Renovación de la reserva de España al Convenio penal sobre la corrupción
Título oficial: Renovación de la reserva formulada por España al Convenio penal sobre la corrupción, número 173 del Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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España renueva la reserva que exige la doble incriminación para perseguir a sus nacionales por corrupción cometida en el extranjero. La renovación dura tres años desde el 1 de agosto de 2022, tras prorrogarse seis meses la vigencia anterior hasta el 31 de enero de 2023.
La reserva formulada por España al ratificar el Convenio penal sobre la corrupción se ha venido renovando por períodos sucesivos de tres años, según el artículo 38 del Convenio. La última renovación anterior terminó el 31 de julio de 2022 y fue prorrogada seis meses hasta el 31 de enero de 2023, conforme al párrafo 2 del artículo 38.
El 5 de diciembre de 2012 España notificó al Secretario General del Consejo de Europa que renueva la reserva en los términos siguientes: se reserva el derecho de no aplicar lo establecido en el artículo 17, párrafo 1 b), y exigir el requisito de la doble incriminación para perseguir infracciones cometidas por sus nacionales en el extranjero; la reserva no afectaría a la competencia de los Tribunales españoles, de conformidad con el artículo 17.4 del Convenio, para conocer de los delitos de corrupción entre particulares y en las transacciones económicas internacionales, conforme al artículo 23.4.n) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
A quién afecta
- nacionales españoles que puedan ser investigados por delitos de corrupción cometidos en el extranjero
- Tribunales españoles en materia de delitos de corrupción entre particulares y en transacciones económicas internacionales
Qué cambia
- Renovación de la reserva que permite exigir la doble incriminación para perseguir a nacionales por corrupción en el extranjero.
- Prórroga de la vigencia anterior seis meses hasta el 31 de enero de 2023.
- El nuevo período de validez de la renovación es de tres años desde el 1 de agosto de 2022.
- La reserva no afecta a la competencia de los Tribunales españoles para conocer de delitos de corrupción entre particulares y en transacciones económicas internacionales.
Plazos
- La última renovación finalizó el 31 de julio de 2022.
- Se prorrogó por seis meses desde esa fecha hasta el 31 de enero de 2023.
- El período de validez de la renovación será de tres años, a contar desde el 1 de agosto de 2022.
Preguntas y respuestas
Qué exige la reserva de España notificiada?
Exigir el requisito de la doble incriminación para perseguir infracciones cometidas por los propios nacionales en el extranjero.
Afecta la reserva a la competencia de los Tribunales españoles?
No; la reserva nunca afectaría a la competencia de los Tribunales españoles para conocer de los delitos de corrupción entre particulares y en las transacciones económicas internacionales, conforme al artículo 23.4.n) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Desde cuándo vale la renovación actual?
Desde el 1 de agosto de 2022, por un período de tres años.
Hubo una prórroga de la vigencia anterior?
Sí; el plazo de vigencia de la última renovación, que finalizó el 31 de julio de 2022, se prorrogó por seis meses hasta el 31 de enero de 2023.
Cuándo se notificó esta renovación al Secretario General del Consejo de Europa?
El 5 de diciembre de 2012.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Nota Diplomática
- Organismo
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Fecha de la norma
- 5 de diciembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 21 de enero de 2023
- Identificador
BOE-A-2023-1775- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Acuerdos internacionales · Administraciones Públicas · Consejo de Europa · Cooperación internacional · Delitos
Normas que cita o modifica
- prorroga la reserva al Convenio de 27 de enero de 1999 (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- corrección de errores , con rectificación de la fecha de disposición, en BOE núm. 30 de 4 de febrero de 2023
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (en el BOE)