Ley

Crea el Instituto Cántabro de Administración Pública «Rafael de la Sierra»

Título oficial: Ley 7/2022, de 3 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Administración Pública "Rafael de la Sierra".

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 8 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-20715 9 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La ley crea un organismo autónomo para formar al personal de las administraciones públicas de Cantabria y promover estudios sobre gestión pública, seguridad ciudadana y protección civil. Sus previsiones no producen efectos hasta que se aprueben y publiquen sus estatutos.

El Instituto tendrá personalidad jurídica propia y estará adscrito a la consejería competente en función pública. Entre sus funciones están formar a empleados públicos autonómicos y locales, personal de policía local y de protección civil, y colaborar con la Universidad de Cantabria. También podrá investigar y divulgar estudios sobre administración pública y seguridad ciudadana.

El Instituto sustituirá al Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria (CEARC), al que sucederá en sus bienes, derechos, obligaciones, puestos de trabajo y relaciones contractuales. La constitución efectiva del nuevo organismo depende de la aprobación y publicación de sus estatutos.

A quién afecta

  • Personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sus organismos autónomos y la Agencia Cántabra de Administración Tributaria
  • Personal funcionario de los cuerpos de policía local de Cantabria
  • Personal que participa en protección civil y gestión de emergencias
  • Personal de las Administraciones locales de Cantabria y de la Universidad de Cantabria

Qué cambia

  • Se crea el Instituto Cántabro de Administración Pública «Rafael de la Sierra» como organismo autónomo de naturaleza administrativa.
  • El Instituto asume las funciones de formación y capacitación que ejercía el CEARC, y lo sustituirá cuando se aprueben y publiquen sus estatutos.
  • El nuevo organismo recibirá el activo y pasivo del CEARC y se subrogará en sus derechos, obligaciones, puestos de trabajo y relaciones contractuales.
  • Se establecen las fuentes de financiación y el régimen patrimonial, presupuestario, contable y de control económico-financiero del Instituto.
  • Se fijan las reglas sobre personal, docencia y contratación del Instituto.
  • Los actos de la Presidencia, del Consejo Rector y de la Dirección que ejerzan potestades administrativas ponen fin a la vía administrativa; cabe recurso potestativo de reposición o impugnación ante el orden contencioso-administrativo.

Plazos

  • En el plazo de seis meses a contar desde la aprobación y publicación del Decreto por el que se aprueben los estatutos, la Consejería a la que está adscrito el Instituto iniciará la tramitación de la modificación de su estructura orgánica y relación de puestos de trabajo.

Preguntas y respuestas

¿Para qué se crea el Instituto?

Para formar y capacitar a personal de las administraciones públicas, de policía local y de protección civil, entre otros fines. También promoverá estudios e investigaciones sobre gestión pública y seguridad ciudadana.

¿A quién podrá formar?

Al personal de la Administración autonómica, sus organismos autónomos y la Agencia Cántabra de Administración Tributaria; al personal funcionario de policía local y al que participa en protección civil y emergencias. También colaborará en la formación del personal de las Administraciones locales y de la Universidad de Cantabria.

¿Cuándo empezará a producir efectos la ley?

Sus previsiones no producirán efectos hasta la aprobación y publicación del Decreto por el que se aprueben los estatutos del organismo autónomo.

¿Qué ocurrirá con el CEARC?

Cuando se constituya el Instituto mediante la aprobación y publicación de sus estatutos, el CEARC se extinguirá y el Instituto asumirá sus bienes, derechos, obligaciones, puestos de trabajo y relaciones contractuales.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley 7/2022
Organismo
Comunidad Autónoma de Cantabria
Fecha de la norma
3 de noviembre de 2022
Publicada en el BOE
8 de diciembre de 2022
En vigor desde
12 de noviembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-20715
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Cantabria · Funcionarios públicos · Organización de las Comunidades Autónomas

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.