Orden

Se amplía el plazo para solicitar determinadas subvenciones nominativas transferidas al Ministerio de Cultura

Título oficial: Orden CUD/629/2022, de 4 de julio, por la que se modifica la Orden CUL/163/2010, de 27 de enero, por la que se aprueba el procedimiento de concesión de subvenciones nominativas del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 6 de julio de 2022 BOE-A-2022-11213 2 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Algunas subvenciones nominativas transferidas a la sección presupuestaria del Ministerio de Cultura y Deporte o de sus organismos públicos tendrán un plazo de solicitud distinto. En esos casos, las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de septiembre.

La nueva regla se aplica a subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos generales del Estado que se transfieran a la sección presupuestaria del Ministerio de Cultura y Deporte o de sus organismos públicos para ejecutarlas, y que mantengan el carácter nominativo con el que fueron dotadas.

Para estas subvenciones no se aplica el plazo general de solicitud de tres meses. El plazo de presentación finaliza el 30 de septiembre.

A quién afecta

  • Destinatarios de subvenciones nominativas transferidas al Ministerio de Cultura y Deporte o a sus organismos públicos para su ejecución

Qué cambia

  • Se establece una excepción al plazo general de solicitud para las subvenciones nominativas transferidas que mantengan ese carácter.
  • En esos casos, el plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre.

Qué hay que hacer

  • Presentar la solicitud de la subvención antes de que finalice el plazo, el 30 de septiembre.

Plazos

  • El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre.

Preguntas y respuestas

¿A qué subvenciones se aplica el plazo especial?

A las previstas nominativamente en los presupuestos generales del Estado que se transfieran al Ministerio de Cultura y Deporte o a sus organismos públicos para su ejecución y mantengan el carácter nominativo.

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?

Finaliza el 30 de septiembre.

¿Se aplica a estas subvenciones el plazo general de tres meses?

No. El texto establece que el plazo general no se aplica a las subvenciones que cumplen las condiciones previstas.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Orden CUD/629/2022
Organismo
Ministerio de Cultura y Deporte
Fecha de la norma
4 de julio de 2022
Publicada en el BOE
6 de julio de 2022
En vigor desde
7 de julio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-11213
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Ministerio de Cultura · Procedimiento administrativo · Subvenciones

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (2)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.