Navarra protege los puestos y porcentajes de contrato del profesorado indefinido de religión ante cambios horarios
Título oficial: Ley Foral 15/2022, de 17 de mayo, por la que se garantiza el mantenimiento de los puestos de trabajo del profesorado de religión en los centros públicos de la Comunidad Foral de Navarra.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Los cambios en las horas de religión derivados de la LOMLOE no pueden hacer que el profesorado indefinido afectado pierda su puesto ni reduzca el porcentaje de su contrato. La medida se aplica desde el curso 2022-2023.
La protección se dirige al profesorado navarro de religión que tenía contrato laboral indefinido cuando entró en vigor la ley. Los cambios en las necesidades horarias de la asignatura por la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020 no pueden causar la pérdida de esos puestos ni reducir el porcentaje de los contratos.
La Administración educativa conserva la facultad de organizar la actividad docente de este profesorado en sus puestos de trabajo y destinos. La ley se aplica a partir del curso 2022-2023.
A quién afecta
- Profesorado de religión de Navarra con contrato laboral indefinido en la fecha de entrada en vigor de la ley
Qué cambia
- Los cambios horarios de religión derivados de la Ley Orgánica 3/2020 no pueden provocar la pérdida del puesto de trabajo del profesorado indefinido afectado.
- Esos cambios tampoco pueden reducir los porcentajes de sus contratos.
- La Administración educativa mantiene la facultad de organizar la actividad docente en los puestos y destinos actuales.
Plazos
- La medida es de aplicación a partir del curso 2022-2023.
Preguntas y respuestas
¿A quién protege esta ley?
Al profesorado navarro de religión que tenía contrato laboral indefinido en la fecha de entrada en vigor de la ley.
¿Puede perder su puesto por cambios en las horas de religión?
No, si los cambios se deben a la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020.
¿Pueden reducirse los porcentajes de esos contratos por esos cambios?
No.
¿Puede la Administración educativa organizar la actividad docente?
Sí. La ley mantiene esa facultad respecto de los puestos de trabajo y destinos actuales.
¿Desde cuándo se aplica la medida?
A partir del curso 2022-2023.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley Foral 15/2022
- Organismo
- Comunidad Foral de Navarra
- Fecha de la norma
- 17 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 14 de junio de 2022
- En vigor desde
- 25 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-9765- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Enseñanza Religiosa · Navarra · Profesorado
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 22 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (en el BOE)
- cita Real Decreto 696/2007, de 1 de junio (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (en el BOE)