Ley

Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2023

Título oficial: Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 20 de enero de 2023 BOE-A-2023-1604 300 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

Aprobar las cuentas y normas presupuestarias de Andalucía para 2023. Fija créditos, retribuciones, reglas de gestión y medidas fiscales y organizativas.

La Ley aprueba el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2023, integrado por los estados de gastos e ingresos de la Junta y sus instituciones, agencias, consorcios, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles, fundaciones y fondos señalados en el artículo 1.

Regula los créditos iniciales y su vinculación, las retribuciones del personal del sector público andaluz, la gestión y control presupuestarios, operaciones financieras, normas tributarias y transferencias de competencias con las entidades locales. Incluye disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales que modifican y adaptan normativa relacionada (patrimonio, puertos, aguas, subvenciones, fondos europeos, empleo público, tasas y tributos cedidos).

A quién afecta

  • la Junta de Andalucía y sus instituciones
  • las agencias administrativas y de régimen especial de Andalucía
  • las agencias públicas empresariales y consorcios adscritos
  • las sociedades mercantiles, fundaciones y demás entidades del sector público andaluz
  • el Servicio Andaluz de Salud
  • las Universidades de titularidad pública competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía
  • las Entidades Locales del territorio de Andalucía

Qué cambia

  • Aprobación de créditos por importe de 45.603.830.876 € para estados de gastos de la Junta y entidades señaladas.
  • Estimación de beneficios fiscales en 8.595,6 millones de euros.
  • Reglas de vinculación específicas para capítulos y conceptos del presupuesto (enumeradas en el artículo 6).
  • Limitación de crecimiento de retribuciones del personal del sector público: no experimentarán incremento respecto a 31 de diciembre de 2022, salvo lo previsto en disposición adicional tercera y excepciones señaladas.
  • Reglas sobre oferta de empleo público 2023 y tasa de reposición según normativa estatal; prohibición de contratación temporal salvo casos excepcionales.
  • Determinación de créditos ampliables y su listada (artículo 7).
  • Regulación del régimen presupuestario de sanidad, educación y atención social con informes mensuales y límites de gasto y procedimientos de validación.
  • Modificaciones en control interno, contabilidad pública y control financiero de subvenciones y fondos europeos (plazo máximo de doce meses para informes de control financiero).

Qué hay que hacer

  • Las Consejerías deben elaborar, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor, un plan de ajuste individualizado para entidades instrumentales en desequilibrio económico-financiero.
  • Los contratos programa del Servicio Andaluz de Salud se someterán a informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda antes de su suscripción o modificación.
  • La Consejería competente en materia de Salud, Educación y Políticas Sociales deben informar mensualmente a la Consejería competente en materia de Hacienda del nivel de ejecución y medidas de corrección; plazos de corrección: dentro de los treinta días siguientes cuando haya desviaciones.

Plazos

  • plazo de dos meses desde la entrada en vigor para elaborar planes de ajuste individualizados (Artículo 11.1).
  • la oferta de empleo público o instrumento similar de sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz deberá ejecutarse dentro del plazo máximo e improrrogable de tres años desde su autorización (disposición adicional undécima).
  • la Consejería competente en materia de Hacienda emitirá la autorización para contrataciones en el plazo de un mes desde la recepción del expediente completo, o de quince días para contrataciones temporales financiadas íntegramente con recursos ajenos al Presupuesto (Artículo 13).
  • el informe previo de la Consejería competente en materia de Hacienda sobre límites mensuales de gasto variable de personal en sanidad, educación y atención social se emitirá en el plazo de cinco días y se entenderá validada la propuesta si transcurre dicho plazo sin emisión (Artículos 8.2; 9; 10).
  • plazo máximo de doce meses para la emisión de informes de control financiero (Artículo 95 bis, referido en exposición de motivos).
  • duración máxima de nombramientos de funcionario interino por exceso o acumulación de tareas: nueve meses dentro de un periodo de dieciocho meses (Artículo 15.1.a).

Preguntas y respuestas

¿Cuál es el importe de los créditos aprobados para los estados de gasto mencionados?

45.603.830.876 €.

¿Cuánto se estiman los beneficios fiscales en Andalucía para 2023?

8.595,6 millones de euros.

¿Se aumentan las retribuciones del personal del sector público andaluz en 2023?

No experimentarán incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, salvo aplicación de la disposición adicional tercera y las excepciones señaladas.

Qué plazo tienen las Consejerías para elaborar planes de ajuste para entidades en desequilibrio?

Dos meses desde la entrada en vigor de la Ley.

En qué plazo debe emitirse la autorización para contrataciones por la Consejería competente en materia de sector público instrumental?

En el plazo de un mes desde la recepción del expediente completo, o de quince días cuando se trate de contrataciones temporales financiadas íntegramente con recursos ajenos al Presupuesto de la Junta de Andalucía.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 1/2022
Organismo
Comunidad Autónoma de Andalucía
Fecha de la norma
27 de diciembre de 2022
Publicada en el BOE
20 de enero de 2023
En vigor desde
1 de enero de 2023
Identificador
BOE-A-2023-1604
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Aguas · Andalucía · Cesión de Tributos · Fondo Europeo de Desarrollo Regional · Fraudes · Función Pública · Gestión de residuos · Haciendas de las Comunidades Autónomas · Haciendas Locales · Organización de las Comunidades Autónomas · Patrimonio de las Comunidades Autónomas · Precios · Presupuestos de las Comunidades Autónomas · Puertos · Sistema tributario · Tasas · Transporte de mercancías

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

  • se actualiza , con efectos desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2023, lo indicado del art. 31.2.a), por Decreto-ley 1/2023, de 21 de marzo

Otras normas que menciona (21)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.