Canarias prorroga la habilitación para contratar medios y mantener temporalmente los equipos de la televisión autonómica
Título oficial: Decreto-ley 3/2022, de 17 de marzo, por el que se prorroga la habilitación contenida en la disposición transitoria primera, apartados 4 y 5, de la Ley 13/2014, de 26 de diciembre, de Radio y Televisión Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, para garantizar la continuidad de la gestión del servicio público de televisión autonómica y de sus programas informativos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Se amplía el plazo para iniciar la contratación de equipamiento y medios para la televisión autonómica. Mientras las nuevas prestaciones no estén instaladas y en funcionamiento, se pueden mantener los medios actuales afectados al servicio.
La persona titular de la Dirección General de RTVC o, si no la hay, el administrador único de RTVC puede iniciar procedimientos de contratación, simultáneos o sucesivos, para contratar en uno o varios contratos el sistema de equipamiento y medios. El plazo máximo es de seis meses desde la entrada en vigor del decreto-ley.
También se prorroga la habilitación para mantener temporalmente afectados los medios actuales al servicio, hasta que se implanten y funcionen las prestaciones de los contratos que los sustituyan. Esta prórroga produce efectos desde que terminó la habilitación inicial.
A quién afecta
- Radiotelevisión Canaria (RTVC)
- La Dirección General de RTVC o, en su defecto, el administrador único de RTVC
Qué cambia
- Se amplía hasta un máximo de seis meses la habilitación para iniciar la contratación del equipamiento y los medios.
- La contratación puede tramitarse de forma simultánea o sucesiva y mediante uno o varios contratos.
- Se prorroga la habilitación para mantener los medios actuales afectados al servicio hasta que funcionen las nuevas prestaciones.
- La prórroga de la afectación de medios produce efectos desde la fecha en que terminó la habilitación inicial.
Plazos
- Seis meses desde la entrada en vigor del decreto-ley para iniciar los procedimientos de contratación.
- La afectación temporal de los medios se mantiene hasta la implantación y puesta en funcionamiento de las nuevas prestaciones.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede iniciar los procedimientos de contratación?
La persona titular de la Dirección General de RTVC o, en su defecto, el administrador único de RTVC.
¿La contratación debe hacerse en un único contrato?
No. Puede tramitarse mediante uno o varios contratos, de forma simultánea o sucesiva.
¿Hasta cuándo pueden mantenerse los medios actuales afectados al servicio?
Hasta que se implanten y pongan en funcionamiento las prestaciones de los contratos que los sustituyan.
¿Desde cuándo produce efectos la prórroga de la afectación de medios?
Desde la fecha en que terminó la habilitación inicial.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Decreto-ley 3/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Fecha de la norma
- 17 de marzo de 2022
- Publicada en el BOE
- 17 de junio de 2022
- En vigor desde
- 18 de marzo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-10046- Última actualización en el BOE
- 5 de agosto de 2026
Temas
Materias: Canarias · Contratación administrativa · Contrato de suministros · Delegación de atribuciones · Organización de las Comunidades Autónomas · Radiodifusión · Televisión
Normas que cita o modifica
- prorroga , en la forma indicada, lo señalado de la disposición transitoria 1.4 y 5.d) y e) de la Ley 13/2014, de 26 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 47.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se publica acuerdo de convalidación , por Resolución de 7 de abril de 2022
- se declara la vigencia , en la forma indicada, por Ley 6/2026, de 24 de julio
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 7/2010, de 31 de marzo (en el BOE)
- Ley 19/2019 (en el BOE)
- Ley 6/2020 (en el BOE)