Ley

Asturias bonifica temporalmente el 100 % de determinadas tasas relacionadas con varios sectores

Título oficial: Ley 4/2022, de 1 de junio, de modificación del texto refundido de las leyes de tasas y de precios públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 7 de julio de 2022 BOE-A-2022-11227 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La ley aplica una bonificación del 100 % a determinadas tasas de salud pública, puertos, transporte, ganadería, actividades agroalimentarias y forestales, agricultura, moluscos, pesca y residuos. Se aplica a los hechos imponibles devengados desde la entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022, con excepciones en las tasas de puertos y pesca marítima.

La bonificación cubre la inspección de locales relacionados con productos alimentarios y distintas tasas vinculadas a puertos, transporte por carretera, ganadería, industrias agroalimentarias y forestales, servicios agronómicos, depuración de moluscos en Castropol, pesca marítima y residuos y suelos contaminados.

En la tasa de puertos no se bonifican los servicios generales para embarcaciones deportivas y de recreo (G-5), ni los servicios eventuales (E-5). En la tasa por pesca marítima no se bonifica la licencia para practicar pesca deportiva. La bonificación se aplica a los hechos imponibles devengados desde la entrada en vigor de la ley hasta el 31 de diciembre de 2022.

A quién afecta

  • Personas y empresas sujetas a las tasas bonificadas
  • Usuarios de puertos sujetos a las tasas bonificadas, salvo las excepciones indicadas
  • Personas que desarrollan actividades de transporte por carretera, ganadería, industrias agroalimentarias y forestales, servicios agronómicos, pesca y gestión de residuos, cuando estén sujetas a las tasas bonificadas

Qué cambia

  • Se establece una bonificación del 100 % para determinadas tasas.
  • La bonificación en la tasa de inspecciones sanitarias se limita a la inspección de locales destinados a manipular, fabricar, almacenar o vender productos alimentarios.
  • En la tasa de puertos quedan fuera los servicios generales para embarcaciones deportivas y de recreo (G-5) y los servicios eventuales (E-5).
  • En la tasa por pesca marítima queda fuera la licencia para practicar pesca deportiva.
  • La bonificación se aplica a los hechos imponibles devengados hasta el 31 de diciembre de 2022, dentro del periodo indicado.

Plazos

  • La bonificación se aplica a los hechos imponibles devengados desde la fecha de entrada en vigor de la ley hasta el 31 de diciembre de 2022.

Preguntas y respuestas

¿De cuánto es la bonificación?

Es del 100 % para las tasas y los hechos imponibles incluidos.

¿Durante qué periodo se aplica?

A los hechos imponibles devengados desde la entrada en vigor de la ley hasta el 31 de diciembre de 2022.

¿La bonificación cubre todos los servicios portuarios?

No. Quedan fuera los servicios generales para embarcaciones deportivas y de recreo (G-5) y los servicios eventuales (E-5).

¿Se bonifica la licencia para practicar pesca deportiva?

No. Esa licencia está excluida de la bonificación.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 4/2022
Organismo
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Fecha de la norma
1 de junio de 2022
Publicada en el BOE
7 de julio de 2022
En vigor desde
17 de junio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-11227
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Asturias · Ayudas · Epidemias · Exenciones · Precios · Tasas

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.