Se crea la oficina de asistencia en registros del Ministerio de Consumo
Título oficial: Orden CSM/453/2022, de 13 de mayo, por la que se crea la Oficina de asistencia en materia de registros.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
El Ministerio de Consumo crea una oficina en Madrid para ayudar a las personas en sus trámites con la Administración. Allí se pueden presentar documentos en papel y recibir asistencia para usar medios electrónicos.
La oficina está en el paseo del Prado, número 18-20, de Madrid. Depende de la Subsecretaría y forma parte del directorio geográfico de oficinas de asistencia en registros de la Administración General del Estado.
Entre sus funciones están digitalizar documentos en papel y registrarlos, entregar un recibo con la fecha y hora de presentación, expedir copias electrónicas auténticas y orientar sobre identificación y firma electrónica. También puede ayudar a identificar o firmar electrónicamente a personas que no estén obligadas a relacionarse por medios electrónicos, si dan su consentimiento expreso, y realizar otras actuaciones previstas en la orden.
A quién afecta
- Personas que presentan solicitudes, escritos o comunicaciones en la oficina del Ministerio de Consumo
- Personas que necesitan ayuda para realizar trámites electrónicos ante el Ministerio de Consumo
Qué cambia
- Se crea la Oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Consumo en el paseo del Prado, número 18-20, de Madrid.
- La oficina digitalizará y registrará documentos en papel dirigidos a cualquier órgano, organismo público o entidad de cualquier Administración Pública.
- La oficina emitirá recibos de presentación y podrá expedir copias electrónicas auténticas.
- La oficina informará sobre identificación y firma electrónica y, con consentimiento expreso, podrá identificar o firmar electrónicamente por personas no obligadas a relacionarse electrónicamente.
- La oficina podrá practicar notificaciones si la persona interesada o su representante comparece espontáneamente y solicita la comunicación o notificación personal en ese momento.
- Queda sin efecto, en cuanto afecte al ámbito competencial del Ministerio de Consumo, la Orden SCO/2751/2006, de 31 de agosto.
Preguntas y respuestas
¿Dónde está la oficina?
En el paseo del Prado, número 18-20, de Madrid.
¿Puedo presentar documentos en papel?
Sí. La oficina digitaliza y registra las solicitudes, escritos y comunicaciones en papel que se presenten o reciban allí.
¿La oficina puede ayudarme con la firma electrónica?
Sí. Puede informar sobre identificación y firma electrónica. Para personas no obligadas a relacionarse electrónicamente, puede realizar la identificación o firma en procedimientos habilitados, con su consentimiento expreso.
¿Puedo recibir allí una notificación en persona?
La oficina puede practicarla si usted o su representante comparece espontáneamente y solicita la comunicación o notificación personal en ese momento.
¿Qué horario tiene?
Se ajusta a la categoría de oficinas de horario general prevista en la Resolución de 4 de noviembre de 2003.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Orden CSM/453/2022
- Organismo
- Ministerio de Consumo
- Fecha de la norma
- 13 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 21 de mayo de 2022
- En vigor desde
- 22 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-8330- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Administración electrónica · Firma electrónica · Ministerio de Consumo · Organización de la Administración del Estado · Registros administrativos · Registros telemáticos
Normas que cita o modifica
- deroga lo indicado de la Orden SCO/2751/2006, de 31 de agosto (en el BOE)
- de conformidad con el Reglamento aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo (en el BOE)
- de conformidad con el art. 59.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.