Decreto-ley Foral

Navarra establece medidas sobre energías renovables, vivienda, contratos públicos y tributos ante los efectos económicos de la guerra en Ucrania

Título oficial: Decreto-ley Foral 1/2022, de 13 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en la Comunidad Foral de Navarra en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 27 de mayo de 2022 BOE-A-2022-8642 21 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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La norma agiliza ciertos trámites para proyectos de energías renovables y establece medidas para contratos de vivienda protegida, obras públicas y obligaciones tributarias. También crea deducciones y exenciones fiscales para determinados contribuyentes y amplía algunos plazos de inversión.

Para algunos proyectos de energías renovables se prevén procedimientos de autorización simplificados, siempre que cumplan las condiciones previstas. Los promotores deben presentar la documentación requerida; en ciertos casos hay plazos reducidos y autorizaciones urbanísticas que se resuelven en un máximo de dos meses. También se regulan procedimientos específicos para repotenciaciones, instalaciones de almacenamiento y autoconsumo.

En vivienda protegida, la actualización de determinadas rentas de alquiler entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2022 queda limitada según quién sea el arrendador. En contratos públicos de obras puede reconocerse una revisión excepcional de precios si se cumplen las condiciones establecidas; su importe no puede superar el 20 por ciento del precio de adjudicación.

En materia tributaria, se permiten aplazamientos para ciertas deudas y se exime a quienes desarrollan actividades económicas de ingresar los pagos fraccionados del IRPF del segundo trimestre de 2022. Además, se establecen exenciones y deducciones fiscales para determinados contribuyentes, y se amplían plazos de reinversión y materialización de reservas.

A quién afecta

  • Promotores de proyectos de energías renovables en Navarra
  • Arrendatarios y arrendadores de viviendas protegidas en Navarra
  • Contratistas de obras públicas de entidades sujetas a la normativa foral navarra
  • Personas y entidades que desarrollan actividades económicas y cumplen los requisitos tributarios de la norma
  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente que cumplen los requisitos

Qué cambia

  • Se establece un procedimiento simplificado de autorización para ciertos proyectos de energías renovables que tengan informe ambiental favorable y cuyos promotores lo soliciten antes del 31 de diciembre de 2024.
  • Se crean procedimientos específicos para repotenciar instalaciones renovables, hibridar instalaciones, autorizar instalaciones de almacenamiento y tramitar algunas instalaciones de autoconsumo.
  • Se limita la actualización de la renta de determinados contratos de alquiler de vivienda protegida cuya anualidad se cumpla entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2022.
  • Se permite una revisión excepcional de precios en determinados contratos públicos de obras, con un límite del 20 por ciento del precio de adjudicación.
  • Se permite aplazar ciertas deudas tributarias sin pago a cuenta, garantía ni intereses de demora, con las condiciones establecidas en la norma.
  • Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas no están obligados a ingresar los pagos fraccionados del IRPF correspondientes al segundo trimestre de 2022.
  • Se amplía un año el plazo de reinversión para quienes debían finalizarlo en 2022 y se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el plazo de materialización de determinadas reservas para inversiones.
  • Se declaran exentas del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades ciertas ayudas y se establece una deducción extraordinaria del 3%, con un máximo de 3.000 euros, para quienes cumplan los requisitos.

Qué hay que hacer

  • Los promotores que quieran acogerse al procedimiento simplificado de autorización deben solicitarlo antes del 31 de diciembre de 2024 y presentar la documentación exigida.
  • Quien solicite un aplazamiento tributario debe utilizar el modelo oficial y presentarlo únicamente por los servicios telemáticos de Hacienda Foral de Navarra.
  • El contratista que solicite una revisión excepcional de precios debe hacerlo durante la vigencia del contrato y antes de que se apruebe la certificación final de obras, aportando la documentación requerida.
  • Los promotores de determinados proyectos renovables que ya estaban en trámite deben remitir al órgano ambiental el resumen ejecutivo en un plazo de 20 días desde la entrada en vigor de la norma.

Plazos

  • Solicitud para acogerse al procedimiento simplificado de autorización de proyectos renovables: antes del 31 de diciembre de 2024.
  • Autorización de actividades en suelo no urbanizable en los supuestos indicados: dos meses.
  • Actualización de la renta de vivienda protegida afectada: anualidades que se cumplan entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2022.
  • Aplazamiento tributario: suspensión del ingreso durante tres meses desde el fin del periodo voluntario; después, pago en cuatro cuotas mensuales de iguales importes.
  • Plazo para solicitar el aplazamiento de las autoliquidaciones trimestrales: periodo voluntario que finalice el 25 de abril de 2022; para las mensuales, el 2 de mayo de 2022.
  • Reinversión de beneficios extraordinarios: ampliación de un año para quienes finalicen el plazo en 2022.
  • Materialización de la reserva especial para inversiones: ampliación hasta el 31 de diciembre de 2023, para quienes tengan un plazo que finalice entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.
  • Pagos fraccionados del IRPF: no se exige el correspondiente al segundo trimestre de 2022.
  • Deducción extraordinaria: aplicable en el periodo impositivo 2022.
  • Incorporación de la perspectiva climática en los instrumentos de planificación: se demora hasta el 2 de abril de 2023.
  • Proyectos renovables en trámite: envío del resumen ejecutivo al órgano ambiental en 20 días desde la entrada en vigor.

Preguntas y respuestas

¿Qué proyectos pueden acogerse al procedimiento simplificado de autorización?

Los proyectos de generación de energía renovable competencia de la Administración de Navarra que tengan un informe favorable de determinación de afección ambiental, si sus promotores lo solicitan antes del 31 de diciembre de 2024.

¿Se limita la subida de la renta de las viviendas protegidas?

Sí. La limitación afecta a actualizaciones cuya anualidad se cumpla entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2022. El máximo depende de quién sea el arrendador y, para el resto de personas físicas arrendadoras, se añade un punto porcentual al límite indicado.

¿Quién puede pedir la revisión excepcional de precios de una obra pública?

El contratista, si el contrato y el aumento de costes cumplen las condiciones previstas. La revisión no puede superar el 20 por ciento del precio de adjudicación.

¿Qué deudas tributarias pueden aplazarse?

Determinadas deudas por pagos fraccionados del IRPF y del IVA, de personas y entidades sin personalidad jurídica que realicen actividades económicas y cuyo volumen de operaciones no supere 6.010.121,24 euros en 2021. Se excluyen las deudas presentadas fuera de los plazos indicados y las de cuantía igual o inferior a 100 euros para personas físicas o 300 euros para quienes no sean personas físicas.

¿Hay que ingresar el pago fraccionado del IRPF del segundo trimestre de 2022?

Quienes desarrollen actividades económicas no están obligados a ingresarlo. Si lo presentan voluntariamente, no pueden pedir después su devolución como ingreso indebido.

¿A cuánto asciende la deducción extraordinaria?

Es del 3% de la base o rendimiento indicado en la norma y no puede superar 3.000 euros. Para el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, se exige, entre otras condiciones, que el importe neto de la cifra de negocios no supere 1.000.000 de euros en el periodo impositivo 2022.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Decreto-ley Foral 1/2022
Organismo
Comunidad Foral de Navarra
Fecha de la norma
13 de abril de 2022
Publicada en el BOE
27 de mayo de 2022
En vigor desde
22 de abril de 2022
Identificador
BOE-A-2022-8642
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Arrendamientos urbanos · Autorizaciones · Contratación administrativa · Energía eléctrica · Energía eólica · Evaluación de impacto ambiental · Fondo CE · Guerra · Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas · Impuesto sobre Sociedades · Índices de precios · Navarra · Procedimiento administrativo · Producción de energía · Sistema tributario · Ucrania

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (12)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.