Ley Foral

Navarra crea un canon para vehículos pesados que utilicen determinadas carreteras

Título oficial: Ley Foral 23/2022, de 1 de julio, reguladora del canon de uso de las carreteras de Navarra.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 2 de agosto de 2022 BOE-A-2022-12943 5 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Los vehículos pesados que transporten mercancías deberán pagar por circular por cinco vías navarras. El pago se hará dentro de los sesenta días naturales siguientes al acceso, salvo para los vehículos exentos.

El canon se aplica a vehículos de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas que circulen por la A-1, A-10, A-15, A-68 y N-121-A. El importe tendrá en cuenta, entre otros criterios, la distancia recorrida y los costes de construcción y deterioro de la infraestructura. La ley distingue entre vehículos «Pesados 1» y «Pesados 2», según su masa máxima autorizada.

El pago podrá hacerse mediante dispositivo TAG o por registro telemático con tarjeta bancaria u otros medios admitidos. Si no se paga dentro del plazo, se aplicará un recargo de gestión del 5 %, 10 % o 20 %, según el tiempo transcurrido. Los vehículos de la Administración Pública, de las empresas adjudicatarias de la conservación y mantenimiento, de emergencias y accidentes, y los que estén exentos según la normativa comunitaria no pagan el canon.

A quién afecta

  • Titulares de vehículos pesados destinados o utilizados exclusivamente para el transporte de mercancías por carretera que circulen por las vías sujetas al canon

Qué cambia

  • Se crea un canon por utilizar determinadas infraestructuras de la Red de Vías de Gran Capacidad de Navarra.
  • El canon afecta a la totalidad de la A-1, A-10, A-15, A-68 y N-121-A.
  • El canon se devenga al acceder a la vía o tramo y debe abonarse dentro de los sesenta días naturales siguientes.
  • Se establecen como medios de pago el dispositivo TAG y el registro telemático.
  • Se fijan recargos de gestión del 5 %, 10 % o 20 % para los pagos fuera de plazo.
  • La falta de pago del canon o del recargo de gestión se añade como causa de infracción en la Ley Foral de Carreteras de Navarra.
  • La recaudación se destina a conservación y explotación viaria, nuevas infraestructuras y servicios asociados; una vez atendido el mantenimiento de la vía afecta, parte podrá dedicarse a protección del medio ambiente o al desarrollo equilibrado de las redes de transporte.

Qué hay que hacer

  • Abonar el canon dentro de los sesenta días naturales siguientes al acceso a la vía, mediante dispositivo TAG o registro telemático, o facilitar la información que permita asociar la matrícula con un medio de pago.

Plazos

  • El canon debe abonarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a su devengo.
  • Dentro del mes siguiente al término del plazo para el abono, se aplica un recargo del 5 %.
  • Transcurrido el primer mes y hasta los tres meses siguientes al término del plazo para el abono, se aplica un recargo del 10 %.
  • Transcurridos los tres meses siguientes al término del plazo para el abono, se aplica un recargo del 20 %.
  • Si no se presenta oposición ni se paga el canon y el recargo, el plazo para hacerlo es de dos meses desde la notificación.
  • La fecha de inicio del cobro no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2023.
  • Los datos personales se conservarán preventivamente durante el período de un año a partir de la fecha de generación de la obligación de pago.

Preguntas y respuestas

¿Qué carreteras están sujetas al canon?

La totalidad de la A-1, A-10, A-15, A-68 y N-121-A.

¿Qué vehículos deben pagar?

Los vehículos de motor o conjuntos de vehículos articulados destinados o utilizados exclusivamente para transportar mercancías por carretera, con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas.

¿Qué vehículos están exentos?

Los de la Administración Pública o de empresas adjudicatarias de la conservación y mantenimiento de la infraestructura, los de emergencias y accidentes, y los que estén exentos según la normativa comunitaria.

¿Cómo se puede pagar?

Con un dispositivo TAG o mediante registro telemático, indicando una tarjeta bancaria u otro medio de pago admitido.

¿Qué ocurre si no se paga a tiempo?

Se requiere el pago con un recargo de gestión del 5 %, 10 % o 20 %, según el tiempo transcurrido. Si no se presenta oposición ni se paga en el plazo de dos meses desde la notificación, puede iniciarse un expediente sancionador y reclamarse la deuda.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley Foral 23/2022
Organismo
Comunidad Foral de Navarra
Fecha de la norma
1 de julio de 2022
Publicada en el BOE
2 de agosto de 2022
En vigor desde
15 de julio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-12943
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Autopistas · Carreteras · Navarra · Pagos · Tasas

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.