Ley

Actualiza el Convenio Económico entre el Estado y Navarra y adapta las reglas para gestionar y repartir varios impuestos.

Título oficial: Ley 22/2022, de 19 de octubre, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 20 de octubre de 2022 BOE-A-2022-17101 26 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La ley incorpora nuevos impuestos al Convenio y modifica cómo se reparten entre el Estado y Navarra la recaudación, la inspección y otras competencias tributarias. También actualiza el umbral de volumen de operaciones de 7 a 10 millones de euros y fija reglas distintas según el impuesto y la actividad.

La reforma incorpora al Convenio el Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados, el impuesto sobre residuos, el Impuesto sobre las Transacciones Financieras y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. También adapta las reglas del IVA para determinados servicios y ventas a distancia, y actualiza los puntos de conexión que determinan qué Administración gestiona o inspecciona cada impuesto.

Entre otros cambios, el umbral de volumen de operaciones de los artículos 19 y 33 pasa de 7 a 10 millones de euros. Se modifica la regla de las retenciones del trabajo, que da prioridad al centro de trabajo, también para el teletrabajo; se actualizan las reglas de varios impuestos y se crean mecanismos de coordinación entre las Administraciones. Algunas modificaciones tienen aplicación desde fechas distintas, conforme a las disposiciones transitorias y finales.

A quién afecta

  • Personas trabajadoras sujetas a retenciones del IRPF en Navarra y en territorio común
  • Contribuyentes y empresas que tributan en Navarra y en territorio común
  • Personas no residentes sujetas a impuestos gestionados conforme al Convenio
  • Personas que reciben herencias o donaciones relacionadas con Navarra
  • Empresas y profesionales sujetos a los nuevos impuestos incorporados al Convenio

Qué cambia

  • Se incorpora al Convenio el Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados.
  • Se incorpora el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
  • Se incorporan el Impuesto sobre las Transacciones Financieras y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
  • Se actualizan las reglas del IVA aplicables a determinados servicios y ventas a distancia, incluidas las reglas de gestión e inspección.
  • El umbral de volumen de operaciones pasa de 7 a 10 millones de euros en los artículos 19 y 33.
  • Para determinadas retenciones del trabajo prestado en territorio común y navarro, cuando no se pueda determinar el lugar de prestación, se atiende al centro de trabajo al que está adscrita la persona trabajadora; el criterio también se aplica al teletrabajo.
  • Se modifican las reglas de inspección, coordinación y resolución de controversias entre las Administraciones tributarias.
  • Se modifican los puntos de conexión de varios impuestos, entre ellos Sucesiones y Donaciones y los Impuestos Especiales sobre Determinados Medios de Transporte y sobre la Electricidad.

Plazos

  • Las modificaciones de los artículos 56 y 65 se aplican a partir del 1 de enero de 2020.
  • Las modificaciones de los artículos 18, 19, 23 y 27 se aplican a los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2022 y que no hayan finalizado antes de la entrada en vigor de la Ley.
  • Las modificaciones de los artículos 33.1, 33.2, 33.4 y 34.7.ª se aplican a los periodos de liquidación que se inicien a partir de 1 de enero de 2022.
  • El artículo 46 bis se aplica a los procedimientos iniciados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley.
  • La cifra del volumen de operaciones se actualizará, al menos, cada cinco años.

Preguntas y respuestas

¿Qué umbral de volumen de operaciones establece la reforma?

Pasa de 7 a 10 millones de euros para delimitar determinadas competencias de exacción, comprobación y normativa aplicable.

¿Cómo se determina dónde se entienden prestados ciertos trabajos, incluido el teletrabajo?

Si se prestan en territorio común y navarro, o no se puede determinar dónde se realizan, se atiende al centro de trabajo al que está adscrita la persona trabajadora. Para el teletrabajo y los trabajos prestados en el extranjero, se consideran prestados en ese centro.

¿Qué impuestos nuevos se incorporan al Convenio?

Se incorporan los impuestos sobre la extracción de gas, petróleo y condensados; sobre el depósito de residuos, la incineración y la coincineración; sobre las transacciones financieras; y sobre determinados servicios digitales.

¿Cuándo se aplican las modificaciones sobre el umbral del IVA y el Impuesto sobre Sociedades?

Las modificaciones indicadas de los artículos 33.1, 33.2, 33.4 y 34.7.ª se aplican a los periodos de liquidación que se inicien a partir de 1 de enero de 2022. Las de los artículos 18, 19, 23 y 27 se aplican a los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2022 y que no hayan finalizado antes de la entrada en vigor de la Ley.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 22/2022
Organismo
Jefatura del Estado
Fecha de la norma
19 de octubre de 2022
Publicada en el BOE
20 de octubre de 2022
En vigor desde
21 de octubre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-17101
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Gestión de residuos · Hidrocarburos · Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales · Impuesto sobre el Valor Añadido · Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas · Impuesto sobre las Transacciones Financieras · Impuesto sobre Sociedades · Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones · Inspección fiscal · Navarra · Número de Identificación Fiscal · Pago fraccionado · Sistema tributario

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (8)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.