Orden

Bases y convocatoria de 2022 para ayudas a proyectos de prueba de concepto en investigación

Título oficial: Orden CIN/417/2022, de 4 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a proyectos de prueba de concepto, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2022.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 12 de mayo de 2022 BOE-A-2022-7763 70 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

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La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La orden establece las bases y convoca ayudas para proyectos que acerquen resultados de investigación al mercado o los apliquen para crear valor social. En esta convocatoria pueden solicitarlas determinados organismos de investigación que ya recibieron ayudas en convocatorias de 2018 o 2019.

Las ayudas financian proyectos que validen el potencial innovador de resultados, métodos o ideas surgidos de proyectos de investigación en curso o recientemente finalizados. Pueden apoyar, entre otras actuaciones, la protección del conocimiento, el análisis de viabilidad, la creación de prototipos y las pruebas con usuarios. Se conceden en concurrencia competitiva y pueden cubrir hasta el 100 % de los gastos de la actuación, sin superar su coste real.

Pueden ser beneficiarios organismos de investigación y de difusión de conocimientos con residencia fiscal o establecimiento permanente en España. Para la convocatoria de 2022, además, deben haber obtenido una ayuda en alguna de las convocatorias de proyectos de 2018 o 2019 que se indican en la orden. Las solicitudes y comunicaciones se tramitan por medios electrónicos. Los proyectos deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente y cumplir las obligaciones de justificación y publicidad de la financiación.

A quién afecta

  • Organismos públicos de investigación
  • Universidades públicas y privadas que cumplan los requisitos
  • Entidades e instituciones sanitarias que desarrollen actividades de I+D+i
  • Institutos acreditados de investigación sanitaria
  • Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal
  • Otros centros públicos o privados cuya actividad principal sea la I+D+i

Qué cambia

  • Aprueba las bases reguladoras y la convocatoria de 2022 para financiar proyectos de prueba de concepto.
  • Limita la convocatoria de 2022 a entidades que hayan obtenido ayudas en determinadas convocatorias de proyectos de 2018 o 2019.
  • Establece la concesión de las ayudas en concurrencia competitiva.
  • Permite financiar hasta el 100 % de los gastos de la actuación, sin superar su coste real.
  • Impone la tramitación electrónica de las solicitudes, comunicaciones y notificaciones.
  • Exige que las actuaciones financiadas no causen un perjuicio significativo al medio ambiente.
  • Establece obligaciones de justificación científico-técnica y económica para las entidades beneficiarias.

Qué hay que hacer

  • Presentar la solicitud, con el formulario y la documentación exigida en la convocatoria, por medios electrónicos y dentro del plazo que esta establezca.
  • Si la solicitud requiere subsanación, aportar lo requerido en el plazo de diez días hábiles.
  • Si se obtiene la ayuda, ejecutar el proyecto en el periodo fijado y presentar las justificaciones científico-técnica y económica.
  • Comunicar otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades, cuando se conozca su existencia y antes de justificar los fondos.

Plazos

  • El plazo de solicitud lo fija la convocatoria y no puede ser inferior a siete días ni superior a treinta.
  • Diez días hábiles para subsanar una solicitud incompleta.
  • Tres meses desde el día 1 de enero del año inmediato siguiente a aquel en que finalice la ejecución de la actuación para presentar la justificación científico-técnica y económica final.
  • La publicación de la adjudicación de ayudas prevista en el objetivo 261 debe conseguirse en el cuarto trimestre de 2022.
  • La concesión de ayudas prevista en el objetivo 262 debe conseguirse en el segundo trimestre de 2024.

Preguntas y respuestas

¿Qué tipo de proyecto puede recibir la ayuda?

Un proyecto que valide el potencial innovador de un resultado de investigación, un método o una idea, para incorporarlo al mercado o generar valor en la sociedad.

¿Qué entidades pueden solicitar la ayuda de 2022?

Los organismos de investigación y de difusión de conocimientos que cumplan los requisitos y hayan obtenido una ayuda en alguna de las convocatorias de 2018 o 2019 que enumera la orden.

¿Qué porcentaje de los gastos puede cubrir la ayuda?

Puede financiar hasta el 100 % de los gastos de la actuación, pero no puede superar su coste real.

¿Cómo se presentan las solicitudes?

Por medios electrónicos, mediante el formulario y la documentación exigida en la convocatoria. La solicitud debe firmarse electrónicamente y registrarse dentro del plazo.

¿Se pueden financiar actividades que perjudiquen significativamente al medio ambiente?

No. La orden excluye las actuaciones que directa o indirectamente causen un perjuicio significativo al medio ambiente y enumera actividades que no pueden recibir ayuda.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden CIN/417/2022
Organismo
Ministerio de Ciencia e Innovación
Fecha de la norma
4 de mayo de 2022
Publicada en el BOE
12 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-7763
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Agencias estatales · Ayudas · Centros sanitarios · Centros tecnológicos · Desarrollo tecnológico · Fondo CE · Investigación científica · Subvenciones · Universidades

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (33)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.