Ley

La ley regula los servicios audiovisuales y establece principios y obligaciones para sus prestadores.

Título oficial: Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 8 de julio de 2022 BOE-A-2022-11311 107 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La norma establece reglas para la televisión, la radio, los servicios audiovisuales a petición y las plataformas de intercambio de vídeos. Incluye principios sobre protección de usuarios, menores, accesibilidad, pluralismo e igualdad.

La ley regula los servicios audiovisuales de ámbito estatal y fija normas básicas para los servicios autonómicos y locales. También se aplica a determinados servicios de intercambio de vídeos a través de plataformas, según dónde esté establecido el prestador.

Entre sus principios figuran el respeto a la dignidad y los derechos de las personas, la protección de menores, la accesibilidad para personas con discapacidad, el pluralismo y la igualdad entre mujeres y hombres. La norma también regula las licencias, los registros de prestadores, las comunicaciones comerciales y las obligaciones de las plataformas. El texto facilitado está recortado, por lo que no permite resumir todos los detalles de la ley.

A quién afecta

  • Prestadores de servicios de comunicación audiovisual televisivos, radiofónicos y sonoros a petición
  • Prestadores de servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma
  • Prestadores de servicios audiovisuales de ámbito estatal, autonómico y local
  • Usuarios de especial relevancia que empleen servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma

Qué cambia

  • Regula los servicios audiovisuales y establece normas básicas para su prestación en los ámbitos estatal, autonómico y local.
  • Distingue entre servicios que requieren comunicación previa y servicios televisivos mediante ondas hertzianas terrestres, que necesitan licencia previa.
  • Incluye obligaciones para las plataformas de intercambio de vídeos y, cuando corresponda, para servicios de medios o redes sociales cuya función esencial sea intercambiar vídeos.
  • Establece principios sobre dignidad, pluralismo, igualdad, accesibilidad, diversidad lingüística y protección de usuarios y menores.
  • Regula registros públicos de prestadores y obligaciones de información sobre su propiedad.
  • Actualiza las reglas sobre comunicaciones comerciales audiovisuales y promoción de obra audiovisual europea.

Plazos

  • El concurso para otorgar licencias debe resolverse en el plazo máximo de doce meses desde su convocatoria.
  • Cualquier interesado puede instar la convocatoria de un concurso transcurridos seis meses desde la planificación de una reserva de dominio público radioeléctrico, en las condiciones indicadas en el artículo 26.
  • En caso de extinción de una licencia, la autoridad audiovisual competente debe convocar otro concurso en un plazo máximo de seis meses.
  • Las licencias se otorgan por un plazo de quince años.
  • Para que un tercero solicite la adjudicación de la licencia en lugar de su renovación automática, debe hacerlo con al menos veinticuatro meses de antelación al vencimiento y deben cumplirse las demás condiciones previstas.
  • La transmisión o el arrendamiento de una licencia solo puede celebrarse cuando hayan transcurrido al menos dos años desde su adjudicación inicial.
  • La licencia puede revocarse si no se utiliza en el plazo de doce meses desde que exista obligación legal de comenzar las emisiones.
  • La comunicación previa no produce efectos en los casos indicados si la autoridad audiovisual competente lo declara mediante resolución en el plazo de tres meses desde que se presentó.
  • La autoridad audiovisual estatal elaborará cada tres años un informe sobre las medidas de alfabetización mediática y su eficacia.
  • La disposición adicional primera establece el mandato de aprobar un catálogo de acontecimientos de interés general en el plazo de un año.

Preguntas y respuestas

¿Qué servicios regula la ley?

Regula los servicios de comunicación audiovisual y establece determinadas normas para los servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma. También fija normas básicas para la prestación audiovisual autonómica y local.

¿Hace falta una licencia para prestar un servicio de televisión?

Para prestar el servicio mediante ondas hertzianas terrestres se necesita una licencia previa otorgada mediante concurso. En los demás casos, el texto prevé una comunicación fehaciente antes de iniciar la actividad.

¿Cuánto dura una licencia de televisión?

Se otorga por un plazo de quince años. Las renovaciones son automáticas si se cumplen las condiciones previstas, salvo la excepción indicada en la ley.

¿La ley se aplica a todos los sitios web y comunicaciones audiovisuales?

No. Se excluyen, con carácter general, los sitios web privados y las comunicaciones que no sean medios de comunicación de masas, no estén destinadas a una parte significativa del público y no tengan un claro impacto sobre él, entre otros supuestos.

¿Qué obligaciones de información sobre la propiedad deben cumplir los prestadores?

Deben hacer accesible determinada información en sus sitios web corporativos, como su denominación, domicilio social, datos de contacto y quién supervisa el servicio. El texto facilitado está recortado y no muestra la lista completa.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 13/2022
Organismo
Jefatura del Estado
Fecha de la norma
7 de julio de 2022
Publicada en el BOE
8 de julio de 2022
En vigor desde
9 de julio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-11311
Última actualización en el BOE
5 de octubre de 2026

Temas

Materias: Administraciones Públicas · Autorizaciones · Cinematografía · Comercialización · Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Comunicación Audiovisual · Dominio Público Radioeléctrico · Estadística · Industria audiovisual · Instituto Nacional de Estadística · Internet · Licencias · Menores · Organización de la Administración del Estado · Procedimiento sancionador · Publicidad · Radiodifusión · Radiotelevisión Española · Registros administrativos · Servicios de telecomunicación · Tasas · Televisión

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (23)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.