Establece cómo se gestionan las ayudas de la PAC y fija obligaciones y sanciones para varios ámbitos agrarios.
Título oficial: Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
La ley regula la gestión de las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) y las medidas aplicables cuando no se cumplen sus condiciones. También fija obligaciones de comunicación y uso de medios electrónicos para titulares de explotaciones y empresas conexas, con una alternativa no electrónica para determinadas personas físicas.
Las personas beneficiarias de ayudas de la PAC pueden perder total o parcialmente la ayuda si incumplen sus condiciones. Si facilitan información incorrecta de forma intencionada, se les deniega la ayuda y pueden quedar excluidas de esa misma ayuda o intervención durante el año natural en que se detecta el incumplimiento y los dos años naturales siguientes. Las reducciones y exclusiones deben aplicarse de forma proporcional.
Los titulares de explotaciones agrarias y las empresas conexas deben facilitar información a través del SIEX por medios electrónicos. También deben colaborar en los controles y comunicar los datos estadísticos que se les soliciten. Las personas físicas a quienes la autoridad no haya acreditado que disponen de medios electrónicos deben poder transmitir información y comunicarse por medios no electrónicos.
La ley establece infracciones y multas para incumplimientos relacionados con ayudas de la PAC, aceite de oliva, sector lácteo, cría animal, nutrición sostenible de los suelos agrarios y registro de Mejores Técnicas Disponibles. El texto facilitado está recortado y no permite resumir el resto de la regulación.
A quién afecta
- Personas beneficiarias de ayudas de la PAC en el territorio nacional, con las excepciones indicadas para Ceuta, Melilla y las especificidades de Canarias
- Titulares de explotaciones agrarias
- Empresas conexas y otras personas operadoras del sector agrario
- Operadores de los sectores del aceite de oliva y de la leche y los productos lácteos
- Personas y entidades relacionadas con la cría animal, la nutrición sostenible de los suelos agrarios y las Mejores Técnicas Disponibles en explotaciones ganaderas
Qué cambia
- Se establecen normas básicas y de coordinación para gestionar las ayudas de la PAC a partir del año 2023.
- Se prevén penalizaciones por incumplir las condiciones de las ayudas, incluida la reducción de hasta el 100 % del conjunto de ayudas de la PAC solicitadas en determinados casos.
- Se obliga a titulares de explotaciones agrarias y empresas conexas a facilitar por el SIEX la información necesaria para gestionar ayudas y ordenar los sectores agrarios, con la excepción prevista para determinadas personas físicas sin acceso acreditado a medios electrónicos.
- Se exige comunicar los datos estadísticos que se soliciten y estén incluidos en el respectivo Plan Estadístico Nacional.
- Se establecen infracciones y sanciones para varios ámbitos agrarios, con multas que varían según la materia y la gravedad.
Qué hay que hacer
- Facilitar por medios electrónicos y a través del SIEX la información necesaria para gestionar las ayudas agrarias o para ordenar los sectores agrarios, salvo la excepción prevista para determinadas personas físicas sin acceso acreditado a medios electrónicos.
- Comunicar los datos estadísticos de las operaciones que se soliciten y estén dentro del respectivo Plan Estadístico Nacional.
- Colaborar con las autoridades competentes en las actividades de control y verificación necesarias.
Plazos
- La regulación de las ayudas de la PAC se establece a partir del año 2023.
- La exclusión de la misma ayuda o intervención por facilitar información incorrecta de manera intencionada puede alcanzar el año natural en que se detecte la irregularidad y los dos años naturales siguientes.
- La exclusión por determinados incumplimientos de requisitos u obligaciones puede alcanzar el año natural siguiente.
- En pagos indebidos por irregularidades, negligencias o errores administrativos, se solicitará la devolución en el plazo de dieciocho meses tras la aprobación y, en su caso, la recepción del informe de control no provisional o documento similar.
- En pagos indebidos por error administrativo, el abono debe hacerse en el plazo máximo de quince días.
- El plazo para devolver un pago indebido no podrá ser superior en más de dos meses contados desde la fecha de la resolución.
- En determinadas declaraciones obligatorias del sector lácteo, cabrá un plazo de diez días para subsanarlas.
Preguntas y respuestas
¿Tengo que relacionarme con la Administración por medios electrónicos?
Sí, si pertenece a los grupos obligados y la autoridad competente tiene acreditado que dispone de acceso a los medios electrónicos necesarios. Para las personas físicas sin ese acceso acreditado, deben establecerse medios no electrónicos.
¿Qué información tengo que facilitar mediante el SIEX?
La información necesaria para gestionar ayudas del sector agrario y otra información que se establezca por disposición reglamentaria para ordenar los sectores agrarios.
¿Qué ocurre si facilito información incorrecta intencionadamente para recibir una ayuda?
Se deniega íntegramente la ayuda solicitada. Además, puede quedar excluido de esa misma ayuda o intervención durante el año natural en que se detecte la irregularidad y los dos años naturales siguientes.
¿Qué reducción se aplica por incumplir la condicionalidad reforzada o social?
Por norma general, la reducción es del 3 % del total de las ayudas a las que la explotación tuviera derecho en el año en cuestión. Puede ser mayor por reiteración o llegar al 100 % si el incumplimiento es intencionado, y también puede ser inferior en los términos que se establezcan reglamentariamente.
¿Qué multas prevé la ley por infracciones en materia de ayudas de la PAC?
Para infracciones leves, apercibimiento o multa de hasta 1.000 euros; para graves, de 1.001 a 10.000 euros; y para muy graves, de 10.001 a 50.000 euros.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 30/2022
- Organismo
- Jefatura del Estado
- Fecha de la norma
- 23 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 24 de diciembre de 2022
- En vigor desde
- 2 de enero de 2023
- Identificador
BOE-A-2022-22127- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
- Agricultura
- Alimentación
- Asociaciones profesionales
- Derecho Administrativo
- Energía
- Ganadería y animales
- Industria
- Medio ambiente
- Seguridad Social
- Sistema tributario
- Transportes y tráfico
- Unión Europea
Materias: Agricultura · Agrupaciones de productores agrarios · Animales · Ayudas · Consumo de energía · Contaminación del suelo · Cooperativas agrarias · Denominaciones de origen · Eliminación de residuos · Energía eléctrica · Explotaciones agrarias · Ganadería · Gas · Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas · Industrias · Leche · Plagas del campo · Política Agrícola Común · Procedimiento sancionador · Productos fitosanitarios · Regadíos · Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social · Sanidad vegetal · Sanidad veterinaria · Subvenciones · Suelo · Transporte de energía · Viñedos · Viticultura
Normas que cita o modifica
- deroga el art. 31 del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (en el BOE)
- deroga la disposición adicional 7 y MODIFICA el art. 38 de la Ley 6/2015, de 12 de mayo (en el BOE)
- deroga los arts. 6, 38.1.f), g) y m), 46 y 47; y MODIFICA determinados preceptos de la Ley 24/2003, de 10 de julio (en el BOE)
- modifica el preámbulo.VIII y los arts. 27 y 108 de la Ley 7/2022, de 8 de abril
- modifica el art. 3 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo
- modifica el art. 34 del Real Decreto 95/2019, de 1 de marzo (en el BOE)
- modifica el art. 324.1 y 2 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en el BOE)
- modifica los arts. 1 y 3 de la Ley 13/2013, de 2 de agosto (en el BOE)
- modifica el art. 53 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre (en el BOE)
- modifica los arts. 5, 14 a 17, disposición adicional 1, y AÑADE el 23 y 24 a la Ley 32/2007, de 7 de noviembre (en el BOE)
- modifica la disposición adicional 5.1.a) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (en el BOE)
- modifica el art. 45 y la disposición adicional 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- modifica los arts. 83 a 85 y AÑADE la disposición adicional 5 a la Ley 8/2003, de 24 de abril (en el BOE)
- modifica los arts. 13, 54 a 56 y 65 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre (en el BOE)
- modifica el art. 4 del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/2115, de 2 de diciembre
Normas posteriores que la afectan
- se modifica , con efectos desde el 2 de enero de 2025, el art. 8, por Ley 1/2025, de 1 de abril
- se dicta de conformidad sobre penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común: Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero
- se dicta de conformidad y se regula el sistema de gestión y control del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común: Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre
- se dicta de conformidad Real Decreto 1051/2022: establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios
- la cita Real Decreto 1054/2022: establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola
- la cita Real Decreto 526/2023: modifican el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario; y el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola
- la cita Real Decreto 116/2024: regula el Órgano de coordinación del Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura
- se dicta de conformidad Real Decreto 840/2024: modifica el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios
Otras normas que menciona (14)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- Ley 12/2013, de 2 de agosto (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre (en el BOE)
- Ley 19/1995, de 4 de julio (en el BOE)
- Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre (en el BOE)
- Ley 33/2011, de 4 de octubre (en el BOE)
- Ley 8/2010, de 31 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre (en el BOE)