Orden

Bases para conceder ayudas a proyectos de investigación, innovación y nuevas empresas

Título oficial: Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 30 de abril de 2022 BOE-A-2022-6991 41 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

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La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La orden fija las reglas para que el CDTI conceda subvenciones competitivas a proyectos de I+D+i y a proyectos empresariales de empresas y otras entidades. Las convocatorias concretarán quién puede solicitarlas, qué gastos se cubren y los plazos aplicables.

Las ayudas se dirigen a cuatro programas: Misiones de Ciencia e Innovación, proyectos Neotec, proyectos tecnológicos aeronáuticos y proyectos de I+D de tecnologías audiovisuales y videojuegos. Pueden financiarse proyectos individuales o en cooperación, y las ayudas pueden ser anuales o plurianuales.

Podrán solicitarlas, si cumplen los requisitos, empresas, organismos públicos de investigación, universidades públicas, institutos de investigación sanitaria acreditados y determinados centros tecnológicos. La solicitud y los trámites deben hacerse por medios electrónicos y en los plazos que establezca cada convocatoria. Las entidades beneficiarias deben realizar el proyecto, justificar los gastos, cumplir las obligaciones de publicidad y respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente.

A quién afecta

  • Empresas que soliciten ayudas para proyectos de I+D+i o nuevos proyectos empresariales
  • Organismos públicos de investigación
  • Universidades públicas y sus institutos universitarios
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados
  • Centros tecnológicos estatales y centros estatales de apoyo a la innovación tecnológica

Qué cambia

  • Se establecen las bases para conceder subvenciones mediante concurrencia competitiva.
  • Se incluyen cuatro programas de ayudas: Misiones de Ciencia e Innovación, Neotec, Programa Tecnológico Aeronáutico y proyectos de I+D de tecnologías audiovisuales y videojuegos.
  • Las convocatorias determinarán las condiciones concretas, los plazos, la duración y los gastos financiables.
  • Las solicitudes y demás trámites se realizarán por medios electrónicos.
  • Las entidades beneficiarias deberán justificar técnica y económicamente los proyectos y cumplir las obligaciones de publicidad y control.
  • Los proyectos deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente; se excluyen las actividades indicadas en el artículo 9.

Qué hay que hacer

  • Presentar la solicitud electrónica, con el formulario y la documentación que indique la convocatoria, dentro del plazo que esta establezca.
  • Si la solicitud debe corregirse o completarse, atender el requerimiento en diez días hábiles.
  • Las entidades beneficiarias deben ejecutar el proyecto y presentar la justificación técnica y económica por medios electrónicos, en el plazo establecido.
  • Las entidades beneficiarias deben comunicar las ayudas concurrentes y cualquier cambio en las condiciones comunicadas en la solicitud.

Plazos

  • La subsanación de una solicitud debe realizarse en diez días hábiles.
  • La propuesta provisional puede abrir un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.
  • La convocatoria puede fijar un plazo de diez días hábiles para aceptar la ayuda propuesta y aportar documentos.
  • La resolución debe dictarse y notificarse en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria; el plazo puede ampliarse por un periodo máximo de seis meses.
  • Como regla general, la justificación se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año inmediato posterior a la realización de la actividad.
  • Si se autoriza una prórroga del periodo de ejecución, la justificación se presenta en tres meses desde la fecha de finalización de la ampliación.
  • Si se requiere documentación para acreditar obligaciones de reembolso, debe aportarse en un plazo máximo de quince días desde el día siguiente a la notificación del requerimiento.
  • La solicitud de modificación debe presentarse antes de que finalice el plazo de ejecución o la anualidad correspondiente. La convocatoria puede exigir una antelación mínima de al menos tres meses.
  • La documentación justificativa de las ayudas acogidas al Reglamento (UE) n.º 651/2014 podrá ser objeto de control durante un plazo de diez años desde su concesión.

Preguntas y respuestas

¿Qué tipos de proyectos pueden recibir ayudas?

Proyectos de Misiones de Ciencia e Innovación, proyectos Neotec, proyectos tecnológicos aeronáuticos y proyectos de I+D de tecnologías audiovisuales y videojuegos.

¿Quién puede solicitar las ayudas?

Empresas y determinadas entidades de investigación, universidades públicas, institutos de investigación sanitaria acreditados y centros tecnológicos estatales. Cada convocatoria puede concretar los requisitos.

¿Cómo se presenta la solicitud?

Por medios electrónicos, mediante el formulario disponible en la sede electrónica del órgano convocante y con la documentación que indique la convocatoria.

¿Hay que devolver la ayuda si el proyecto causa un perjuicio significativo al medio ambiente?

Sí. El incumplimiento de las condiciones del principio de no causar un perjuicio significativo obliga a reintegrar las cuantías percibidas.

¿Qué gastos pueden cubrirse?

Depende del tipo de proyecto. Entre otros, pueden incluir personal, equipos, materiales y servicios necesarios; la orden también enumera gastos que no son financiables y las convocatorias pueden precisar los conceptos aplicables.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden CIN/373/2022
Organismo
Ministerio de Ciencia e Innovación
Fecha de la norma
26 de abril de 2022
Publicada en el BOE
30 de abril de 2022
En vigor desde
1 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-6991
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial · Desarrollo tecnológico · Empresas · Investigación científica

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (14)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.