Decreto-ley

Aragón aumenta temporalmente la prestación complementaria y el máximo del complemento de vivienda

Título oficial: Decreto-ley 5/2022, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un incremento extraordinario para el año 2022 del importe de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 23 de septiembre de 2022 BOE-A-2022-15478 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Entre agosto y diciembre de 2022, la prestación complementaria aumenta un 15% para quienes la reciben y no son titulares del Ingreso Mínimo Vital. También sube el máximo del complemento para gastos de vivienda para titulares de esa prestación o del Ingreso Mínimo Vital.

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales aplicará un incremento del 15 por cien al importe mensual reconocido de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital para las mensualidades de agosto a diciembre de 2022. No se cuentan importes de periodos anteriores ni otros conceptos acumulados que no sean mensuales. El aumento se aplica únicamente a personas beneficiarias que no sean titulares del Ingreso Mínimo Vital.

También se aplica a solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor y todavía no resueltas, y a las presentadas después, siempre que los efectos del reconocimiento no sean posteriores a 1 de diciembre de 2022. Para las mensualidades de agosto a diciembre de 2022, el máximo del complemento de vivienda pasa a ser el 10% del importe anual de la renta garantizada a efectos del IMV para la unidad de convivencia correspondiente.

A quién afecta

  • Personas beneficiarias de la Prestación Aragonesa Complementaria que no sean titulares del Ingreso Mínimo Vital
  • Personas con solicitudes de la Prestación Aragonesa Complementaria pendientes o presentadas después, si los efectos del reconocimiento no son posteriores a 1 de diciembre de 2022
  • Titulares de la Prestación Aragonesa Complementaria o del Ingreso Mínimo Vital que puedan recibir el complemento para gastos de vivienda

Qué cambia

  • La prestación complementaria aumenta un 15 por cien sobre el importe mensual reconocido para agosto a diciembre de 2022, con las exclusiones indicadas.
  • El incremento se extiende a solicitudes pendientes y a las presentadas después, si los efectos del reconocimiento no son posteriores a 1 de diciembre de 2022.
  • El incremento de la prestación sólo se aplica a beneficiarios que no sean titulares del Ingreso Mínimo Vital.
  • El máximo del complemento para gastos de vivienda aumenta, para agosto a diciembre de 2022, al 10% del importe anual de la renta garantizada a efectos del IMV para la unidad de convivencia.

Plazos

  • El incremento de la prestación y del máximo del complemento de vivienda corresponde a las mensualidades de agosto a diciembre de 2022.
  • Las solicitudes presentadas después de la entrada en vigor pueden recibir el incremento si los efectos del reconocimiento no son posteriores a 1 de diciembre de 2022.

Preguntas y respuestas

¿Quién recibe el incremento del 15 por cien?

Las personas beneficiarias de la Prestación Aragonesa Complementaria que no sean titulares del Ingreso Mínimo Vital.

¿A qué meses corresponde el incremento?

A las mensualidades de agosto a diciembre de 2022.

¿Se aplica a solicitudes que todavía no se han resuelto?

Sí, si se habían presentado a la entrada en vigor. También puede aplicarse a solicitudes posteriores si los efectos del reconocimiento no son posteriores a 1 de diciembre de 2022.

¿Cómo se calcula el aumento de la prestación?

Se aplica un porcentaje del 15 por cien al importe mensual reconocido. Se excluyen los importes de periodos anteriores y otros conceptos acumulados que no sean mensuales.

¿Cuál es el máximo del complemento para gastos de vivienda?

Para agosto a diciembre de 2022, es el 10% del importe anual de la renta garantizada a efectos del IMV para la unidad de convivencia correspondiente.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Decreto-ley 5/2022
Organismo
Comunidad Autónoma de Aragón
Fecha de la norma
27 de julio de 2022
Publicada en el BOE
23 de septiembre de 2022
En vigor desde
1 de agosto de 2022
Identificador
BOE-A-2022-15478
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Aragón · Renta Mínima de Inserción · Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

  • se publica acuerdo de convalidación , por Resolución de 7 de septiembre de 2022

Otras normas que menciona (3)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.