Canarias prorroga el tipo cero del IGIC y autoriza a sus universidades a usar remanentes para determinados gastos
Título oficial: Decreto-ley 8/2022, de 23 de junio, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos del COVID-19, se autoriza el destino de remanente del presupuesto de las universidades públicas de Canarias y se adaptan las medidas tributarias excepcionales en la isla de La Palma, al Decreto-ley 4/2022, de 24 de marzo, por el que se modifica el Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma y por el que se modifica el citado Decreto-ley.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El tipo cero del IGIC para importar o entregar determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19 se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2022. También se autoriza a las universidades públicas canarias a cubrir ciertos aumentos de gastos de 2022 con remanentes de tesorería.
Las universidades públicas de Canarias pueden liquidar el presupuesto de 2022 con necesidad de financiación por el aumento, respecto de 2021, del gasto en energía eléctrica y por el aumento superior al 2% en otros suministros y servicios, si se debe a la subida de los precios unitarios. Los motivos deben quedar suficientemente justificados y la financiación debe cubrirse con remanentes de tesorería de libre disposición: no pueden recurrir al endeudamiento por esta necesidad.
Para las ayudas de emergencia por la erupción en La Palma, la solicitud de inscripción en el registro de personas afectadas podía presentarse desde el día 3 de noviembre de 2021 hasta el 30 de julio de 2022, salvo ampliación por Decreto del Gobierno. Además, la norma adapta la aplicación de las medidas tributarias a las obras para construir viviendas habituales en parcelas de toda La Palma en los casos previstos por el Decreto-ley 1/2022.
A quién afecta
- Personas que solicitan inscribirse en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en La Palma
- Personas que realizan obras para construir viviendas habituales en parcelas de La Palma incluidas en los casos previstos por el Decreto-ley 1/2022
- Universidades públicas de Canarias
- Importadores y proveedores de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19
Qué cambia
- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 el tipo cero del IGIC para la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19.
- Las universidades públicas de Canarias pueden liquidar el presupuesto de 2022 con necesidad de financiación por el aumento del gasto en energía eléctrica respecto de 2021 y por el aumento superior al 2% en otros gastos de suministros y servicios, si se debe a la subida de los precios unitarios.
- Las universidades deben justificar suficientemente estos gastos y cubrir la necesidad de financiación con remanentes de tesorería de libre disposición; no pueden endeudarse por este motivo.
- La solicitud de inscripción en el registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en La Palma puede presentarse hasta el 30 de julio de 2022, salvo ampliación por Decreto del Gobierno.
- Las medidas tributarias previstas para las obras de construcción de viviendas habituales se aplican también a las ejecuciones de obras sobre las parcelas comprendidas en el artículo 4.2 del Decreto-ley 1/2022.
Qué hay que hacer
- Quien solicite inscribirse en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en La Palma debía presentar una solicitud con el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, desde el día 3 de noviembre de 2021 y hasta el 30 de julio de 2022, salvo ampliación del plazo por Decreto del Gobierno.
Plazos
- El tipo cero del IGIC se aplica hasta el 31 de diciembre de 2022.
- La solicitud de inscripción en el Registro de personas afectadas podía presentarse desde el día 3 de noviembre de 2021 hasta el 30 de julio de 2022, salvo que se amplíe dicho plazo por Decreto del Gobierno.
- La modificación sobre el ámbito de aplicación de las medidas tributarias surte efectos desde el día 25 de marzo de 2022.
Preguntas y respuestas
¿Hasta cuándo se mantiene el tipo cero del IGIC?
Hasta el 31 de diciembre de 2022, para la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19.
¿Qué gastos pueden financiar las universidades con remanentes?
El aumento del gasto en energía eléctrica respecto de 2021 y el aumento superior al 2% en otros gastos de suministros y servicios, cuando se deba a la subida de los precios unitarios.
¿Pueden las universidades endeudarse para cubrir estos gastos?
No. Deben cubrir la necesidad de financiación con remanentes de tesorería de libre disposición.
¿Hasta cuándo podía solicitarse la inscripción en el registro de personas afectadas en La Palma?
Hasta el 30 de julio de 2022, salvo que el Gobierno ampliara el plazo por Decreto.
¿Qué parcelas se incluyen para las obras de construcción de viviendas habituales?
Las parcelas comprendidas en el artículo 4.2 del Decreto-ley 1/2022. La norma aplica a esas obras lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto-ley 2/2022.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Decreto-ley 8/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Fecha de la norma
- 23 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 26 de noviembre de 2022
- En vigor desde
- 27 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-19628- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ayudas · Canarias · Catástrofes · Construcciones · Epidemias · Gestión presupuestaria · Impuesto General Indirecto Canario · Procedimiento administrativo · Santa Cruz de Tenerife · Subvenciones · Universidades · Viviendas
Normas que cita o modifica
- modifica , con efectos desde el 25 de marzo de 2022, el art. 1 del Decreto-ley 2/2022, de 10 de febrero
- modifica el art. 9.1 del Decreto-ley 14/2021, de 28 de octubre
- prorroga , hasta el 31 de diciembre de 2022, la vigencia del Decreto-ley 17/2021, de 23 de diciembre
- de conformidad con los arts. 46.1 y 47.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se publica acuerdo de convalidación , por Resolución de 19 de julio de 2022
Otras normas que menciona (7)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Decreto-ley 4/2022, de 24 de marzo (en el BOE)
- Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero
- Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre (en el BOE)
- Ley 6/2021, de 28 de diciembre
- Ley 4/2017, de 13 de julio (en el BOE)
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril (en el BOE)
- Ley 22/2009, de 18 de diciembre (en el BOE)