Asturias unifica la Medalla de Asturias y modifica sus condiciones de concesión
Título oficial: Ley 2/2022, de 6 de abril, de primera modificación de la Ley 4/1986, de 15 de mayo, reguladora de los Honores y Distinciones.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se sustituye la Medalla de Asturias de oro y plata por una sola medalla y se limita a cinco el máximo anual, salvo las concedidas por cortesía o reciprocidad. También se permite conceder los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo a personas fallecidas, con límites específicos.
La Medalla de Asturias pasa a ser una insignia de oro de veinte milímetros de diámetro y tres milímetros de grosor. Si se concede a una institución, entidad o colectivo, se entrega en una metopa. El máximo anual es de cinco, sin contar las medallas por cortesía o reciprocidad.
Los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo pueden concederse en vida o tras el fallecimiento. A personas fallecidas solo pueden concederse si fueron víctimas del franquismo en Asturias. A personas vivas pueden concederse por los méritos previstos en la ley o como resarcimiento y reconocimiento específico en los casos regulados por la normativa sobre memoria democrática, con la excepción indicada para los miembros de la guerrilla antifranquista y sus enlaces que aún vivan. Quienes reciban los honores y distinciones correspondientes tendrán el tratamiento de Ilustrísimo, sin perjuicio de otros tratamientos que puedan corresponderles.
La ley establece que las referencias en masculino genérico se entienden hechas tanto en femenino como en masculino.
A quién afecta
- Personas e instituciones, entidades o colectivos que puedan recibir la Medalla de Asturias
- Personas que puedan recibir los títulos de Hijo Predilecto o Hijo Adoptivo de Asturias
Qué cambia
- Se suprime la distinción entre Medalla de Asturias de oro y de plata y queda una sola Medalla de Asturias.
- La medalla será un disco de oro de veinte milímetros de diámetro y tres milímetros de grosor, con alfiler y base de sujeción.
- Cuando la medalla se conceda a instituciones, entidades o colectivos, se entregará en una metopa.
- El máximo de medallas que pueden otorgarse al año es cinco, sin contar las concedidas por cortesía o reciprocidad.
- Los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo pueden concederse en vida o tras el fallecimiento, bajo las condiciones establecidas.
- Las referencias en masculino genérico se entienden aplicables a mujeres y hombres.
Preguntas y respuestas
¿Cuántas Medallas de Asturias pueden concederse al año?
Como máximo cinco. No se cuentan las concedidas por cortesía o reciprocidad.
¿Qué forma tendrá la Medalla de Asturias?
Será un disco de oro de veinte milímetros de diámetro y tres milímetros de grosor, con alfiler y base de sujeción.
¿Puede concederse la medalla a una entidad o colectivo?
Sí. En esos casos se entregará en una metopa.
¿Pueden concederse los títulos de Hijo Predilecto o Hijo Adoptivo a personas fallecidas?
Sí, pero solo a víctimas del franquismo en Asturias, en los términos del artículo 19 de la Ley del Principado de Asturias 1/2019, de 1 de marzo.
¿Pueden concederse esos títulos a personas vivas por motivos de memoria democrática?
Sí, cuando sean merecedoras de resarcimiento y reconocimiento específico según el artículo 19 de la Ley del Principado de Asturias 1/2019, de 1 de marzo. Se mantiene a salvo lo establecido para los miembros de la guerrilla antifranquista y sus enlaces que aún vivan.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 2/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Fecha de la norma
- 6 de abril de 2022
- Publicada en el BOE
- 31 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 19 de abril de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-8834- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Asturias · Comunidades Autónomas · Condecoraciones y Recompensas · Honores
Normas que cita o modifica
- modifica los arts. 3.1, 7, 8, 12.1, AÑADE la disposición adicional única y SUPRIME el art. 6 de la Ley 4/1986, de 15 de mayo (en el BOE)
- de conformidad con el art. 31.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (en el BOE)