Ley

Modifica el módulo económico para permitir financiar equiparaciones retributivas en concertados

Título oficial: Ley 5/2024, de 21 de noviembre, de modificación de la Ley 21/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 9 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-25587 2 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Permite que el Departamento de Educación abone diferencias retributivas a centros concertados para equiparar su personal con el público. La financiación será con remanentes de tesorería y el pago debe hacerse antes del 31 de diciembre de 2024.

Se añade una excepción al artículo 25.5 de la Ley 21/2023 para admitir incrementos retributivos en los centros educativos concertados cuando procedan de acuerdos con el Departamento de Educación dirigidos a la equiparación gradual con las retribuciones del personal de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria.

Se autoriza al departamento competente en materia de educación a abonar, con cargo a las dotaciones presupuestarias destinadas a los conciertos educativos, en un único pago al titular del centro escolar las diferencias retributivas derivadas de dichos acuerdos. El abono deberá realizarse, en todo caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.

A quién afecta

  • centros escolares privados concertados de la Comunidad Autónoma de Euskadi
  • personal de los centros docentes privados concertados

Qué cambia

  • Se exceptúan de la prohibición general los incrementos retributivos derivados de acuerdos de equiparación con el personal de los centros públicos.
  • Autoriza al Departamento de Educación a abonar en un único pago las diferencias retributivas al titular del centro.
  • El abono se realizará con cargo a las dotaciones presupuestarias destinadas a los conciertos educativos.
  • La financiación de los créditos adicionales necesarios se realizará con cargo a remanentes de tesorería.
  • Autoriza al Departamento de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias.

Qué hay que hacer

  • El Departamento de Educación debe abonar, en un único pago, al titular del centro escolar las diferencias retributivas derivadas de los acuerdos de equiparación, con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.
  • El Departamento de Hacienda y Finanzas puede realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para adecuar los estados de ingresos y gastos.

Plazos

  • con anterioridad al 31 de diciembre de 2024

Preguntas y respuestas

Qué permite la modificación del artículo 25.5?

Permite excepcionar la prohibición de asumir alteraciones retributivas cuando procedan de acuerdos de equiparación con las retribuciones del personal de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria.

Cómo se pagarán las diferencias retributivas?

El Departamento de Educación podrá abonar, en un único pago al titular del centro escolar, las diferencias retributivas derivadas de los acuerdos de equiparación, con cargo a las dotaciones presupuestarias destinadas a los conciertos educativos.

De dónde saldrá la financiación de los créditos adicionales necesarios?

La financiación se realizará con cargo a remanentes de tesorería.

Puede Hacienda cambiar el presupuesto por esto?

Se autoriza al Departamento de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la adecuación de los estados de ingresos y gastos.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 5/2024
Organismo
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fecha de la norma
21 de noviembre de 2024
Publicada en el BOE
9 de diciembre de 2024
En vigor desde
30 de noviembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-25587
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Centros de enseñanza privada · País Vasco · Presupuestos de las Comunidades Autónomas · Retribuciones · Trabajadores

Normas que cita o modifica