Crea una entidad pública riojana para impulsar la transición energética y actuar frente al cambio climático
Título oficial: Ley 13/2022, de 2 de noviembre, de creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEDerogada desde el 1 de enero de 2024. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La ley crea la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático como entidad pública empresarial. Le encomienda promover la eficiencia energética, gestionar ayudas y apoyar la planificación energética y la adaptación al cambio climático en La Rioja.
La Agencia estará adscrita a la consejería competente en medio ambiente. Entre sus funciones están gestionar programas de subvenciones y ayudas, elaborar estudios y planes, apoyar técnicamente a las administraciones y municipios, promover campañas informativas y fomentar el autoconsumo y la eficiencia energética. La consejería mantiene las competencias de planificación, control y evaluación.
La ley establece sus órganos de dirección, sus recursos y sus sistemas de control. También dispone que cualquier persona pueda acceder a la información institucional, presupuestaria y contable de la Agencia en el Portal de Transparencia del Gobierno de La Rioja. La Agencia asumirá sus competencias cuando entre en vigor el decreto que apruebe sus Estatutos.
A quién afecta
- Administraciones públicas y municipios de La Rioja que reciban apoyo técnico de la Agencia
- Profesionales de los sectores de la energía y el cambio climático
- Personas y entidades que soliciten las subvenciones o ayudas que gestione la Agencia
Qué cambia
- Se crea la Agencia como entidad pública empresarial adscrita a la consejería competente en medio ambiente.
- Se le encomiendan funciones de planificación y gestión energética, eficiencia energética y acción frente al cambio climático.
- Podrá gestionar programas de subvenciones y líneas de ayuda públicas.
- La Agencia tendrá Presidencia, Consejo de Administración y Gerencia.
- La Agencia podrá contar con personal laboral y con funcionarios adscritos.
- Se establecen controles financieros, de eficacia y parlamentarios, además de obligaciones de transparencia.
- Se prevé crear mediante decreto un Consejo Asesor consultivo.
Plazos
- El Plan Director tendrá una vigencia de tres años.
- El Consejo de Administración aprobará el reglamento interno en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor del decreto que regule sus Estatutos.
- La Agencia asumirá sus competencias desde el momento en que entre en vigor el decreto por el que se aprueben sus Estatutos.
Preguntas y respuestas
¿Qué funciones tendrá la Agencia?
Promoverá la eficiencia y la planificación energética, gestionará ayudas y desarrollará estudios, planes y actuaciones sobre transición energética y cambio climático.
¿Quién podrá recibir apoyo técnico?
La Agencia podrá apoyar técnicamente al sector público autonómico y local y a los municipios de La Rioja.
¿Cómo se aprobarán las subvenciones que otorgue la Agencia?
Sus bases reguladoras se aprobarán mediante orden de la persona titular de la consejería de adscripción, a propuesta de la Gerencia.
¿Cuándo empezará la Agencia a ejercer sus competencias?
Cuando entre en vigor el decreto por el que se aprueben sus Estatutos.
¿Dónde se podrá consultar la información de la Agencia?
La información institucional, presupuestaria y contable estará en el Portal de Transparencia del Gobierno de La Rioja.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 13/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de la Rioja
- Fecha de la norma
- 2 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 17 de noviembre de 2022
- En vigor desde
- 8 de noviembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-18898- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Cambio climático · Empresas públicas · Energía · La Rioja · Organización de las Comunidades Autónomas · Políticas de medio ambiente
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2018/1999, de 11 de diciembre
Normas posteriores que la afectan
- se deroga , por Ley 13/2023, de 28 de diciembre
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 7/2021, de 20 de mayo (en el BOE)
- Ley 5/2000, de 25 de octubre (en el BOE)
- Ley 3/2003, de 3 de marzo (en el BOE)
- Ley 11/2013, de 21 de octubre (en el BOE)