Ley

Protección y derechos de personas donantes en vivo de órganos o tejidos

Título oficial: Ley 6/2024, de 20 de diciembre, para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 21 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-26693 14 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Reconoce la donación en vivo como situación especial de incapacidad temporal y regula permisos retribuidos para actos preparatorios. Garantiza prestaciones económicas completas durante la incapacidad por donación.

La ley reconoce las bajas laborales relacionadas con la donación de órganos o tejidos para trasplante como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes. Estas situaciones abarcan los días discontinuos o continuados en que la persona donante recibe asistencia sanitaria por la preparación médica de la cirugía y los días desde el ingreso hospitalario hasta el alta por curación.

Introduce un permiso retribuido por el tiempo indispensable para asistir a las sesiones de información, informes y exámenes clínicos previos a la donación, incluida la exploración médica, siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo, tanto para trabajadores por cuenta ajena como para empleados públicos. Además, establece que la prestación por incapacidad temporal en estos casos será del cien por cien de la base reguladora o de las retribuciones complementarias según el régimen aplicable.

A quién afecta

  • personas trabajadoras donantes de órganos o tejidos para trasplante
  • trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General
  • funcionarios públicos y mutualistas
  • personal al servicio de la Administración de Justicia
  • personal de las Fuerzas Armadas
  • personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero

Qué cambia

  • Reconoce la donación en vivo como situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes.
  • La prestación en la situación especial por donación consistirá en el 100 por ciento de la base reguladora (Régimen General).
  • Permiso retribuido por el tiempo indispensable para actos preparatorios de la donación dentro de la jornada (Estatuto de los Trabajadores).
  • Permiso equivalente para funcionarios públicos (Estatuto Básico del Empleado Público).
  • Adaptación de regímenes especiales y mutualidades para considerar la donación como contingencia protegida y regular la cuantía del subsidio.
  • Exenciones de periodo mínimo de cotización para acceder a la prestación en determinados regímenes y supuestos.
  • Determinación de la cuantía del subsidio al 100 por ciento de las retribuciones complementarias en varios regímenes y periodos indicados.
  • Derecho de las empresas a reducción del 75 por ciento de las cuotas empresariales por contingencias comunes durante la incapacidad temporal de trabajadores de 62 años o más (mencionado en artículo 144).

Qué hay que hacer

  • Preavisar y justificar la ausencia cuando se solicite el permiso por actos preparatorios si deben tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

Plazos

  • Entrada en vigor: 03/03/2025.
  • La Disposición adicional única: el Gobierno evaluará los efectos en el plazo de dos años desde la entrada en vigor.

Preguntas y respuestas

¿Se considera la donación en vivo una incapacidad temporal cubierta por la Seguridad Social?

Sí. Se considera situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes para la persona donante de órganos o tejidos para su trasplante.

¿Qué duración tiene la prestación económica en la situación especial por donación?

La prestación consistirá en un subsidio equivalente al cien por ciento de la base reguladora en el Régimen General; en otros regímenes, se establece el cien por ciento de las retribuciones complementarias según los artículos modificados.

¿Hay permiso retribuido para acudir a las pruebas y la información previa a la donación?

Sí. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

¿Se exige período mínimo de cotización para acceder a la prestación por donación?

No. En las situaciones especiales previstas en los párrafos segundo y cuarto del artículo 169.1.a) no se exigirán periodos mínimos de cotización; la donación de órganos o tejidos está incluida entre ellas.

¿Qué evaluación hará el Gobierno sobre la norma?

En el plazo de dos años desde la entrada en vigor, el Gobierno deberá evaluar si la aplicación ha resultado en un incremento tangible y real del número de personas donantes vivas y, en su caso, propondrá la extensión de protección equivalente a potenciales donantes vivos no incluidos.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 6/2024
Organismo
Jefatura del Estado
Fecha de la norma
20 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
21 de diciembre de 2024
En vigor desde
3 de marzo de 2025
Identificador
BOE-A-2024-26693
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración de Justicia · Asistencia sanitaria de la Seguridad Social · Cotización a la Seguridad Social · Fuerzas Armadas · Funcionarios Civiles del Estado · Funcionarios públicos · Incapacidades laborales · Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social · Organización Nacional de Trasplantes · Regímenes especiales de la Seguridad Social · Retribuciones · Seguridad Social · Trabajadores · Trabajadores autónomos · Trasplantes de órganos

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.