EMAS o una certificación emitida por entidades debidamente acreditadas.

¿Cuándo deben tener el libro registro quienes comercializan estancias turísticas en viviendas?

A partir del 1 de mayo de 2023. El libro debe estar habilitado por la Administración turística insular y actualizado durante los periodos de estancia turística.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Decreto-ley 3/2022
Organismo
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Fecha de la norma
11 de febrero de 2022
Publicada en el BOE
8 de junio de 2022
En vigor desde
11 de febrero de 2022
Identificador
BOE-A-2022-9388
Última actualización en el BOE
23 de febrero de 2026

Temas

Materias: Agencias de viajes · Alojamientos turísticos · Ayudas · Baleares · Centros de enseñanza · Certificaciones · Consumidores y usuarios · Control de calidad · Créditos Extraordinarios y Suplementarios · Empresas y Actividades Turísticas · Epidemias · Establecimientos públicos · Financiación comunitaria · Fondo CE · Hostelería · Infracciones · Normas de calidad · Organización de las Comunidades Autónomas · Políticas de medio ambiente · Presupuestos de las Comunidades Autónomas · Sanciones · Sanidad · Turismo · Viviendas

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (8)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.