Orden

Se crea la oficina de asistencia en registros del Ministerio de Consumo

Título oficial: Orden CSM/453/2022, de 13 de mayo, por la que se crea la Oficina de asistencia en materia de registros.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 21 de mayo de 2022 BOE-A-2022-8330 4 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

El Ministerio de Consumo crea una oficina en Madrid para ayudar a las personas en sus trámites con la Administración. Allí se pueden presentar documentos en papel y recibir asistencia para usar medios electrónicos.

La oficina está en el paseo del Prado, número 18-20, de Madrid. Depende de la Subsecretaría y forma parte del directorio geográfico de oficinas de asistencia en registros de la Administración General del Estado.

Entre sus funciones están digitalizar documentos en papel y registrarlos, entregar un recibo con la fecha y hora de presentación, expedir copias electrónicas auténticas y orientar sobre identificación y firma electrónica. También puede ayudar a identificar o firmar electrónicamente a personas que no estén obligadas a relacionarse por medios electrónicos, si dan su consentimiento expreso, y realizar otras actuaciones previstas en la orden.

A quién afecta

  • Personas que presentan solicitudes, escritos o comunicaciones en la oficina del Ministerio de Consumo
  • Personas que necesitan ayuda para realizar trámites electrónicos ante el Ministerio de Consumo

Qué cambia

  • Se crea la Oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Consumo en el paseo del Prado, número 18-20, de Madrid.
  • La oficina digitalizará y registrará documentos en papel dirigidos a cualquier órgano, organismo público o entidad de cualquier Administración Pública.
  • La oficina emitirá recibos de presentación y podrá expedir copias electrónicas auténticas.
  • La oficina informará sobre identificación y firma electrónica y, con consentimiento expreso, podrá identificar o firmar electrónicamente por personas no obligadas a relacionarse electrónicamente.
  • La oficina podrá practicar notificaciones si la persona interesada o su representante comparece espontáneamente y solicita la comunicación o notificación personal en ese momento.
  • Queda sin efecto, en cuanto afecte al ámbito competencial del Ministerio de Consumo, la Orden SCO/2751/2006, de 31 de agosto.

Preguntas y respuestas

¿Dónde está la oficina?

En el paseo del Prado, número 18-20, de Madrid.

¿Puedo presentar documentos en papel?

Sí. La oficina digitaliza y registra las solicitudes, escritos y comunicaciones en papel que se presenten o reciban allí.

¿La oficina puede ayudarme con la firma electrónica?

Sí. Puede informar sobre identificación y firma electrónica. Para personas no obligadas a relacionarse electrónicamente, puede realizar la identificación o firma en procedimientos habilitados, con su consentimiento expreso.

¿Puedo recibir allí una notificación en persona?

La oficina puede practicarla si usted o su representante comparece espontáneamente y solicita la comunicación o notificación personal en ese momento.

¿Qué horario tiene?

Se ajusta a la categoría de oficinas de horario general prevista en la Resolución de 4 de noviembre de 2003.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden CSM/453/2022
Organismo
Ministerio de Consumo
Fecha de la norma
13 de mayo de 2022
Publicada en el BOE
21 de mayo de 2022
En vigor desde
22 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-8330
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración electrónica · Firma electrónica · Ministerio de Consumo · Organización de la Administración del Estado · Registros administrativos · Registros telemáticos

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (4)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.