Financia la escolarización gratuita de 2-3 años y establece descuentos de transporte en tres islas
Título oficial: Decreto-ley 8/2022, de 16 de agosto, de medidas urgentes para garantizar la gratuidad de la educación de los niños matriculados del tercer nivel de educación infantil en los centros de la red pública de escuelas infantiles y de su red complementaria a partir del mes de septiembre de 2022, y para la creación de un fondo extraordinario para compensar una parte de los descuentos del transporte interurbano a partir del 1 de septiembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Las familias con niños matriculados en tercero de educación infantil pueden recibir gratis un mínimo de cuatro horas de escolarización en los centros incluidos en las redes pública y complementaria. También se prevén ayudas a Menorca, Ibiza y Formentera para compensar parte de los descuentos en ciertos títulos de transporte interurbano.
Se aprueba un módulo de 45.000 euros por unidad para financiar la gratuidad en las aulas de tercero de educación infantil de ambas redes, con condiciones sobre autorización, meses de funcionamiento y servicio básico. La gratuidad cubre un mínimo de cuatro horas, sin incluir las comidas. Si las familias ya pagaron ese tramo, se prevén devoluciones según el tipo de centro y cuándo se firme el convenio y se efectúe el primer pago.
Los consejos insulares de Menorca, Ibiza y Formentera pueden recibir ayudas para compensar parcialmente los descuentos en abonos y títulos multiviaje de transporte público interurbano por carretera, excepto el billete de ida y vuelta. Para optar a ellas, deben aplicar una reducción de al menos un 70 % durante el periodo indicado. Las ayudas de escolarización ya convocadas para tercero de educación infantil deben adaptarse a los tramos horarios gratuitos.
A quién afecta
- Familias con niños matriculados en tercero de educación infantil en centros de las redes pública y complementaria de las Illes Balears
- Ayuntamientos y consejos insulares que gestionan aulas de tercero de educación infantil de la red pública
- Centros privados de la red complementaria
- Consejos insulares de Menorca, Ibiza y Formentera
Qué cambia
- Se fija un módulo de 45.000 euros para sostener cada unidad de tercero de educación infantil en las redes pública y complementaria.
- El servicio básico de escolarización de un mínimo de cuatro horas, sin comidas, debe ser gratuito.
- Los ayuntamientos y consejos insulares pueden suspender el cobro de las cuotas o precios públicos del tramo gratuito mientras tramitan su modificación.
- Si las familias de centros públicos pagaron el tramo gratuito, deben recibir la devolución una vez firmado el convenio.
- Los centros privados de la red complementaria pueden cobrar temporalmente las cuotas durante la tramitación del convenio; después del primer pago de la Consejería, deben devolver lo cobrado por el tramo gratuito.
- Las administraciones o entidades públicas deben adaptar las ayudas de escolarización de tercero de educación infantil a los tramos horarios cubiertos por la gratuidad.
- Los consejos insulares de Menorca, Ibiza y Formentera pueden recibir ayudas para compensar parcialmente descuentos de al menos un 70 % en abonos y títulos multiviaje de transporte interurbano por carretera.
- Se modifica la convocatoria de ayudas de escolarización para el curso 2022-2023: sus beneficiarios pasan a ser alumnos de primero y segundo curso escolarizados en centros privados autorizados.
Qué hay que hacer
- Los titulares de centros públicos y complementarios deben firmar el convenio específico de gratuidad para recibir financiación. Para el curso 2022-2023, el centro debía estar autorizado y haber solicitado incorporarse a la red correspondiente antes de la fecha indicada.
- Los centros privados de la red complementaria que cobraron cuotas por el tramo gratuito deben devolverlas a las familias cuando hayan firmado el convenio y la Consejería haya efectuado el primer pago.
- Los consejos insulares de Menorca, Ibiza y Formentera deben comprometerse a reducir al menos un 70 % las tarifas indicadas para poder ser beneficiarios de las ayudas.
Plazos
- La gratuidad produce efectos desde el 1 de septiembre de 2022.
- Las ayudas de transporte comprenden el periodo del 1 de septiembre de 2022 al 31 de diciembre de 2022.
- Para el curso 2022-2023, el centro debía haber solicitado incorporarse a la red correspondiente antes de la fecha de fin del periodo ordinario de matriculación: el 16 de junio de 2022.
- Las unidades deben estar en funcionamiento durante diez meses; si abren menos de diez meses pero más de cinco, el módulo se calcula proporcionalmente.
Preguntas y respuestas
¿Qué parte de la escolarización debe ser gratuita?
Un mínimo de cuatro horas del servicio básico de escolarización, sin incluir las comidas.
¿La gratuidad se aplica a las familias de centros públicos y privados?
Sí. Se aplica a centros de la red pública y de la red complementaria, si cumplen las condiciones y firman el convenio específico.
¿Qué pasa si ya se pagó el tramo gratuito?
En centros públicos, las cuotas deben devolverse una vez firmado el convenio. En centros privados de la red complementaria, deben devolverse después de firmar el convenio y de que la Consejería efectúe el primer pago.
¿Qué descuentos de transporte pueden recibir ayuda?
Los descuentos en abonos y títulos multiviaje, excepto el billete de ida y vuelta, de los servicios interurbanos por carretera de Menorca, Ibiza y Formentera. La reducción debe ser de al menos un 70 %.
¿Qué alumnos pueden recibir las ayudas de escolarización modificadas?
Alumnos de primero y segundo curso escolarizados durante el curso 2022-2023 en centros privados autorizados de primer ciclo de educación infantil.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Decreto-ley 8/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Fecha de la norma
- 16 de agosto de 2022
- Publicada en el BOE
- 7 de octubre de 2022
- En vigor desde
- 18 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-16339- Última actualización en el BOE
- 23 de febrero de 2026
Temas
Materias: Ayudas · Baleares · Centros de asistencia y educación infantil · Centros de enseñanza privada · Concesiones administrativas · Créditos Presupuestarios · Educación · Educación Infantil · Tasas académicas · Transporte de viajeros · Transportes por carretera
Normas que cita o modifica
- modifica los arts. 3, 8 y la disposición adicional 2 del Decreto 30/2020, de 28 de septiembre (BOIB núm. 167, de 29 de septiembre)
- modifica el anexo I de la Resolución de 13 de mayo de 2022 (BOIB núm. 66, de 21 de mayo)
- de conformidad con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2007, 28 de febrero (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se deroga en cuanto se oponga, por Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto
- se publica acuerdo de convalidación , por Resolución de 15 de septiembre de 2022
Otras normas que menciona (8)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (en el BOE)
- Ley 1/2022, de 8 de marzo
- Ley 9/2019, de 19 de febrero (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio (en el BOE)
- Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto
- Ley 1/2019, de 31 de enero (en el BOE)
- Ley 14/2014, de 29 de diciembre (en el BOE)