Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025
Título oficial: Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025.
Qué dice, en claro
Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.
Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 3/2025
- Organismo
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Fecha de la norma
- 23 de julio de 2025
- Publicada en el BOE
- 5 de agosto de 2025
- En vigor desde
- 25 de julio de 2025
- Identificador
BOE-A-2025-16147- Última actualización en el BOE
- 11 de agosto de 2026
Temas
Materias: Cesión de Tributos · Haciendas de las Comunidades Autónomas · Murcia · Presupuestos de las Comunidades Autónomas · Sistema tributario
Normas que cita o modifica
- deroga las disposiciones adicionales 9, 11, 12 y 13 y MODIFICA las disposiciones adicionales 14, 17 y el anexo 2 de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio
- modifica los arts. 38 y 38 bis de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre (en el BOE)
- modifica la disposición adicional 1.2 de la Ley 5/2012, de 29 de junio (en el BOE)
- modifica , con efectos desde el 1 de enero de 2025, la disposición final 1 de la Ley 5/2011, de 26 de diciembre (en el BOE)
- modifica los arts. 12, 39 y 62 de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero
- modifica el art. 44 y AÑADE la disposición adicional 4 a la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre
- modifica la disposición adicional 3 de la Ley 9/1999, de 27 de diciembre (en el BOE)
- modifica el art. 28 de la Ley 4/1994, de 26 de julio (en el BOE)
- modifica el art. 12 del Decreto 126/2010, de 28 de mayo (BORM núm. 131, de 10 de junio de 2010)
- añade la disposición transitoria 2, renumera la transitoria única como 1, y MODIFICA los arts. 6, 7 y, con efectos desde el 1 de enero de 2025, los arts. 1 y 13 del texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 30.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se deroga el art. 21, por Decreto-ley 4/2026, de 6 de agosto
- corrección de errores en BORM num. 252 de 30 de octubre de 2025
- corrección de errores en BORM núm. 176 de 1 de agosto de 2025
- corrección de errores en BOE núm. 281, de 22 de noviembre de 2025
- corrección de errores en BOE núm. 281 de 22 de noviembre de 2025