La Rioja suspende temporalmente dos normas sobre suelo no urbanizable y urbanismo
Título oficial: Ley 7/2022, de 23 de mayo, para la suspensión temporal de la aplicación de las disposiciones adicionales décima y duodécima incorporadas a la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de ordenación del territorio y urbanismo de La Rioja (LOTUR).
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Se suspende la aplicación de dos disposiciones de la ley riojana de ordenación del territorio y urbanismo. La suspensión dura como máximo seis meses y termina antes si se aprueba la nueva directriz de suelo no urbanizable.
La suspensión afecta a las disposiciones adicionales décima y duodécima de la Ley 5/2006, de 2 de mayo. Se mantiene hasta que se dicte la nueva directriz de suelo no urbanizable y, en todo caso, no puede superar seis meses desde la entrada en vigor de esta ley.
La ley establece que la medida surte efectos desde el día 1 de enero de 2022, aunque su entrada en vigor se produce al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
A quién afecta
- Personas con expedientes en tramitación relacionados con las disposiciones adicionales décima y duodécima de la Ley 5/2006, de 2 de mayo
Qué cambia
- Se suspende la aplicación de las disposiciones adicionales décima y duodécima de la Ley 5/2006, de 2 de mayo.
- La suspensión se mantiene hasta que se dicte la nueva directriz de suelo no urbanizable, con un máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley.
- La suspensión surte efectos desde el día 1 de enero de 2022.
Plazos
- La suspensión tiene un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley.
Preguntas y respuestas
¿Qué disposiciones quedan suspendidas?
Las disposiciones adicionales décima y duodécima de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
¿Hasta cuándo dura la suspensión?
Hasta que se dicte la nueva directriz de suelo no urbanizable, con un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley.
¿Desde qué fecha surte efectos la suspensión?
Desde el día 1 de enero de 2022.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 7/2022
- Organismo
- Comunidad Autónoma de la Rioja
- Fecha de la norma
- 23 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 10 de junio de 2022
- En vigor desde
- 26 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-9534- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: La Rioja · Suelo · Urbanismo
Normas que cita o modifica
- suspende , en la forma indicada, la aplicación de las disposiciones adicionales 10 y 12 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo (en el BOE)
- de conformidad con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 7/2021, de 27 de diciembre (en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 7/2015 (en el BOE)