La ley establece medidas para proteger, fomentar y difundir la calidad de la arquitectura
Título oficial: Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La norma declara la arquitectura un bien de interés general y orienta las políticas públicas hacia la calidad, la sostenibilidad y la accesibilidad. También crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y la Casa de la Arquitectura, y modifica reglas de contratación pública.
La ley fija criterios de calidad para el diseño, la construcción, la rehabilitación y la conservación de edificios y espacios públicos. Incluye, entre otros, la integración en el entorno, la eficiencia energética, la accesibilidad universal, la seguridad, el confort y el uso responsable de los recursos.
Establece medidas para que los poderes públicos promuevan la calidad arquitectónica y la rehabilitación de edificios públicos. Crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura, con funciones de asesoramiento y consulta, y la Casa de la Arquitectura, concebida como museo estatal y espacio de divulgación. También modifica normas de contratación pública y prevé una Estrategia Nacional de Arquitectura.
A quién afecta
- Administraciones públicas
- Órganos de contratación del sector público
- Profesionales y empresas del ámbito de la arquitectura
- Personas y entidades que participen en concursos de proyectos arquitectónicos
Qué cambia
- La arquitectura se declara bien de interés general y debe ser objeto de protección, fomento y difusión por los poderes públicos.
- Las políticas públicas sobre arquitectura deben guiarse por criterios de calidad, como la sostenibilidad, la accesibilidad universal, la eficiencia energética y la seguridad.
- Se crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura, como órgano asesor y consultivo de la Administración General del Estado.
- Se establece la Casa de la Arquitectura como museo estatal dedicado a divulgar la arquitectura.
- Se prevé elaborar una Estrategia Nacional de Arquitectura en el plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de esta ley.
- Los contratos de servicios complementarios de un contrato menor de obras podrán tramitarse también como contratos menores si cumplen los requisitos previstos y su duración no excede de 30 meses, bajo las condiciones fijadas en la ley.
- Se permite contratar conjuntamente la redacción de proyectos y la dirección de obra cuando separar esos servicios pueda reducir la calidad y dificultar su coordinación y continuidad.
- Se permite excepcionalmente contratar conjuntamente la elaboración del proyecto y la ejecución de obras financiadas con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, salvo la excepción indicada para requisitos de solvencia o clasificación.
Plazos
- El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana elaborará la Estrategia Nacional de Arquitectura en el plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de esta ley.
- El Gobierno desarrollará la constitución, composición y régimen de funcionamiento del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley.
- El Gobierno podrá regular la Casa de la Arquitectura mediante Real Decreto en el plazo máximo de seis meses desde la aprobación de esta ley.
Preguntas y respuestas
¿Qué criterios de calidad establece la ley para la arquitectura?
Incluye la integración en el entorno, la sostenibilidad, la eficiencia energética, la accesibilidad universal, la seguridad, la higiene, la salubridad y el confort, entre otros.
¿Qué es el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura?
Es un órgano asesor y consultivo de la Administración General del Estado. Los informes que elabore no serán vinculantes.
¿A qué expedientes de contratación no se aplican las nuevas especificidades?
No se aplican a los expedientes de contratación iniciados antes de la fecha de entrada en vigor de la ley.
¿Cuándo pueden contratarse conjuntamente la redacción de proyectos y la dirección de obra?
Cuando contratarlas por separado pueda reducir la calidad de las prestaciones y dificultar la coordinación y continuidad entre la redacción del proyecto y su ejecución. El órgano de contratación debe justificarlo en el expediente.
¿En qué caso se permite contratar conjuntamente la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras?
Con carácter excepcional, cuando el contrato se financie con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. No se permite si la correcta ejecución exige requisitos de solvencia o clasificación que no puedan determinarse antes de obtener el proyecto.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley 9/2022
- Organismo
- Jefatura del Estado
- Fecha de la norma
- 14 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 15 de junio de 2022
- En vigor desde
- 16 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-9837- Última actualización en el BOE
- 17 de abril de 2026
Temas
Materias: Arquitectura · Bienes de interés cultural · Consejos consultivos · Contratación administrativa · Control de calidad · Edificaciones · Museos · Organización de la Administración del Estado · Patrimonio Histórico Artístico · Urbanismo
Normas que cita o modifica
- deroga en la forma indicada el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo (en el BOE)
- modifica los arts. 29.7, 183.3, 187.2 y 308 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- añade el art. 52 bis al Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 38/1999, de 5 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 1636/2006, de 29 de diciembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)