Fija límites temporales a las horas extraordinarias retribuidas de determinadas categorías de bomberos del Consorcio de Murcia
Título oficial: Ley 6/2022, de 28 de julio, de regulación de las horas extraordinarias del personal del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia, por la que se modifica el Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La ley permite pagar horas extraordinarias a ciertas categorías del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia. Establece límites mensuales y un descanso mínimo entre turnos, durante 2022 y 2023 o hasta que termine la cobertura de plazas de la oferta pública de empleo 2022.
La medida se aplica al personal de la escala técnico-operativa de las categorías Bombero-Conductor especialista, bombero conductor y cabos-bomberos especialistas. Las horas extraordinarias retribuidas no pueden superar, por mes, el 70 por 100 de la jornada ordinaria establecida; entre junio y septiembre el máximo es el 85 por 100, en las condiciones indicadas y con acreditación mediante informe técnico.
No cuentan para ese límite las horas realizadas como turnos extra por vacaciones (TEV), ni las realizadas por fuerza mayor para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Deben transcurrir al menos doce horas de descanso entre turnos. Excepcionalmente, los turnos pueden prorrogarse doce horas más por necesidades del servicio debidamente justificadas. El Presidente del Consorcio puede modificar el cuadrante laboral para ajustarlo a las necesidades del servicio.
A quién afecta
- Personal de la escala técnico-operativa del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia de las categorías Bombero-Conductor especialista, bombero conductor y cabos-bomberos especialistas
Qué cambia
- Autoriza la realización y retribución de horas extraordinarias para esas categorías durante 2022 y 2023 o mientras dure el proceso de cobertura de plazas de la oferta pública de empleo 2022.
- Fija un máximo mensual de horas extraordinarias retribuidas del 70 por 100 de la jornada ordinaria, con un máximo del 85 por 100 entre junio y septiembre en las condiciones previstas.
- Excluye del cómputo máximo los turnos extra por vacaciones (TEV) y las horas realizadas por fuerza mayor para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
- Establece un descanso mínimo de doce horas entre turnos y permite prorrogar excepcionalmente los turnos doce horas más por necesidades justificadas del servicio.
- Permite modificar el cuadrante laboral mediante resolución del Presidente del Consorcio.
Plazos
- La medida se aplica durante los años 2022 y 2023 o mientras dure el proceso de cobertura de plazas de la oferta pública de empleo 2022.
- Descanso mínimo de doce horas entre cada turno de trabajo, ordinario o extraordinario, y el siguiente.
Preguntas y respuestas
¿A qué categorías se aplica la autorización de horas extraordinarias retribuidas?
Al personal de la escala técnico-operativa del Consorcio de las categorías Bombero-Conductor especialista, bombero conductor y cabos-bomberos especialistas.
¿Cuál es el límite mensual de horas extraordinarias retribuidas?
El 70 por 100 de la jornada ordinaria establecida. Entre junio y septiembre se autoriza el 85 por 100 en ejecución de los planes de emergencia, especiales épocas de peligro y una mayor demanda de prestación de servicios, que deberá acreditarse mediante informe técnico.
¿Qué horas no se incluyen en el límite mensual?
Las realizadas como turnos extra por vacaciones (TEV) y las realizadas por fuerza mayor para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
¿Cuánto descanso debe haber entre turnos?
Como mínimo, doce horas. Excepcionalmente, los turnos pueden prorrogarse doce horas más por necesidades del servicio debidamente justificadas.
¿Durante cuánto tiempo se aplica esta medida?
Durante 2022 y 2023 o, en todo caso, mientras dure el proceso de cobertura de plazas de la oferta pública de empleo 2022.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 6/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Fecha de la norma
- 28 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 8 de septiembre de 2022
- En vigor desde
- 30 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-14683- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Bomberos · Incendios · Jornada laboral · Murcia · Organización de las Comunidades Autónomas · Salvamento · Vacaciones
Normas que cita o modifica
- añade la disposición adicional 17 a la Ley de la Función Pública, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero
- de conformidad con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se modifica el art. 34, por Decreto-ley 5/2022, de 20 de octubre
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 1/2022, de 24 de enero
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)