Decreto-ley Foral

Navarra regula la estabilización del empleo temporal y fija nuevos límites para los contratos administrativos temporales

Título oficial: Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 25 de junio de 2022 BOE-A-2022-10517 16 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Derogada desde el 15 de julio de 2022. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma establece cómo se convocan los procesos para estabilizar plazas temporales en la Administración de Navarra. También fija límites de duración para ciertos contratos temporales y compensaciones económicas en algunos casos de cese.

Los contratos administrativos temporales se limitan a causas concretas. Entre ellas están sustituir personal, cubrir vacantes por un máximo de tres años, ejecutar programas temporales por un máximo de tres años —ampliable hasta doce meses si se vinculan a un proyecto europeo— y atender un exceso o acumulación de tareas durante un máximo de nueve meses. Se establecen además reglas específicas para las necesidades de personal docente y del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Superar los plazos máximos puede dar derecho a una compensación de veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, hasta un máximo de doce mensualidades, salvo que el cese sea disciplinario o por renuncia voluntaria.

Para la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, los procesos de estabilización se harán mediante concurso-oposición o, excepcionalmente, concurso de méritos. Se regulan qué plazas se incluyen, la valoración de méritos, los concursos de traslado y los plazos de las distintas fases. Las personas contratadas en régimen administrativo que estén en activo y no obtengan plaza pueden tener derecho a compensación, pero no si no participan en el proceso.

A quién afecta

  • Personal contratado en régimen administrativo por las Administraciones Públicas de Navarra
  • Personas que opten a plazas de los procesos de estabilización de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos
  • Personal fijo que pueda participar en concursos de traslado o acoplamiento interno previo
  • Personal docente no universitario incluido en los procesos de estabilización

Qué cambia

  • Se delimitan las causas y los plazos máximos para contratar personal en régimen administrativo.
  • La cobertura temporal de vacantes tiene un plazo máximo de tres años, con una excepción si la convocatoria se publicó dentro de ese plazo y sigue pendiente de resolución.
  • El exceso o acumulación de tareas puede cubrirse durante un máximo de nueve meses, sin prórroga ni nuevo contrato para la misma necesidad.
  • El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea puede contratar para otras necesidades justificadas durante un máximo de un año; si persisten, la vacante se incluirá en una oferta de empleo público.
  • Se establece una compensación de veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, hasta un máximo de doce mensualidades, en los supuestos previstos para incumplimientos de plazos o no obtención de plaza en la estabilización.
  • Los procesos de estabilización se tramitarán mediante concurso-oposición o, excepcionalmente, concurso de méritos, con normas específicas de puntuación y participación.
  • En el concurso-oposición se reservan vacantes para personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género, con las condiciones indicadas en la norma.
  • Se fijan plazos abreviados para presentar solicitudes, alegaciones y documentación en los procesos selectivos y concursos de traslado.

Qué hay que hacer

  • Quien quiera participar en una convocatoria de estabilización debe presentar la solicitud dentro del plazo de quince días naturales que establezca la convocatoria.
  • Quien participe debe presentar las alegaciones, acreditar los requisitos y entregar la documentación dentro de los plazos fijados para cada fase.
  • Quien quiera participar en un concurso de traslado debe presentar la solicitud dentro del plazo de 10 días naturales indicado en la convocatoria.
  • La persona aspirante que no participó en una lista de contratación prorrogada por haber renunciado a una oferta o contrato puede solicitar de nuevo su inclusión dentro del plazo de un mes a partir de la entrada en vigor.

Plazos

  • Las ofertas públicas de empleo de estabilización deberán aprobarse y publicarse antes del 1 de junio de 2022.
  • Las convocatorias de los procesos selectivos deberán publicarse antes del 31 de diciembre de 2022.
  • Los procesos de estabilización deberán resolverse antes del 31 de diciembre de 2024.
  • Solicitudes para participar en procesos selectivos: quince días naturales.
  • Alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos: diez días hábiles.
  • Alegaciones a la valoración provisional de méritos y a los resultados provisionales de pruebas, cuando proceda: cinco días hábiles.
  • Acreditación de requisitos y elección de vacantes: diez días hábiles.
  • Documentación para el nombramiento o contratación fija: diez días hábiles desde la publicación de la propuesta.
  • Solicitudes para concursos de traslado: 10 días naturales.
  • Solicitudes de readmisión en listas de contratación en el supuesto previsto: un mes a partir de la entrada en vigor.
  • Acoplamiento interno previo: siete días hábiles para solicitar la participación; cinco días hábiles para reclamar y siete días hábiles para resolver las reclamaciones.
  • La resolución de adjudicación de puestos no sanitarios en el acoplamiento interno previo deberá aprobarse antes del 31 de diciembre de 2022.

Preguntas y respuestas

¿Cuánto puede durar un contrato para cubrir una vacante?

Como máximo, tres años. Si la convocatoria correspondiente se publicó dentro de esos tres años, la persona contratada puede permanecer hasta que se resuelva, sin compensación económica por ese cese.

¿Qué compensación puede corresponder por superar el plazo máximo de un contrato?

Veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateados por meses para periodos inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades. No corresponde si la relación termina por causas disciplinarias o por renuncia voluntaria.

¿Qué métodos se usarán para los procesos de estabilización?

Se convocarán por concurso-oposición las plazas que cumplan los requisitos señalados en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021. Las demás plazas incluidas se convocarán, con carácter excepcional, por concurso de méritos.

¿Puede recibir compensación quien no consiga una plaza en el proceso de estabilización?

Puede corresponder una compensación a quien esté en activo con un contrato administrativo y termine su relación con la Administración por no obtener ninguna plaza. No hay compensación si no participa en el proceso.

¿Quién no puede presentarse a una convocatoria de estabilización?

No pueden concurrir las personas empleadas que sean personal fijo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Decreto-ley Foral 2/2022
Organismo
Comunidad Foral de Navarra
Fecha de la norma
23 de mayo de 2022
Publicada en el BOE
25 de junio de 2022
En vigor desde
25 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-10517
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Contratos de trabajo · Empleados públicos · Funcionarios públicos · Navarra · Oferta de empleo · Oposiciones y concursos · Organismos autónomos · Organización de las Comunidades Autónomas · Servicios Públicos de Salud

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (4)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.