Ley Orgánica

La ley precisa cuándo la imprudencia al conducir que causa muerte o lesiones se considera menos grave

Título oficial: Ley Orgánica 11/2022, de 13 de septiembre, de modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 14 de septiembre de 2022 BOE-A-2022-14965 4 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Si una infracción grave de tráfico fue determinante de una muerte o de lesiones, la imprudencia no puede considerarse leve cuando no se califica como grave. También se regulan las penas de multa y la retirada del permiso de conducir.

Cuando se causa una muerte o lesiones al conducir, se considera en todo caso imprudencia menos grave —si no es grave— que haya sido determinante una infracción grave de tráfico. El juez o tribunal debe explicar su valoración en una resolución motivada. En estos casos se añade la privación del derecho a conducir de tres a dieciocho meses.

La multa por causar por imprudencia menos grave lesiones del artículo 147.1 queda en uno a dos meses; para las lesiones de los artículos 149 y 150, es de tres meses a doce meses. Si se causa una muerte por imprudencia menos grave con un vehículo a motor o ciclomotor, no hace falta denuncia de la persona afectada o de su representante legal. Además, la autoridad administrativa debe comunicar a la autoridad judicial los accidentes de tráfico con resultado de lesión o muerte y enviar el atestado.

A quién afecta

  • Conductores de vehículos a motor o ciclomotores
  • Personas afectadas por accidentes de tráfico con resultado de lesión o muerte

Qué cambia

  • Se considera imprudencia menos grave, si no es grave, la que causa una muerte o lesiones cuando fue determinante una infracción grave de tráfico.
  • La valoración de si la infracción fue determinante debe constar en una resolución motivada.
  • La multa por causar lesiones del artículo 147.1 por imprudencia menos grave pasa a ser de uno a dos meses.
  • Se mantiene una multa de tres meses a doce meses por causar por imprudencia menos grave lesiones de los artículos 149 y 150.
  • Si se utiliza un vehículo a motor o ciclomotor, se impone también la privación del derecho a conducir de tres a dieciocho meses.
  • La muerte causada por imprudencia menos grave usando un vehículo a motor o ciclomotor puede investigarse sin denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
  • La autoridad administrativa debe comunicar a la autoridad judicial los accidentes de tráfico con resultado de lesión o muerte y acompañar la comunicación con el atestado.

Preguntas y respuestas

¿Cuándo se considera menos grave una imprudencia al volante?

Cuando no se califica como grave y fue determinante para causar una muerte o lesiones la comisión de alguna infracción grave de las normas de tráfico. El juez o tribunal debe valorar y explicar si esa infracción fue determinante.

¿Qué multa corresponde por causar lesiones del artículo 147.1?

Si se causan por imprudencia menos grave, la multa es de uno a dos meses.

¿Se puede retirar el derecho a conducir?

Si el hecho se cometió usando un vehículo a motor o ciclomotor, se impone también la privación del derecho a conducir de tres a dieciocho meses.

¿Hace falta denunciar una muerte causada por imprudencia menos grave al conducir?

No. Si se produjo usando un vehículo a motor o ciclomotor, se elimina la exigencia de denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.

¿Qué debe hacer la autoridad administrativa ante un accidente con lesiones o muerte?

Debe ponerlo en conocimiento de la autoridad judicial y acompañar la comunicación con el atestado.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Ley Orgánica 11/2022
Organismo
Jefatura del Estado
Fecha de la norma
13 de septiembre de 2022
Publicada en el BOE
14 de septiembre de 2022
En vigor desde
15 de septiembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-14965
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Circulación vial · Código Penal · Conductores de vehículos de motor · Delitos · Procedimiento sancionador · Seguridad vial · Vehículos de motor

Normas que cita o modifica