Decreto-ley

Aragón amplía las ayudas para reparar los daños de los incendios de 2022 a 16 municipios

Título oficial: Decreto-ley 7/2022, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para restaurar los daños causados al medio agrario, forestal y natural por los incendios ocurridos los meses de junio, julio y agosto de 2022.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 2 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-17980 9 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Se extienden a 16 municipios aragoneses las medidas de ayuda para explotaciones agrícolas y ganaderas, redes colectivas de riego y determinadas inversiones. Las solicitudes deben presentarse dentro de los plazos fijados para cada ayuda.

Las medidas se aplican a los daños causados por los incendios en Nonaspe, Castejón de Tornos y Añón del Moncayo, y a los municipios afectados que enumera la norma. Incluyen ayudas a agricultores y ganaderos, reparación de infraestructuras colectivas de riego y prioridad para acceder a determinadas ayudas e inversiones agrícolas, agroalimentarias, de regadío y forestales.

Las ayudas se tramitan por procedimiento de urgencia y concesión directa. La Administración financiará las medidas con cargo al Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria de 2022. En los controles se tendrán en cuenta los daños y la destrucción causados por el fuego.

A quién afecta

  • Agricultores y ganaderos de los municipios afectados
  • Comunidades o entidades con infraestructuras colectivas de riego en los municipios afectados
  • Explotaciones y actuaciones agrícolas, agroalimentarias, de regadío y forestales de esos municipios

Qué cambia

  • Se amplían a Nonaspe, Mequinenza, Báguena, Burbáguena, Castejón de Tornos, Tornos, Alcalá del Moncayo, Ambel, Añón del Moncayo, Borja, Bulbuente, El Buste, Litago, Tarazona, Trasmoz y Vera de Moncayo las medidas previstas en el Decreto-ley 6/2022.
  • Se prevén ayudas para agricultores y ganaderos destinadas a facilitar la continuidad de sus explotaciones.
  • Se incluyen medidas para restaurar o reparar infraestructuras colectivas de riego.
  • Se da prioridad en el acceso a ayudas e inversiones para modernizar explotaciones y regadíos, industrializar y comercializar productos agroalimentarios y restaurar bosques y el medio ambiente.
  • Los créditos necesarios para aplicar las medidas se declaran ampliables y se financian con cargo al Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria de 2022.
  • En los controles se tendrán en cuenta las graves afecciones y el grado de destrucción causados por el incendio.

Qué hay que hacer

  • Agricultores y ganaderos que soliciten ayudas para la continuidad de sus explotaciones deben presentar la solicitud según el modelo del anexo I, en un plazo máximo de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del Decreto-ley.
  • Quienes soliciten ayudas para restaurar o reparar infraestructuras colectivas de riego deben presentar la solicitud según el modelo del anexo II, con fecha límite 18 de noviembre de 2022.

Plazos

  • 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del presente Decreto-ley.
  • 18 de noviembre de 2022.

Preguntas y respuestas

¿En qué municipios se aplican las medidas?

En Nonaspe, Mequinenza, Báguena, Burbáguena, Castejón de Tornos, Tornos, Alcalá del Moncayo, Ambel, Añón del Moncayo, Borja, Bulbuente, El Buste, Litago, Tarazona, Trasmoz y Vera de Moncayo.

¿Qué ayudas se incluyen?

Ayudas a agricultores y ganaderos, restauración o reparación de infraestructuras colectivas de riego y prioridad para acceder a determinadas ayudas e inversiones agrícolas, agroalimentarias, de regadío y forestales.

¿Cuándo deben solicitarse las ayudas para agricultores y ganaderos?

En un plazo máximo de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del Decreto-ley.

¿Cuál es el plazo para pedir ayudas para las redes colectivas de riego?

La fecha límite es 18 de noviembre de 2022.

¿Cómo se tramitan las subvenciones?

Por el procedimiento de urgencia y mediante concesión directa.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Decreto-ley 7/2022
Organismo
Comunidad Autónoma de Aragón
Fecha de la norma
21 de septiembre de 2022
Publicada en el BOE
2 de noviembre de 2022
En vigor desde
23 de septiembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-17980
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Agricultura · Aragón · Ayudas · Bosques · Créditos Extraordinarios y Suplementarios · Formularios administrativos · Ganadería · Incendios · Inversiones · Municipios · Organización de las Comunidades Autónomas · Políticas de medio ambiente · Riegos

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

  • se publica acuerdo de convalidación , por Resolución de 6 de octubre de 2022

Otras normas que menciona (5)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.