Navarra asume competencias de tráfico y seguridad vial
Título oficial: Ley Orgánica 6/2024, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, en cuanto a tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La ley reconoce a Navarra la competencia para ejecutar la legislación del Estado y ejercer la vigilancia y control del tráfico. Se indica que la Policía Foral aplicará lo dispuesto respecto de tráfico y seguridad vial.
La modificación de la Ley Orgánica 13/1982 añade que, además de las facultades que ya tenía, a Navarra le corresponde la competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, y las funciones de vigilancia y control del tráfico.
También se dispone que, en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, las competencias de la Policía Foral se regirán por lo establecido en el artículo referido (artículo 49.3).
A quién afecta
- Comunidad Foral de Navarra
- Policía Foral
Qué cambia
- Navarra adquiere la competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
- Navarra adquiere las funciones de vigilancia y control del tráfico.
- Las competencias de la Policía Foral en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial se regirán por lo dispuesto en el artículo 49.3.
Plazos
- 07/12/2024
Preguntas y respuestas
¿Qué nuevas competencias obtiene Navarra?
La competencia para la ejecución de la legislación del Estado y las funciones de vigilancia y control del tráfico en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
¿Cómo afecta esto a la Policía Foral?
Las competencias de la Policía Foral en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial se regirán por lo dispuesto en el artículo 49.3.
¿Cuándo entra en vigor la ley?
07/12/2024
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Ley Orgánica 6/2024
- Organismo
- Jefatura del Estado
- Fecha de la norma
- 5 de diciembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 6 de diciembre de 2024
- En vigor desde
- 7 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-25451- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Circulación vial · Navarra · Organización de las Comunidades Autónomas · Policía · Seguridad vial
Normas que cita o modifica
- modifica los arts. 49.3 y 51.2 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (en el BOE)