Instrucción

Instrucción 5/2023, de 8 de junio, de la Junta Electoral Central, sobre la interpretación del artículo 73.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en lo que se refiere a la exigencia de la identificación personal del elector en la entrega de la documentación del voto por correspondencia en las oficinas de Correos

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 9 de junio de 2023 BOE-A-2023-13667 2 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Instrucción 5/2023
Organismo
Junta Electoral Central
Fecha de la norma
8 de junio de 2023
Publicada en el BOE
9 de junio de 2023
En vigor desde
10 de junio de 2023
Identificador
BOE-A-2023-13667
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Autorizaciones · Correos y Telecomunicaciones · Documento Nacional de Identidad · Elecciones · Junta Electoral Central · Procedimiento Electoral · Voto por correspondencia

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