Ley

Establece cómo se gestionan las ayudas de la PAC y fija obligaciones y sanciones para varios ámbitos agrarios.

Título oficial: Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 24 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-22127 54 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La ley regula la gestión de las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) y las medidas aplicables cuando no se cumplen sus condiciones. También fija obligaciones de comunicación y uso de medios electrónicos para titulares de explotaciones y empresas conexas, con una alternativa no electrónica para determinadas personas físicas.

Las personas beneficiarias de ayudas de la PAC pueden perder total o parcialmente la ayuda si incumplen sus condiciones. Si facilitan información incorrecta de forma intencionada, se les deniega la ayuda y pueden quedar excluidas de esa misma ayuda o intervención durante el año natural en que se detecta el incumplimiento y los dos años naturales siguientes. Las reducciones y exclusiones deben aplicarse de forma proporcional.

Los titulares de explotaciones agrarias y las empresas conexas deben facilitar información a través del SIEX por medios electrónicos. También deben colaborar en los controles y comunicar los datos estadísticos que se les soliciten. Las personas físicas a quienes la autoridad no haya acreditado que disponen de medios electrónicos deben poder transmitir información y comunicarse por medios no electrónicos.

La ley establece infracciones y multas para incumplimientos relacionados con ayudas de la PAC, aceite de oliva, sector lácteo, cría animal, nutrición sostenible de los suelos agrarios y registro de Mejores Técnicas Disponibles. El texto facilitado está recortado y no permite resumir el resto de la regulación.

A quién afecta

  • Personas beneficiarias de ayudas de la PAC en el territorio nacional, con las excepciones indicadas para Ceuta, Melilla y las especificidades de Canarias
  • Titulares de explotaciones agrarias
  • Empresas conexas y otras personas operadoras del sector agrario
  • Operadores de los sectores del aceite de oliva y de la leche y los productos lácteos
  • Personas y entidades relacionadas con la cría animal, la nutrición sostenible de los suelos agrarios y las Mejores Técnicas Disponibles en explotaciones ganaderas

Qué cambia

  • Se establecen normas básicas y de coordinación para gestionar las ayudas de la PAC a partir del año 2023.
  • Se prevén penalizaciones por incumplir las condiciones de las ayudas, incluida la reducción de hasta el 100 % del conjunto de ayudas de la PAC solicitadas en determinados casos.
  • Se obliga a titulares de explotaciones agrarias y empresas conexas a facilitar por el SIEX la información necesaria para gestionar ayudas y ordenar los sectores agrarios, con la excepción prevista para determinadas personas físicas sin acceso acreditado a medios electrónicos.
  • Se exige comunicar los datos estadísticos que se soliciten y estén incluidos en el respectivo Plan Estadístico Nacional.
  • Se establecen infracciones y sanciones para varios ámbitos agrarios, con multas que varían según la materia y la gravedad.

Qué hay que hacer

  • Facilitar por medios electrónicos y a través del SIEX la información necesaria para gestionar las ayudas agrarias o para ordenar los sectores agrarios, salvo la excepción prevista para determinadas personas físicas sin acceso acreditado a medios electrónicos.
  • Comunicar los datos estadísticos de las operaciones que se soliciten y estén dentro del respectivo Plan Estadístico Nacional.
  • Colaborar con las autoridades competentes en las actividades de control y verificación necesarias.

Plazos

  • La regulación de las ayudas de la PAC se establece a partir del año 2023.
  • La exclusión de la misma ayuda o intervención por facilitar información incorrecta de manera intencionada puede alcanzar el año natural en que se detecte la irregularidad y los dos años naturales siguientes.
  • La exclusión por determinados incumplimientos de requisitos u obligaciones puede alcanzar el año natural siguiente.
  • En pagos indebidos por irregularidades, negligencias o errores administrativos, se solicitará la devolución en el plazo de dieciocho meses tras la aprobación y, en su caso, la recepción del informe de control no provisional o documento similar.
  • En pagos indebidos por error administrativo, el abono debe hacerse en el plazo máximo de quince días.
  • El plazo para devolver un pago indebido no podrá ser superior en más de dos meses contados desde la fecha de la resolución.
  • En determinadas declaraciones obligatorias del sector lácteo, cabrá un plazo de diez días para subsanarlas.

Preguntas y respuestas

¿Tengo que relacionarme con la Administración por medios electrónicos?

Sí, si pertenece a los grupos obligados y la autoridad competente tiene acreditado que dispone de acceso a los medios electrónicos necesarios. Para las personas físicas sin ese acceso acreditado, deben establecerse medios no electrónicos.

¿Qué información tengo que facilitar mediante el SIEX?

La información necesaria para gestionar ayudas del sector agrario y otra información que se establezca por disposición reglamentaria para ordenar los sectores agrarios.

¿Qué ocurre si facilito información incorrecta intencionadamente para recibir una ayuda?

Se deniega íntegramente la ayuda solicitada. Además, puede quedar excluido de esa misma ayuda o intervención durante el año natural en que se detecte la irregularidad y los dos años naturales siguientes.

¿Qué reducción se aplica por incumplir la condicionalidad reforzada o social?

Por norma general, la reducción es del 3 % del total de las ayudas a las que la explotación tuviera derecho en el año en cuestión. Puede ser mayor por reiteración o llegar al 100 % si el incumplimiento es intencionado, y también puede ser inferior en los términos que se establezcan reglamentariamente.

¿Qué multas prevé la ley por infracciones en materia de ayudas de la PAC?

Para infracciones leves, apercibimiento o multa de hasta 1.000 euros; para graves, de 1.001 a 10.000 euros; y para muy graves, de 10.001 a 50.000 euros.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 30/2022
Organismo
Jefatura del Estado
Fecha de la norma
23 de diciembre de 2022
Publicada en el BOE
24 de diciembre de 2022
En vigor desde
2 de enero de 2023
Identificador
BOE-A-2022-22127
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Agricultura · Agrupaciones de productores agrarios · Animales · Ayudas · Consumo de energía · Contaminación del suelo · Cooperativas agrarias · Denominaciones de origen · Eliminación de residuos · Energía eléctrica · Explotaciones agrarias · Ganadería · Gas · Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas · Industrias · Leche · Plagas del campo · Política Agrícola Común · Procedimiento sancionador · Productos fitosanitarios · Regadíos · Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social · Sanidad vegetal · Sanidad veterinaria · Subvenciones · Suelo · Transporte de energía · Viñedos · Viticultura

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (14)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.