Navarra establece un marco de atención, protección y promoción de los derechos de la infancia y la adolescencia
Título oficial: Ley Foral 12/2022, de 11 de mayo, de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
La ley organiza la protección y atención de las personas menores de edad en Navarra y establece medidas para promover sus derechos y apoyar a sus familias. Se aplica a quienes tengan domicilio o estén temporalmente en Navarra, además de a quienes trabajan con menores y a las familias.
La ley dispone que las administraciones navarras deben considerar primordial el interés superior de cada persona menor y garantizar sus derechos, sin discriminación. También establece principios de prevención, atención temprana, participación, confidencialidad y apoyo a las familias.
El texto regula, entre otros asuntos, la salud, la educación, la inclusión, la participación y la protección frente a la violencia. Además, organiza las competencias de las administraciones, la planificación de sus actuaciones, el trabajo en red y la participación de menores, familias y entidades. El texto facilitado está recortado y no incluye la ley completa.
A quién afecta
- Personas menores de edad con domicilio o que se encuentren temporalmente en Navarra
- Personas menores y, en su caso, mayores de edad sujetas a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal del Menor
- Familias de personas menores
- Personas y entidades que trabajan con menores en Navarra
Qué cambia
- Establece un marco de protección integral y promoción de los derechos de las personas menores y sus familias.
- Fija como principios la prevención, la atención temprana, la participación de menores y la consideración primordial de su interés superior.
- Prevé evaluaciones del impacto de normas, planes y decisiones administrativas generales sobre los derechos de la infancia y la adolescencia.
- Organiza las competencias de la Administración de la Comunidad Foral y de las entidades locales en materia de prevención, atención y protección.
- Prevé planificación y evaluación de las actuaciones públicas, con seguimiento de sus resultados.
- Crea el Consejo Navarro de la Infancia y Adolescencia como órgano de asesoramiento, consulta y participación.
- Establece medidas para apoyar a las familias y promover la igualdad y la no discriminación.
Qué hay que hacer
- Quienes tengan responsabilidades sobre menores deben proporcionarles la atención y los cuidados necesarios para favorecer su desarrollo.
- Toda persona o autoridad que detecte una situación de riesgo, posible desamparo o vulneración de derechos debe comunicarla a las autoridades competentes o a sus agentes más próximos, sin dejar de prestar el auxilio inmediato que se necesite.
- Las denuncias deben indicar la identidad de quienes las presentan y relatar los hechos. Excepcionalmente, la Administración puede investigar de oficio una denuncia anónima si el relato es suficientemente concreto.
Preguntas y respuestas
¿A qué menores se aplica la ley?
A cualquier persona menor de edad con domicilio o que se encuentre temporalmente en Navarra, sin perjuicio de las facultades que puedan corresponder a otras administraciones.
¿Cómo se define la primera infancia?
Es el periodo comprendido entre el nacimiento y la edad de 3 años.
¿Qué edades comprende la infancia?
Desde la edad de 4 años hasta la edad de 12 años.
¿Qué edades comprende la adolescencia?
Desde la edad de 13 años hasta la mayoría de edad.
¿Qué debe hacer quien detecte una situación de riesgo para un menor?
Debe comunicarla a las autoridades competentes o a sus agentes más próximos y prestar el auxilio inmediato que se necesite.
¿Pueden los menores presentar quejas ante el Defensor del Pueblo de Navarra?
Sí. Pueden dirigirse a la institución sin necesidad de representante para presentar quejas y propuestas.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley Foral 12/2022
- Organismo
- Comunidad Foral de Navarra
- Fecha de la norma
- 11 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 27 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 19 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-8641- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Asistencia social · Consejos consultivos · Derecho Foral · Derechos de los ciudadanos · Derechos del niño · Familia · Igualdad de oportunidades · Juventud · Menores · Navarra · Organización de las Comunidades Autónomas · Procedimiento administrativo · Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas
Normas que cita o modifica
- deroga , con efectos desde el 19 de julio de 2022, la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (en el BOE)
- declara la vigencia de lo indicado del Decreto Foral 168/2002, de 22 de julio (BON núm. 110, de 11 de septiembre)
Otras normas que menciona (5)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio (en el BOE)
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero (en el BOE)
- Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero (en el BOE)
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo (en el BOE)
- Ley 7/2010, de 31 de marzo (en el BOE)