La ley actualiza qué publicaciones deben depositarse y cómo se conservan
Título oficial: Ley 8/2022, de 4 de mayo, por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma amplía y concreta qué publicaciones están sujetas al depósito legal y qué materiales deben conservar la Biblioteca Nacional de España y las filmotecas. También aclara las obligaciones de editores y centros de conservación, especialmente para publicaciones en línea.
Se incorporan al depósito legal, entre otros, las publicaciones de impresión bajo demanda, los catálogos de librerías, editoriales y subastas, los marcapáginas y los videojuegos. También se incluyen publicaciones en línea, tanto de acceso libre como restringido. Quedan fuera, entre otras, las publicaciones comerciales publicitarias, las microformas y las publicaciones de impresión bajo demanda destinadas a distribución en un ámbito familiar.
Los editores de publicaciones en línea quedan exonerados de gestionar el depósito: deben facilitar la recolección automática de las que estén libremente accesibles o transferir las restringidas que soliciten los centros de conservación. La Biblioteca Nacional de España y la Filmoteca Española quedan identificadas como centros de conservación, y se detallan los ejemplares y materiales que deben recibir. Para publicaciones tangibles, el depósito debe hacerse ante la oficina correspondiente antes de la distribución o venta.
A quién afecta
- Editores de publicaciones en soporte tangible
- Productores de obras sonoras, visuales, audiovisuales y películas cinematográficas
- Editores y productores de publicaciones electrónicas
- Editores de publicaciones en línea
- Centros de conservación y oficinas de depósito legal
Qué cambia
- Se añaden nuevas clases de publicaciones sujetas al depósito legal, como las publicaciones de impresión bajo demanda, los catálogos de librerías, editoriales y subastas, los marcapáginas y los videojuegos.
- Se incluyen las publicaciones en línea y los metadatos que contengan, tanto si son de acceso libre como restringido.
- Se establecen publicaciones tangibles excluidas, entre ellas las publicaciones comerciales publicitarias y las publicaciones de impresión bajo demanda destinadas a distribución en un ámbito familiar.
- Los editores de publicaciones en línea quedan exonerados de gestionar el depósito, pero deben facilitar la recolección automática o transferir las publicaciones restringidas solicitadas.
- La Filmoteca Española se reconoce como centro de conservación y se concretan los materiales cinematográficos que debe recibir.
- Se detallan los ejemplares que debe conservar la Biblioteca Nacional de España, incluidos archivos digitales previos a la impresión cuando existan.
- El depósito legal de publicaciones tangibles debe constituirse antes de su distribución o venta; si se incumple, la obra no podrá distribuirse.
- La Biblioteca Nacional de España tendrá dos inventarios diferenciados.
Qué hay que hacer
- Los editores de publicaciones tangibles deben constituir el depósito ante la oficina de depósito legal de la Comunidad Autónoma donde tenga su sede social el editor, antes de distribuir o vender la publicación.
- La persona obligada debe solicitar el número de depósito legal antes de que finalice la producción o impresión.
- Los editores de publicaciones en línea deben facilitar su recolección automática si son libremente accesibles, o transferir las publicaciones restringidas que soliciten los centros de conservación.
- Quienes depositen publicaciones electrónicas en soporte tangible deben entregarlas sin claves de lectura y facilitar la información necesaria para transferir los datos al soporte de conservación.
- Si la oficina requiere un nuevo ejemplar completo y sin defectos, la persona obligada debe entregarlo en el plazo que establezca la oficina.
Plazos
- El depósito de publicaciones tangibles debe constituirse siempre antes de su distribución o venta.
- El número de depósito legal debe solicitarse antes de que finalice la producción o impresión.
- Si se requiere un nuevo ejemplar completo y sin defectos, debe entregarse en el plazo que establezca la oficina de depósito legal.
- En caso de incumplimiento, la oficina requerirá a la persona responsable para que constituya el depósito en el plazo máximo de un mes.
Preguntas y respuestas
¿Qué publicaciones nuevas quedan incluidas en el depósito legal?
Se incluyen, entre otras, las publicaciones de impresión bajo demanda, los catálogos comerciales de librerías, editoriales y subastas, los marcapáginas y los videojuegos.
¿Quién gestiona el depósito legal de las publicaciones en línea?
Los editores quedan exonerados de gestionarlo. Los centros de conservación determinan qué publicaciones se capturan o depositan.
¿Qué deben hacer los editores de publicaciones en línea?
Deben facilitar la recolección automática si la publicación está libremente accesible en Internet o transferir las publicaciones de acceso restringido que soliciten los centros de conservación.
¿Cuándo debe depositarse una publicación tangible?
Antes de su distribución o venta.
¿Qué ocurre si no se constituye el depósito legal de una publicación tangible?
La obra no podrá ser distribuida. La oficina de depósito legal requerirá a la persona responsable para que realice el depósito en el plazo máximo de un mes.
¿Qué publicaciones de impresión bajo demanda quedan excluidas?
Las destinadas a distribución en un ámbito familiar.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 8/2022
- Organismo
- Jefatura del Estado
- Fecha de la norma
- 4 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 5 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 2 de enero de 2023
- Identificador
BOE-A-2022-7311- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Biblioteca Nacional · Depósito Legal · Editoriales · Filmoteca Española · Internet · Inventarios · Patrimonio Documental y Bibliográfico · Publicaciones
Normas que cita o modifica
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 16/1985, de 25 de junio (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 55/2007, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)