Ley Foral

Navarra fija un fondo de financiación para las entidades locales y concreta una exención del impuesto de vehículos por discapacidad

Título oficial: Ley Foral 6/2022, de 22 de marzo, de modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 19 de abril de 2022 BOE-A-2022-6404 5 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La ley establece cómo se financia anualmente a las entidades locales de Navarra mediante fondos de transferencias y una compensación por la pérdida de recaudación del IAE. También concreta qué deficiencia mental permite acceder a una exención del impuesto sobre vehículos.

Para 2022, el Fondo de Transferencias Corrientes será de 257.859.026 euros y el Fondo de Transferencias de Capital, de 30.000.000 euros. En los ejercicios sucesivos, sus cuantías aumentarán según el IPC previsto para cada fondo y los criterios que fija la ley. En 2022, la compensación por la pérdida de recaudación del IAE será de 13.900.000 euros. Las leyes forales correspondientes establecerán cómo se distribuyen los fondos.

La exención del impuesto sobre vehículos se aplica a vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad igual o superior al 33 % que, además, presenten una deficiencia en las funciones mentales que suponga el reconocimiento de al menos un 25 % de limitaciones en la actividad. En un plazo máximo de tres años desde el día siguiente a la entrada en vigor, el Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento una propuesta sobre la distribución de competencias locales y los recursos necesarios para financiarlas.

A quién afecta

  • Entidades locales de Navarra
  • Personas con discapacidad igual o superior al 33 % que cumplan el requisito de limitaciones en la actividad y tengan un vehículo matriculado a su nombre

Qué cambia

  • Se crea el Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de Navarra, compuesto por transferencias corrientes, transferencias de capital y una compensación por la pérdida de recaudación del IAE.
  • El Fondo de Transferencias Corrientes será de 257.859.026 euros para 2022 y aumentará en los ejercicios sucesivos según el IPC interanual de Navarra de junio anterior, más dos puntos porcentuales.
  • El Fondo de Transferencias de Capital será de 30.000.000 euros para 2022 y aumentará en los ejercicios sucesivos según el IPC interanual de Navarra de junio anterior.
  • La aportación para compensar la pérdida de recaudación derivada de la reforma del IAE será de 13.900.000 euros en 2022.
  • Se establece que los importes de estos fondos que no hayan generado obligaciones de pago al último día del ejercicio tendrán la condición de remanente afecto y podrán ampliar créditos de ejercicios siguientes.
  • Los reintegros solicitados a las entidades locales no generarán intereses de demora desde el abono, sino desde el vencimiento del plazo establecido para devolverlos.
  • Se concreta que la exención del impuesto sobre vehículos requiere una deficiencia en las funciones mentales que suponga al menos un 25 % de limitaciones en la actividad, además de una discapacidad igual o superior al 33 %.

Plazos

  • En el plazo máximo de tres años a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de la presente ley foral, el Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento de Navarra una propuesta de clarificación de la distribución competencial de las entidades locales.

Preguntas y respuestas

¿Qué fondos se crean para financiar a las entidades locales?

El Fondo de Transferencias Corrientes y el Fondo de Transferencias de Capital. Se complementan con una aportación anual para compensar la pérdida de recaudación del IAE.

¿Cuánto reciben los fondos en 2022?

El Fondo de Transferencias Corrientes será de 257.859.026 euros y el Fondo de Transferencias de Capital será de 30.000.000 euros. La compensación por la pérdida de recaudación del IAE será de 13.900.000 euros.

¿Qué requisitos establece el texto para la exención del impuesto sobre vehículos?

El vehículo debe estar matriculado a nombre de una persona con discapacidad igual o superior al 33 %, que presente además una deficiencia en las funciones mentales que suponga el reconocimiento de al menos un 25 % de limitaciones en la actividad.

¿Cuándo se distribuyen los fondos?

La distribución se hará según lo que determinen las leyes forales reguladoras de las transferencias corrientes y de los planes de inversiones locales.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley Foral 6/2022
Organismo
Comunidad Foral de Navarra
Fecha de la norma
22 de marzo de 2022
Publicada en el BOE
19 de abril de 2022
En vigor desde
1 de abril de 2022
Identificador
BOE-A-2022-6404
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Discapacidad · Fondos de dinero · Haciendas de las Comunidades Autónomas · Haciendas Locales · Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica · Navarra · Organización de las Comunidades Autónomas

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.