Regula las políticas de juventud en La Rioja y derechos de las personas jóvenes
Título oficial: Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Establece el marco legal de las políticas de juventud en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Define personas jóvenes entre 12 y 30 años, derechos, principios, servicios, participación, formación, financiación e infracciones.
La ley crea un marco jurídico para las políticas de juventud en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Define a la persona joven como la comprendida entre 12 y 30 años, fija principios rectores (por ejemplo, igualdad, participación, transparencia y orientación a la emancipación) y reconoce derechos específicos para la juventud, como acceso a vivienda, salud, educación, información, Internet, cultura y movilidad.
Regula políticas transversales (empleo, vivienda, cultura, medioambiente, salud, tecnologías, deporte, cooperación, voluntariado y más), la política de promoción juvenil (equipamientos, servicios y actividades), la formación juvenil (no formal y en tiempo libre), la participación y el voluntariado juvenil, la organización administrativa y la financiación, y un régimen de inspección e infracciones con sanciones económicas y accesorias.
A quién afecta
- Personas jóvenes con vecindad administrativa en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja o que se encuentren en el territorio
- Jóvenes nacidos en la Comunidad Autónoma que se encuentren fuera por motivos laborales, económicos o familiares
- El sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Administración local de La Rioja
- Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que desarrollen actividades dirigidas directa o indirectamente a las personas jóvenes
Qué cambia
- Define el concepto de persona joven entre 12 y 30 años y permite modificar puntualmente esos límites
- Establece principios rectores para las políticas de juventud (igualdad, participación, emancipación, evaluación, transparencia, etc.)
- Reconoce derechos específicos para las personas jóvenes (vivienda, salud, educación, acceso a Internet, participación, movilidad, cultura, deporte, etc.)
- Configura la política de promoción juvenil con equipamientos (oficinas locales, centros juveniles, albergues), servicios (Red de Información Juvenil, formación no formal, Carné Joven Europeo) y actividades (campamentos, intercambios, creatividad)
- Regula la formación juvenil no formal y en tiempo libre y las escuelas de formación, ocio y tiempo libre con niveles y titulaciones
- Crea el Consejo de la Juventud de La Rioja como corporación pública sectorial de base privada y regula consejos locales y supramunicipales
- Establece financiación, subvenciones y coordinación entre administraciones y reserva denominaciones para equipamientos y servicios
- Introduce inspección, tipifica infracciones (leves, graves, muy graves) y fija sanciones y prescripciones
Qué hay que hacer
- Solicitar inscripción voluntaria en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud para optar a ayudas y subvenciones (inscripción gestionada por la dirección general competente en materia de juventud)
- Comunicar la apertura y funcionamiento de una escuela de formación, ocio y tiempo libre para su inscripción en el registro correspondiente (forma y alcance reglamentariamente definidos)
Plazos
- Los límites de edad pueden modificarse puntualmente, y de forma motivada, para programas o políticas que lo requieran
- Para sanciones: las prescripciones son seis meses para infracciones leves y sus sanciones; un año para infracciones graves y sus sanciones; dos años para infracciones muy graves y sus sanciones
Preguntas y respuestas
¿A quién se aplica esta ley?
A las personas jóvenes comprendidas entre 12 y 30 años con vecindad administrativa en cualquier municipio de La Rioja o que se encuentren en el territorio, así como a quienes nacieron en la Comunidad y estén fuera por motivos laborales, económicos o familiares; también al sector público riojano, la Administración local y a personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades dirigidas a jóvenes.
¿Qué derechos reconoce esta ley a las personas jóvenes?
Derechos como acceso a prestaciones para inclusión laboral, vivienda digna y accesible, protección y promoción de la salud, educación, servicios sociales, emancipación, participación, información, acceso a Internet, igualdad de oportunidades, vida libre de violencias machistas, identidad de género, decisión sobre el propio cuerpo, cultura, movilidad, entorno ambiental saludable, transporte público y deporte.
Qué servicios y equipamientos incluye la política de promoción juvenil?
Equipamientos como oficinas locales de juventud, centros juveniles y albergues; servicios como la Red de Información Juvenil, la formación no formal juvenil y el Carné Joven Europeo; y actividades como campamentos, intercambios y fomento de la creatividad.
Cómo se regula la formación en tiempo libre y titulaciones?
Las escuelas de formación, ocio y tiempo libre requieren comunicación previa para abrir y se inscribirán en un registro; impartirán cursos de Monitor/a y Director/a de Tiempo Libre y otras titulaciones como Coordinador/a o Dinamizador/a, y la dirección general expedirá los correspondientes títulos.
Qué sanciones prevé la ley por incumplimientos?
Infracciones leves: apercibimiento y multa de 50 a 500 euros (usuarios) o 300 a 3.000 euros (prestadores); graves: multas de 3.001 a 30.000 euros (prestadores) o 501 a 3.000 euros (usuarios) y posibles sanciones accesorias; muy graves: multas de 30.001 a 70.000 euros (prestadores) o 3.001 a 20.000 euros (usuarios) y sanciones accesorias más severas.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 14/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de la Rioja
- Fecha de la norma
- 23 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 20 de enero de 2023
- En vigor desde
- 28 de diciembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2023-1606- Última actualización en el BOE
- 16 de julio de 2026
Temas
Materias: Asistencia social · Juventud · La Rioja
Normas que cita o modifica
- deroga la Ley 7/2005, de 30 de junio (en el BOE)
- deroga la Ley 2/1986, de 5 de marzo (en el BOE)
- de conformidad con el art. 8 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 1/2003, de 3 de marzo (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)