Modifica la distribución de una subvención estatal de 43 millones para descuento del 100 % en abonos de transporte
Título oficial: Decreto-ley 4/2024, de 22 de noviembre, de modificación del Decreto-ley 2/2023, de 6 de marzo, de medidas urgentes en materia de servicio público discrecional del transporte de personas viajeras y en otras materias vinculadas a sectores económicos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Se corrige la distribución entre administraciones de una subvención de 43 millones para implantar el descuento del 100 % en abonos y títulos multiviaje del transporte colectivo terrestre de las Illes Balears. Se redistribuye un importe no justificado de 405.597,66 euros entre cuatro entidades y se actualizan las cuantías asignadas a todas las administraciones gestoras.
Se trata de una modificación de la disposición adicional segunda del Decreto-ley 2/2023 para ajustar la distribución de la subvención estatal de 43 millones de euros destinada al descuento del 100 % en abonos y títulos multiviaje del transporte colectivo terrestre de las Illes Balears.
La modificación asigna nuevas cuantías a las administraciones o empresas gestoras y redistribuye el importe de 405.597,66 euros que no fue justificado inicialmente. También prevé que, si alguna entidad no justifica el total o no cumple requisitos para la transferencia, el Consejo de Gobierno reasignará ese importe a las que acrediten haber gastado más de lo asignado.
A quién afecta
- Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma
- Consorcio de Transportes de Mallorca
- Servicios Ferroviarios de Mallorca
- Consejo Insular de Ibiza
- Consejo Insular de Menorca
- Consejo Insular de Formentera
Qué cambia
- Se actualizan las cuantías asignadas a las administraciones gestoras del transporte para financiar el descuento del 100 % en abonos y títulos multiviaje.
- Se redistribuye el importe no justificado de 405.597,66 euros entre cuatro entidades.
- Si alguna entidad no justifica la totalidad o no cumple requisitos, el Consejo de Gobierno reasignará el importe a las que justifiquen gasto superior.
- Se habilita a la persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación a los créditos necesarios.
- El pago de las ayudas se tramitará cuando entre en vigor este Decreto-ley.
Qué hay que hacer
- La persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación habilitará, en su caso, los créditos necesarios en las correspondientes secciones presupuestarias.
- Las administraciones o empresas gestoras deben justificar ante la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención de 43 millones de euros.
Plazos
- El pago de las ayudas se tramitará cuando entre en vigor este Decreto-ley.
Preguntas y respuestas
¿Cuál es el objetivo de la subvención de 43 millones de euros?
Implantar el descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte colectivo terrestre de las Illes Balears.
¿Qué importe no fue justificado y hay que redistribuir?
405.597,66 euros.
¿A quiénes se asigna la redistribución de 405.597,66 euros?
Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma: 224.887,97 euros; Consorcio de Transportes de Mallorca: 103.182,71 euros; Servicios Ferroviarios de Mallorca: 72.389,05 euros; Consejo Insular de Formentera: 5.137,93 euros.
¿Qué ocurre si una entidad no justifica la totalidad o no cumple requisitos para la transferencia?
La distribución deberá modificarse mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno que asignará este importe a las administraciones o empresas gestoras que hayan justificado un gasto superior al asignado.
¿Quién debe justificar ante el Ministerio la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención?
La Comunidad Autónoma de las Illes Balears ante la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Decreto-ley 4/2024
- Organismo
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Fecha de la norma
- 22 de noviembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 31 de diciembre de 2024
- En vigor desde
- 24 de noviembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-27532- Última actualización en el BOE
- 20 de febrero de 2026
Temas
Materias: Ayudas · Baleares · Transporte de viajeros · Transporte público
Normas que cita o modifica
- modifica la disposición adicional 2 del Decreto-ley 2/2023, de 6 de marzo (en el BOE)
- de conformidad con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2007, 28 de febrero (en el BOE)
- cita Ley 31/2022, de 23 de diciembre (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se publica acuerdo de convalidación , por Resolución de 12 de diciembre de 2024
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)